Publicada la actualización de las bases para la valoración de los daños y perjuicios causados en accidentes de circulación

18 Oct 2022

El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ha publicado la Orden ETD/949/2022, de 29 de septiembre, por la que se actualizan las bases técnicas actuariales que sustentan los cálculos del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

En concreto, la presente orden tiene por objeto actualizar las bases técnicas actuariales en las que se sustentan las tablas de lucro cesante, de ayuda de tercera persona y las tablas técnicas contenidas en el anexo del texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre.

La Orden actualiza la metodología de cálculos para compensar los daños psíquicos y que se pueda indemnizar por ellos.

Foto: Lucian Alexe Fuente: unsplash Fecha descarga: 17/10/2022

Esta última normativa establece, entre otras muchas cuestiones, las siguientes medidas que puede ser de interés para los profesionales de la Psicología que se dedican a hacer estas valoraciones:

  • “Excepcionalmente, los familiares de víctimas fallecidas mencionados en el artículo 62 (en caso de muerte existen cinco categorías autónomas de perjudicados: el cónyuge viudo, los ascendientes, los descendientes, los hermanos y los allegados), así como los de grandes lesionados, tienen derecho a ser resarcidos por los gastos de tratamiento médico y psicológico que reciban durante un máximo de seis meses por las alteraciones psíquicas que, en su caso, les haya causado el accidente”. (art. 36.3).

  • “La medición del perjuicio psicofísico, orgánico o sensorial de las secuelas se realiza mediante un porcentaje de menoscabo expresado en puntos, con un máximo de cien”. (art.96.2).

  • “La puntuación otorgada al perjuicio psicofísico, orgánico y sensorial de cada secuela, según criterio clínico, tiene en cuenta su intensidad y gravedad desde el punto de vista anatómico-funcional, sin tomar en consideración la edad o el sexo del lesionado, ni la repercusión de la secuela en sus diversas actividades”. (art. 97.1).

La norma entró en vigor el 7 de octubre de 2022, y sus tablas se aplicarán a los accidentes ocurridos a partir de su entrada en vigor y también a los lesionados en accidentes con secuelas que se hayan estabilizado a partir de esa fecha, aunque hubieran ocurrido con anterioridad.

Se establece también que la actualización de las bases técnicas actuariales se llevará a cabo cada cinco años, a contar desde la entrada en vigor de la actualización anterior, salvo que concurran circunstancias excepcionales adecuadamente justificadas.

Se pueden consultar la orden y el RD en los siguientes enlaces:

    PSICOLOGÍA EN RED


    LOS COLEGIOS HABLAN

    MÁS NOTICIAS