EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA SENTENCIA CONTRA EL REGISTRO SANITARIO DE LAS CONSULTAS DE PSICOLOGÍA

20 Abr 2010

El Tribunal Supremo anuló recientemente la parte de la Orden del Ministerio de Sanidad que permitía el registro de las consultas de los psicólogos no especialistas como centros sanitarios y, de manera casi simultánea, se ha producido otra sentencia sobre este tema del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha resolviendo un recurso presentado por la Asociación Castellano-Manchega de Neuropsiquiatría y Salud Mental.

Mediante la sentencia número 42 de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo, por el que se resuelve el recurso número 1165/2006, este Tribunal Superior autonómico ha anulado parte de la Orden de 9 octubre de 2006, de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla-La Mancha, de los requisitos técnico-sanitarios de los centros y servicios de atención a la salud mental. En concreto anula la posibilidad de que los licenciados en Psicología sin el título oficial de especialista en Psicología Clínica, pero con ciertos requisitos de formación, registren su consulta como centro sanitario. Además, también anula la posibilidad de que estos profesionales en Castilla-La Mancha desarrollen su trabajo en varios centros y unidades específicas: Unidad de Conductas Adictivas, Hospital de Día Infanto-Juvenil, Hospital de Día de Adultos, Unidad de Trastornos de la Conducta Alimentaria, Centro de Rehabilitación Psicosocial y Laboral, Centro de Salud Mental y Hospital de Salud Mental. 

Esta segunda sentencia no ha sido recurrida, por lo que ya es firme, y ratifica lo ya establecido por el Tribunal Supremo y que viene señalando la Organización Colegial de los psicólogos: sólo mediante una Ley de Cortes Generales se puede reconocer que los psicólogos realizan actividades sanitarias. Así que resulta necesario que el Ministerio de Sanidad y Política Social promueva una solución legal inmediata, ya que estas sentencias vienen a acrecentar la intolerable situación de inseguridad jurídica que creó la Ley 44/2003 al excluir a la licenciatura en Psicología de las profesiones sanitarias.

Hay que destacar que, según las últimas cifras señaladas por el Gobierno, en España sólo hay 7.800 psicólogos con el título oficial de especialista, cuando en nuestro país hay algo más de 52.000 psicólogos colegiados. Por tanto, unos 44.200 psicólogos están ejerciendo profesionalmente, la mayoría de ellos dedicados a actividades de promoción, prevención y tratamiento de la salud, atendiendo a decenas de miles de ciudadanos, sin un marco jurídico estable que reconozca su situación.

Además, el exiguo número de plazas PIR que se convocan anualmente, tal vez pueda cubrir las necesidades de contratación de psicólogos especialistas del Sistema Nacional de Salud, pero para nada cubre las necesidades de psicólogos sanitarios que reclama la sociedad española. La realidad es que en España la atención psicológica sanitaria se presta, en su inmensa mayoría, fuera del Sistema Sanitario Público.

El Gobierno reconoció la existencia del problema y promovió una reforma reglamentaria para solucionarlo, que ahora ha sido anulada por los Tribunales. Sigue pendiente que materialice la segunda solución que propuso y que está en elaboración: la creación de un Master Oficial en Psicología de la Salud con el reconocimiento legal de profesión sanitaria.

El Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos se ha vuelto a dirigir al Ministerio de Sanidad y Política Social reclamando que este problema se resuelva de manera inmediata, y en cuanto surjan novedades al respecto serán informadas en Infocop Online.

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