ANDALUCÍA EXIGIRÁ INFORME PSICOLÓGICO PREVIO A OPERACIONES ESTÉTICAS EN MENORES – ENTREVISTA CON LA CONSEJERA DE SALUD DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

18 Feb 2008

El pasado mes de diciembre de 2007, Infocop Online informaba de la presentación pública en rueda de prensa de la estrategia que, en materia sanitaria, tiene previsto poner en marcha la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía para los próximos meses. Concretamente, esta publicación se hacía eco de la intención de la actual consejera, María Jesús Montero, de elaborar un decreto mediante el cual se regulen las operaciones de estética de los y las menores de edad. En este decreto, entre otras cuestiones, se establecería la obligatoriedad de contar con un informe psicológico previo en aquellas intervenciones quirúrgicas en las que el paciente sea un menor.

 

Mª Jesús Montero       

Infocop Online ha querido entrevistar para sus lectores a María Jesús Montero, Consejera de Salud de la Comunidad andaluza, y preguntarle sobre esta iniciativa, las características de la valoración psicológica que se tendría que realizar y la manera de proceder al respecto. Así mismo, Montero nos ofrece su opinión con respecto al problema actual de la falta de reconocimiento de la Psicología como profesión sanitaria en nuestro país.

ENTREVISTA

Sabemos que España se encuentra entre los países que encabezan el ranking en cuanto al número de operaciones estéticas en todo el mundo. De manera específica, ¿qué ha llevado a la Consejería de Salud de la Junta de la Junta de Andalucía a ocuparse de la regulación de las operaciones por razones estéticas y, más específicamente, con respecto a los y los menores? ¿Qué necesidades se han detectado al respecto con esta población?

Es indudable que en los últimos años se ha producido un incremento muy importante en las intervenciones de cirugía estética, tanto en lo que respecta al número de personas que quieren someterse a ellas para mejorar su aspecto físico, como de los centros y establecimientos que las ofertan. Y, si bien es cierto que también han surgido nuevas técnicas y alternativas relacionadas con la estética corporal, no lo es menos que se trata de intervenciones que no están exentas de riesgo y conllevan algunos efectos secundarios, por lo que no es un tema que se deba tomar a la ligera.

Por ponerle sólo dos ejemplos, las complicaciones leves tras estas operaciones alcanzan el 5% de los casos, y una de cada diez deja secuelas. Esto es aún más serio en el caso de los jóvenes y adolescentes, que pueden presentar más riesgos por encontrarse todavía en proceso de crecimiento y no tener la madurez mental suficiente para afrontar los cambios que se están produciendo en su cuerpo.

Esta situación ha conducido a que la propia Sociedad Española de Cirugía Plástica, Reparadora y Estética haya pedido una regulación para limitar las operaciones de cirugía estética en menores de edad. De hecho, las recomendaciones científicas establecen que, para la mayoría de los casos, no debe intervenirse antes de los 18 años.

Respecto a las necesidades detectadas que me planteaba, además de la conveniencia de crear un marco regulador adecuado, que nos permita clarificar y definir los requisitos para estas operaciones cuando se realizan con adolescentes y jóvenes, queremos profundizar en la información a los menores y su entorno, porque el conocimiento es un elemento clave para afrontar estas situaciones desde la madurez y la responsabilidad.

En este decreto que están elaborando, según tenemos conocimiento, se especificará que para que un o una menor pueda someterse a una intervención quirúrgica por razones estéticas, se tendrá que contar previamente con un informe psicológico favorable. ¿Cuál es el objetivo de esta propuesta? Desde su punto de vista, ¿qué aportaría un informe de estas características en la regulación y eficiencia en las intervenciones quirúrgicas de esta naturaleza?

El objetivo principal de este informe psicológico será valorar la madurez del menor que quiere someterse a la operación de cirugía estética. Con ello, pretendemos valorar si es capaz de comprender plenamente todos los riesgos y beneficios que pueden derivarse de la intervención, y, sobre todo, un aspecto realmente importante: descartar la existencia de desórdenes o trastornos de la personalidad que puedan suponer una contraindicación, como los trastornos de la imagen corporal.

Este informe no va a ser un paso aislado en todo el proceso. En paralelo, el decreto en el que estamos trabajando contempla la necesidad de que estos menores reciban toda la información necesaria sobre el acto quirúrgico, los resultados que se esperan, las posibles consecuencias y riesgos, las contraindicaciones o incluso la posibilidad de volver a ser operado de nuevo en el futuro. La aportación de este informe será fundamental; de hecho, deberá realizarlo un profesional ajeno al centro o al servicio sanitario que vaya a realizar la operación, y el cirujano tendrá que tenerlo en cuenta a la hora de tomar una decisión.

