ESTADO ACTUAL DE LA REFORMA DE LOS ESTUDIOS DE PSICOLOGÍA

7 Feb 2007

La importancia de los estudios universitarios

Los requisitos legales para trabajar de psicólogo en España son dos: ser licenciado en Psicología (o poseer título equivalente u homologado por el Ministerio de Educación) y estar colegiado. Por tanto, para el desarrollo de la profesión resulta clave que los estudios universitarios se mejoren constantemente, ya que son la garantía de que los psicólogos y psicólogas prestan un servicio de calidad, que mejora con el paso del tiempo, aumentando el prestigio de nuestra profesión. Éste es el motivo que lleva a la Organización Colegial a estar preocupada desde siempre por esta cuestión. Si surgieran de las universidades titulados en Psicología sin la debida preparación sería un grave problema, puesto que algunos podrían trabajar sin estar verdaderamente capacitados para ello, prestando un mal servicio a los ciudadanos y reduciendo el prestigio de toda la profesión.

 

La reforma en marcha de los estudios universitarios se plantea como una estupenda oportunidad en esta labor constante de mejorar la preparación universitaria de los psicólogos y psicólogas en España. Sin embargo, cambios de última hora planteados por el Ministerio de Educación y Ciencia, han puesto en riesgo que esto sea así. A continuación se detalla este proceso y la situación en la que se encuentra esta reforma.

Los vigentes estudios de Psicología

Los planes de estudios de Psicología vigentes en la actualidad se enmarcan dentro del Real Decreto 1428/1990 en el que se establece el título universitario oficial de Licenciado en Psicología. Este Real Decreto se sustenta en la legislación universitaria, la cual dispone que será el Gobierno, a propuesta del Consejo de Universidades, quien establecerá los títulos oficiales y la validez de los mismos en todo el territorio español, aprobando para cada uno de ellos unas directrices generales propias. Esto significa que todos los títulos universitarios que se imparten en España tienen directrices plasmadas en un Real Decreto que establecen unos mínimos comunes (denominación del título, estructura en cursos, duración, contenidos mínimos, etc.). Así se garantiza que todos los titulados de todas las universidades del Estado tienen una preparación común y reglada, con unos mínimos que se consideran imprescindibles para estar bien formados.

El Real Decreto 1428/1990 estableció las directrices generales propias de los estudios de la licenciatura en Psicología. En esta norma se señalan las características básicas de esta titulación, entre las que destacan, por ejemplo, que«los planes de estudios que aprueben las universidades deberán articularse como enseñanzas de primero y segundo ciclos, con una duración total entre cuatro y cinco años, y una duración por ciclo de, al menos, dos años»; o que la carga lectiva total de los estudios en ningún caso será inferior a 300 créditos (un crédito equivale a 10 horas, lo que establece una duración mínima de 3.000 horas). De igual manera, en esta norma se señalan las materias troncales que, obligatoriamente, tienen que figurar en todas las propuestas que cada universidad presente para la obtención del título de Licenciado en Psicología. Entre ellas están, por señalar algunas: Evaluación Psicológica, Historia de la Psicología, Procesos Psicológicos Básicos, Psicobiología, Psicología de la Personalidad, Psicología de la Educación, Psicopatología y Técnicas de Intervención y Tratamiento Psicológico. En el marco de este Real Decreto las diversas universidades españolas propusieron sus planes de estudio. La mayoría optaron por licenciaturas de 5 años, y todas ellas tienen unos contenidos comunes e imprescindibles que garantizan una homogeneidad y preparación suficientes de todos los licenciados en Psicología en España.

EEES y Libro Blanco del Título de Grado en Psicología

La Declaración de Bolonia de junio de 1999, acordada por los Gobiernos europeos, estableció la creación del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) con el objetivo fundamental de facilitar la movilidad de los estudiantes y titulados universitarios en Europa, creando un sistema de titulaciones universitarias comparables en el continente. Así, en España se ha planteado que de un modelo de titulaciones compuesto por Diplomatura, Licenciatura y Doctor, se pase a un modelo de títulos de Grado (que durará cuatro años académicos – según la última propuesta ministerial -, eliminando la distinción entre Diplomatura y Licenciatura), Máster (1 ó 2 años) y Doctor.

En este contexto, la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) promovió un proyecto para la elaboración de una propuesta de titulación de Grado, entre los años 2004 y 2005, en el que participaron las facultades españolas en las que se impartía la Licenciatura de Psicología.

