SE ABRE UNA VÍA SIMPLIFICADA PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ESPECIALISTA EN PSICOTERAPIA DE LA EFPA

4 Sep 2007

El Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos (CGCOP), con el fin de facilitar la solicitud del título de Psicólogo Especialista en Psicoterapia de la Federación Europea de Asociaciones de Psicólogos (EFPA) a todos aquellos veteranos expertos con experiencia ampliamente reconocida, abre un procedimiento simplificado de obtención de esta certificación.

 

En concreto, podrán acceder a este proceso aquellos profesionales a los que les haya sido reconocida, con anterioridad al 15/06/2005, su experiencia en el campo profesional de la Psicología Clínica por parte de la Organización Colegial. A efecto de la obtención del título, se les tendrá en cuenta dicho reconocimiento y se extiende el mismo a aquéllos que hayan obtenido el título de Psicólogo Especialista en Psicología Clínica.

El certificado de Psicólogo Especialista en Psicoterapia EFPA, está dirigido a resaltar la capacitación profesional de los psicólogos para actuar como profesionales de la Psicoterapia. El objetivo de este certificado es reconocer y garantizar que el psicólogo que lo detenta es un profesional de garantía. Los criterios establecidos por la EFPA para poder obtener esta acreditación son exigentes y están delimitados con precisión. Todos los profesionales que soliciten este certificado deben acreditar que cumplen estos criterios o, en el caso de los veteranos expertos, que reúnen criterios equiparables.

Por este motivo, el Consejo ha considerado oportuno establecer una vía simplificada. Quienes, con motivo de la solicitud del título de Psicólogo Especialista en Psicología Clínica, tengan reconocida por la Organización Colegial de la Psicología una experiencia profesional de al menos 3 años, o el Título de Psicólogo Especialista en Psicología Clínica, podrán acogerse a un procedimiento simplificado, siempre que cumplan el requisito imprescindible de haber estado colegiados y haber ejercido la psicoterapia durante al menos seis de los últimos diez años y al menos tres de los últimos cinco años de forma continua.

Quedan, por tanto, establecidas dos vías para la solicitud:

  1. Vía normal: Vía veteranos expertos.

  2. Vía simplificada: Vía de veteranos expertos con Certificación de experiencia profesional por la Organización Colegial.

Para mayor información, puede consultarse la siguiente página web:

http://www.cop.es/certificado/

 

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