 

Como colectivo de profesionales de la Psicología, nos interesaría conocer con más detalle algunos aspectos de la valoración psicológica que se llevaría a cabo en estos casos. Concretamente, ¿qué características debe contemplar este informe? ¿Qué aspectos debe recoger el mismo?

El aspecto fundamental es el que anteriormente le comentaba: la identificación del grado de madurez del menor para comprender en toda su extensión las ventajas y riesgos de la intervención, y descartar de este modo la existencia de trastornos de la personalidad y de la imagen corporal. Con este fin, en la elaboración de la norma estamos teniendo una estrecha colaboración con los Colegios Oficiales de Psicólogos, que esperamos seguir manteniendo también en su desarrollo posterior, para que los profesionales que elaboren los informes lo hagan de una manera adecuada.

Como usted ha indicado, una de las cuestiones que se recogerá en el citado decreto es que el informe tendrá que estar realizado y firmado por un profesional de la Psicología ajeno a la clínica o médico cirujano que realizará la intervención. ¿Se tienen previstos más aspectos concretos en cuanto a la manera de proceder? ¿Se cuenta con algún protocolo de actuación al respecto que regule tanto la clínica privada como la pública?

 

Entre las medidas que vamos a llevar a cabo en paralelo al decreto, contemplamos que los colegios profesionales pongan a disposición de los ciudadanos información sobre esta cuestión, así como un listado de aquellos profesionales que estén capacitados para realizar este tipo de informes y el procedimiento para concertar la cita con ellos. Me gustaría insistir en que un requisito incuestionable será que sean profesionales ajenos al centro que vaya a encargarse de la intervención.

Respecto a la segunda pregunta, estamos refiriéndonos, evidentemente, a la actividad en el ámbito privado. No obstante, queremos también establecer mecanismos para que los médicos de familia de la sanidad pública dispongan de información suficiente para aconsejar a las personas que vayan a realizarse una intervención en estas circunstancias.

Ahondando en la pregunta anterior, ¿qué profesionales de la Psicología se encargarían de la valoración y posterior elaboración del informe? ¿Se estaría circunscribiendo a los psicólogos que cuenten con la especialidad en Psicología Clínica? ¿Cómo se piensa regular este aspecto en la clínica privada?

El texto del decreto contempla que emita el informe un licenciado en Psicología, con el requisito de que se encuentre colegiado. Con independencia de ello, el decreto está aún en trámite de alegaciones, y ello supone que, si existe alguna aportación en esta línea, podrá valorarse.

Como usted bien conocerá, el CGCOP ha manifestado de manera reiterada su malestar por la situación en la que se encuentra la Psicología española, con respecto a la falta de reconocimiento de la disciplina como profesión sanitaria y las consecuencias sociales y económicas que ello conlleva. ¿Cuál es su opinión al respecto? ¿Considera que la sanidad pública andaluza cuenta con un número adecuado de profesionales de la Psicología para atender las necesidades de la ciudadanía?

Ya nos hemos pronunciado en otra ocasión en esta línea, y como saben, el reconocimiento que me plantea en su pregunta es un ámbito que excede la capacidad competencial de la comunidad autónoma. No obstante, estimamos que la Psicología debe mantener su carácter de profesión polivalente, reservando el reconocimiento como profesión sanitaria a la especialidad de Psicología Clínica. Esto no representa un obstáculo para que los licenciados en Psicología continúen desarrollando su labor en aquellas actividades relacionadas con la salud para las que están capacitados, y siempre en el marco de la buena praxis profesional.

En todo caso, nos parece imprescindible impulsar las medidas necesarias que permitan solucionar de forma satisfactoria los problemas que ha generado la aplicación del Real Decreto 1277/2003 a los gabinetes y consultas de Psicología en algunas comunidades autónomas, así como establecer mecanismos que permitan resolver a la mayor brevedad posible las solicitudes de homologación del título de especialista en Psicología Clínica.

Respecto a los profesionales de Psicología en la sanidad pública andaluza, actualmente contamos con más de 200 psicólogos clínicos, y es cierto que los recursos siempre son limitados y que nuestro objetivo sería contar con más profesionales en este ámbito, algo para lo que ya estamos haciendo un importante esfuerzo.

¿Le gustaría añadir alguna otra cuestión al respecto?

Creo importante subrayar que para el sistema sanitario público de Andalucía resulta crucial abordar de forma integral y multidisciplinar los problemas de salud. En este sentido, los profesionales de la Psicología desempeñan una función muy relevante en el contexto del trabajo en equipo y desde la perspectiva del paciente como centro de todo el sistema. Por ello, las expectativas de desarrollo de los psicólogos en la sanidad pública son crecientes y constituyen una parte fundamental del colectivo de profesionales.

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