La elaboración del documento final, denominado el Libro Blanco del Título de Grado de Psicología, que se ha mencionado en la introducción histórica, abrió un rico e interesante debate entre las distintas facultades españolas y la Organización Colegial en torno a los contenidos, los objetivos y las competencias necesarias que todo plan de estudio debe contemplar para garantizar la capacitación de los futuros psicólogos a su paso por la universidad.

 

Después de un intenso trabajo, el Libro Blanco, producto de un importante consenso académico – profesional, ha plasmado una propuesta de Grado que garantiza una formación básica en Psicología, teniendo siempre en cuenta la necesaria equivalencia y convergencia con los estudios europeos. El documento completo se puede descargar pinchando aquí

El plan de estudio de Grado propuesto en este documento contempla que el 70% del total de la formación debe corresponder a los contenidos comunes obligatorios (troncalidad) y el 30% a aquellos contenidos que cada centro universitario establezca como obligatorios u optativos, en función de criterios propios. De esta manera, la troncalidad de los estudios en Psicología pretende ofrecer la formación necesaria que garantice que un titulado de grado pueda trabajar en los distintos ámbitos de actuación propios de nuestra disciplina en un primer nivel de competencia profesional. Así mismo, los contenidos obligatorios u optativos que cada universidad determine (el 30% de la carga total) vendrán a reforzar algunas de las competencias y objetivos de los contenidos de esa troncalidad.

Propuesta de Grado en Psicología del MEC

Partiendo de la propuesta de estudios recogida en el denominado Libro Blanco, en febrero de 2006, el Ministerio de Educación y Ciencia (MEC), encabezado en aquel entonces por la Ministra Sansegundo, presentó al Consejo de Coordinación Universitaria una propuesta de Grado en Psicología. El MEC en ese momento seguía siendo partidario de la existencia de un Catálogo de Títulos, cada uno de los cuales contaría con unas directrices generales propias. En esta propuesta inicial del MEC, entre otras cosas, se propone un título con la denominación de Licenciado/a en Psicología o Psicólogo/a, de cuatro cursos, con un total de 240 ECTS (nueva concepción de crédito académico, adaptado al EEES, por la cual 1 crédito equivale a 25-30 horas de trabajo del estudiante), divididos en 180 ECTS (los tres primeros años) en contenidos de formación académica básica y 60 ECTS (el último año) de formación adicional, de orientación académica o profesional y de los cuales, al menos 30 deben distribuirse entre el prácticum y el trabajo fin de carrera.

Esta propuesta de Grado en Psicología, realizada por el MEC, se puede descargar en el siguiente vínculo.

Propuestas de Másteres en Psicología

El Ministerio de Sanidad (debido al problema profesional generado por la Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias –LOPS-) y el MEC también demandaron a la Conferencia de Decanos de las Facultades de Psicología una propuesta respecto a los posibles títulos de Máster. Tras un intenso trabajo, se hizo llegar al Ministerio una propuesta de Postgrado Oficial en Psicología, que contaba, así mismo, con el respaldo de la Organización Colegial, compuesta por cuatro másteres para la especialización universitaria en los cuatro campos principales que se han consolidado profesionalmente: Psicología Clínica y de la Salud; Psicología del Trabajo, de las Organizaciones y de los Recursos Humanos; Psicología de la Educación; y Psicología de la Intervención Social. Igualmente, se realizaron propuestas en cuanto a la estructura y duración de los mismos.

El MEC, bajo la dirección de la Ministra Sansegundo, comunicó públicamente que era partidaria de que se creasen tres de ellos, no incluyendo el Máster en Psicología de la Intervención Social.

Nuevas propuestas del MEC

No obstante, y tras la toma de posesión del cargo de la nueva Ministra de Educación, Mercedes Cabrera, se produjo un giro considerable en la reforma de los estudios universitarios en España, abriendo una nueva etapa a raíz de la publicación del documento de trabajo La organización de las enseñanzas universitarias en España, publicado el 26 de septiembre de 2006, posteriormente ampliado con una serie de aclaraciones el 6 de noviembre. Se pueden descargar en pinchando en los siguientes vínulos: Propuesta y Aclaraciones.

 

Estos documentos vienen a ser una apuesta por la desregulación de la mayoría de los estudios universitarios en España, eliminando tanto el catálogo centralizado de títulos como la exigencia de directrices propias en la elaboración y puesta en marcha de los nuevos grados y másteres universitarios.

