EL COP DE ANDALUCÍA ORIENTAL EXPEDIRÁ LOS CERTIFICADOS DE APTITUD PSICOLÓGICA PARA LA TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS

28 Mar 2006

El 23 de diciembre de 1999 entró en vigor la Ley 50/1999 sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, por la que se establece la normativa aplicable a la tenencia de animales potencialmente peligrosos para hacerla compatible con la seguridad de personas, de bienes y de otros animales.

 

 

Según esta ley, por animales potencialmente peligrosos se entiende:

 

  • Aquellos pertenecientes a la fauna salvaje que tengan capacidad de causar muerte, lesiones o daños y que sean utilizados como animales domésticos.

  • Los animales domésticos o de compañía que reglamentariamente se determinen, aunque en particular los de especie canina que, de acuerdo a su tipología racial tengan carácter agresivo, por su tamaño o por potencia de mandíbula y puedan causar muerte, lesiones o daños.

El Real Decreto 287/2002 de 22 de marzo desarrolla la ley Ley, abordando la regulación normativa referente a la tenencia, adiestramiento y manejo de animales potencialmente peligrosos. Esta regulación establece que para obtener la licencia administrativa expedida por el Ayuntamiento para la tenencia de este tipo de animales se requiere, entre otros, un certificado de aptitud psicológica.

Se había venido observanod que, a pesar de que el certificado es de aptitud psicológica, no en todos los casos estaban siendo expedidos por psicólogos acreditados, que hubieran recibido la formación específica en esta materia. Al mismo tiempo, no existía uniformidad a la hora de emitir los certificados en la ciudad de Granada.

Debido a estos antecedentes y para evitar posibles fraudes, el Colegio Oficial de Psicólogos de Andalucía Oriental firmó el pasado día 22 de marzo un Convenio de Colaboración con Medio Ambiente del Ayuntamiento por el que, sólo los psicólogos adscritos al Colegio y que hayan recibido la formación necesaria podrán expedir el certificado de aptitud psicológica, tras valorar al tenente del animal.

Según la Responsable del área de Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos de este Colegio, este acuerdo supone una garantía para el Ayuntamiento, los ciudadanos y para los propios tenentes, por dos motivos fundamentales:

1. Este convenio asegura que los psicólogos que vayan a expedir un certificado de aptitud psicológica hayan recibido formación que garantice la correcta valoración del tenente.  La valoración que estos psicólogos acreditados por el Colegio Oficial de Psicólogos de Andalucía Oriental han de realizar consta de:

  • Una entrevista personal exhaustiva en la que se valoran aspectos tales como su reacción ante situaciones hipotéticas o razones por las que quiere al animal.

  • Pruebas de personalidad, percepción, tiempos de reacción, así como de resolución de problemas.

2. El convenio permite que exista un modelo de certificado expedido por el Colegio con un número de registro, lo que supone una garantía de no duplicidad. Este certificado será el único válido en el Excmo. Ayuntamiento de Granada para poder expedir la correspondiente licencia administrativa.

La firma del Convenio con el Excmo. Ayuntamiento de Granada garantiza que los profesionales estén formados y acreditados convenientemente y que los tenentes han sido valorados de forma adecuada.  

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