En esta nueva propuesta del MEC, como en el caso anterior, el graduado recibirá una formación de cuatro años, con un total de 240 ECTS, aunque se introducen ahora modificaciones significativas en cuanto al contenido de los planes de estudio. Si el anterior equipo ministerial sugería 120 ECTS de formación común (es decir, de troncalidad), en este nuevo diseño, esto se elimina y se contemplan únicamente 60 ECTS de materias comunes para todas aquellas titulaciones que se adscriban a alguna de las cinco ramas de conocimientos a partir de las cuales se organizarán los estudios universitarios a partir de ahora. Las ramas sugeridas son las siguientes:

  1. Artes y Humanidades

  2. Ciencias

  3. Ciencias de la Salud

  4. Ciencias Sociales y Jurídicas

  5. Ingeniería y Arquitectura

Con esta nueva propuesta del MEC, que viene a modificar sustancialmente la del anterior equipo ministerial, se pretende fomentar al máximo la autonomía de las universidades a la hora de diseñar e impartir sus titulaciones, estableciendo claras diferencias entre aquellos estudios que cuenten con directrices propias y los que se tengan que ajustar a las directrices generales, marcadas por el Ministerio a partir de estas cinco ramas de conocimiento. Esta nueva propuesta viene a significar que sólo contarían con directrices propias para elaborar los planes de estudio aquellas titulaciones que cuenten con una Ley de Cortes Generales o con normativa europea que regulen la profesión a la que dan acceso dichas titulaciones, como es el caso de Medicina y Arquitectura. Todas aquellas que no cuenten con dichas regulaciones, se tendrían que ajustar a las directrices generales marcadas por el MEC.

Este giro supone que cada universidad podría definir el contenido de los planes de estudio casi en su totalidad, teniendo que ajustarse únicamente a las directrices generales marcadas, las cuales sólo contemplan 60 créditos comunes para todos los estudios de una misma rama. Según el MEC, la adscripción a una u otra área igualmente dependería de la decisión de cada universidad, siempre y cuando se ajuste a estas materias comunes establecidas para esa área de conocimiento. De esta manera, para el título de Grado en Psicología, una universidad, por ejemplo, podría adscribirse a la rama de conocimiento de Ciencias Sociales y Jurídicas y otra a la de Ciencias de Salud, pudiendo existir así planes de estudios muy distintos entre sí, cuando realmente se trataría del mismo título.

Con respecto al Máster, la lógica viene a ser la misma. Cada universidad será quien determine los contenidos de cada uno de los títulos, salvo en aquellos casos, como ocurre con el Grado, en que la profesión a la que da acceso esté regulada. Estos estudios podrán tener una duración de entre 60 y 120 ECTS, concluyendo con la elaboración y defensa oral pública de un proyecto o trabajo de fin de Máster por parte del estudiante.

Para el caso del título de Doctor, el programa será aprobado por la universidad y constará de dos partes: una inicial de formación y una posterior de investigación. Podrán acceder a la primera fase todos aquellos alumnos que cuenten con un título de Grado universitario y a la segunda directamente aquellos que cuenten con un título universitario de Máster.

Implicaciones para la Psicología y las reacciones suscitadas

Esta nueva propuesta en la reforma de los estudios universitarios tiene serias implicaciones para la profesión de la Psicología en nuestro país, cuestión ésta por la que el Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos ha seguido con preocupación las noticias que se han ido produciendo, realizando numerosas gestiones y elaborando informes que evidencian lo inapropiado del nuevo modelo educativo para garantizar una formación adecuada y homogénea de los futuros profesionales de la Psicología.

 

En este sentido, Infocop Online informaba de la reunión celebrada el pasado 9 de octubre, a petición de la entidad colegial, entre D. Javier Vidal, Director General de Universidades del MEC, D. Jesús Gómez Amor, Presidente de la Conferencia de Decanos de Psicología de las Universidades españolas, D. Francisco Santolaya, Presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos y D. Fernando Chacón, Vicesecretario de la misma entidad de profesionales de la Psicología, para discutir la reforma de los estudios universitarios de Psicología y exponer la postura tanto de los representantes académicos como de los profesionales.

Vidal ratifica la propuesta realizada por el MEC, en la que como ya se ha comentado, los futuros títulos de grado y postgrado en Psicología no contarían con directrices propias en tanto que, desde su punto de vista, no cuentan con normativa que regule la profesión. Esto implica, por tanto, que correspondería a cada universidad diseñar y elaborar el contenido de los planes de estudios casi en su totalidad, pudiendo existir una inmensa variabilidad entre los planes de estudio y en la denominación de los títulos.

No obstante, en esta reunión se le indicó al Director General que ya existía un compromiso del anterior equipo del Ministerio de Educación y de los responsables del Ministerio de Sanidad de crear, al menos, un Máster en Psicología de la Salud con directrices propias.

Además, si bien la profesión de psicólogo no cuenta con una Ley o Directiva Europea que fije sus atribuciones profesionales generales como tal, es una profesión regulada legalmente en España, ya que cuenta con una organización colegial establecida por Ley que protege la denominación profesional de Psicólogo, sus estudios son obligatorios para poder acceder a la formación sanitaria especializada regulada por Ley, y cuenta con múltiples normas (incluidas leyes) que prevén la participación de los psicólogos en múltiples ámbitos: sanitario, de la intervención social, judicial, penitenciario, militar y policial.

En esta línea, en noviembre de 2006 el Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos elaboró un exhaustivo informe, que se envió a los responsables del MEC y a los Rectores de las Universidades, en el que se expone que la Psicología cuenta con regulación legal en nuestro país, motivo por el cual cumple los requisitos de ser profesión regulada para contar con directrices generales propias. No contar con ellas, abriría la posibilidad de la existencia de títulos de Grado y Máster que no cuenten con la calidad que debieran, surgiendo titulados que no estarían realmente capacitados para el ejercicio profesional.

La Conferencia de Decanos de Facultades de Psicología, reunida el 16 y 17 de noviembre de 2006, analizaba y debatía la nueva propuesta de reforma de estudios, llegando a una serie de conclusiones, que recogíamos en el pasado número de Infocop (Nº 30, Pág. 41). Entre otras conclusiones, se llega al acuerdo de que el título de Grado debe ser único y denominarse Psicología y que éste debe ser adscrito a la rama de Ciencias de la Salud, tal y como fue incluido recientemente por parte del Consejo de Coordinación Universitaria. Además, que los planes de estudios de Grado, con 240 ECTS, deben tener como referente básico el Libro Blanco, fruto del acuerdo de todas las facultades de Psicología españolas. Se ratifica, igualmente, la propuesta anteriormente realizada de un Programa Oficial de Posgrado en Psicología, compuesto por cuatro másteres, los cuales deben contar con directrices propias. La Conferencia de Decanos también quiso dejar claro, una vez más, que consideran a la Psicología una profesión regulada.

En esta misma línea, el Colectivo de Estudiantes de Psicología (CEP-PIE), en su última Asamblea General, celebrada los días 22 y 24 de noviembre de 2006, apoyaba y ratificaba los acuerdos mantenidos entre la Conferencia de Decanos, el Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos y la Federación de Asociaciones de Psicología.

Propuesta de directrices del MEC

 

Dentro de este contexto de incertidumbre ante las acciones que tomarán los responsables políticos, el Ministerio de Educación y Ciencia hacía público el 21 de diciembre de 2006 el documento de trabajo Directrices para la Elaboración de títulos universitarios de grado y máster, texto que se empezará a discutir próximamente en el Consejo de Coordinación Universitaria. Este texto se puede descargar en el siguiente vínculo.

Entre otras cuestiones, un aspecto que ha llamado poderosamente la atención de los responsables académicos y profesionales de la Psicología es que en este último documento ya no se hace alusión explícita a la distinción entre titulaciones que se regirán por directrices específicas y aquellas que lo harán por las aportadas según la rama de conocimiento a la que se adscriba el Grado. Lo que ahora se mantiene es que «todos los títulos universitarios de Grado y Máster deberán adaptarse a las directrices que figuran en este documento» y que «en el caso de que el título propuesto pretenda habilitar para el ejercicio de profesiones reguladas será necesaria la justificación de la adecuación del título propuesto a las normas reguladoras del ejercicio profesional vinculado a dicho título, citando expresamente dichas normas». Con esta imprecisión, pareciera que, tal vez, se esté hablando de que no habrá directrices propias para ningún título, plasmadas en Reales Decretos, sino que habrá que atenerse directamente a lo estipulado en las Directivas Europeas y Leyes que hagan referencia a la regulación de profesiones.

En este sentido, algunos representantes académicos han manifestado en diversos medios de comunicación la «insustanciabilidad», «la vagueza» o el carácter genérico de este documento. En este sentido, Jesús Gil Roales-Nieto, Catedrático de Psicología de la Salud de la Universidad de Almería, y miembro del Consejo de Coordinación Universitaria, manifestaba el pasado enero en un periódico que «da la impresión de que el Ministerio ha pretendido escurrir el bulto de los puntos más polémicos, como la diferenciación entre títulos con y sin directrices propias o específicas»; y en una línea similar, Juan Vázquez, Presidente de la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE) manifestaba su preocupación por que sean los distintos ministerios quienes definan qué conocimientos y contenidos debe incluir una titulación que pretende habilitar para el ejercicio de una profesión, en total consonancia con lo mantenido desde el inicio de estos debates por la Organización Colegial.

De cualquier manera, e independientemente de que en la regulación de los estudios universitarios españoles se mantenga la distinción entre titulaciones con o sin directrices específicas o propias, el Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos sigue manteniendo la necesidad de contar con estas directrices generales propias a la hora de diseñar los planes de estudios universitarios de Psicología, ya que, de este modo, se podría garantizar no sólo la calidad de la formación universitaria que hoy en día se requiere en nuestra sociedad, sino también la propia convergencia de los estudios de Psicología españoles con el marco europeo establecido por el diploma EuroPsy. No debe olvidarse que ha sido la convergencia europea el motivo principal que inició la reforma de los estudios españoles actuales.

Propuesta de la Organización Colegial

El modelo propuesto por el Consejo General de Colegios de Psicólogos, de acuerdo con los responsables universitarios, plantea que debe de haber un Grado en Psicología, con una duración de 4 años y unos contenidos mínimos comunes en todas las universidades, que debe preparar para el ejercicio supervisado en todas las áreas de la profesión. No obstante, para el ejercicio profesional independiente, debería ser necesario cursar también un Máster de dos años de duración, debiendo existir los cuatro másteres oficiales propuestos: Psicología Clínica y de la Salud; Psicología del Trabajo, de las Organizaciones y de los Recursos Humanos; Psicología de la Educación; y Psicología de la Intervención Social.

De esta forma, se cumplirían los requisitos acordados por las organizaciones europeas de psicólogos con respecto al Diploma EuroPsy para el ejercicio profesional independiente, los cuales son:

  1. Haber completado la educación y formación universitaria en Psicología, durante un periodo no inferior a 6 años, que incluirá: formación universitaria en Psicología con nivel de Máster o equivalente (de al menos 5 años de duración) y, al menos, un año de práctica supervisada (incluida en o complementaria al programa universitario de formación).

  2. Estar comprometido con el cumplimiento del código deontológico de su país y el Metacódigo deontológico europeo para los psicólogos (European Metacode of ethics for psychologists).

Por otra parte, los que obtuvieran el Máster en el área de la Salud (título que debería tener el reconocimiento legal de profesión sanitaria, lo mismo que el Grado) podrían optar a la formación sanitaria especializada PIR (que otorga el título oficial de Psicólogo Especialista en Psicología Clínica). Esta última formación en residencia se debería desarrollar más, aumentándose las plazas PIR y la contratación de psicólogos en el Sistema Público de Salud.

 

Este modelo mejoraría la preparación de los profesionales de la Psicología en España en todos sus ámbitos y mejoraría la convergencia con la titulación europea que defiende la EFPA (Federación Europea de Asociaciones de Psicólogos).

En este momento, hay numerosas incertidumbres acerca de cómo van a quedar finalmente configurados los estudios universitarios de Psicología, tanto en lo que se refiere a sus contenidos como a sus implicaciones profesionales, principalmente en el campo sanitario.

Por ahora, lo que parece incuestionable es que, tal y como prevé la normativa que ya se ha aprobado, se conserva la validez del título de los actuales licenciados para ejercer de manera independiente como psicólogos. Además, también sería deseable que se habilitasen mecanismos para facilitar que éstos obtengan los nuevos títulos de Máster (mediante procesos de convalidación).

La Organización Colegial sigue realizando acciones para defender la propuesta que se describe en este apartado, que cuenta con un consenso unánime tanto académico como profesional. Sus razones son de peso. En primer lugar, la Psicología es una profesión regulada que promueve el bienestar y la salud de los ciudadanos y, por tanto, sus estudios deben estar regulados para garantizar que en todas las universidades se impartan unos mínimos comunes que garanticen una adecuada preparación. En segundo lugar, la propuesta garantiza una mejor convergencia europea, ya que se encuentra en línea con la formulada por la EFPA para los estudios de Psicología.

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