La regulación del Grado es un paso importante para consolidar nuestra profesión-Editorial abril-junio 2018

2 Jul 2018

La existencia de nuestra profesión tiene como base esencial la existencia de una titulación universitaria de Psicología, que facilita la formación básica para ejercer como psicólogo y psicóloga. Sin ella nuestra profesión no existiría.

Un objetivo a conseguir, la regulación del Grado en Psicología

En los años 70 del pasado siglo, se fueron desarrollando las primeras Licenciaturas en Psicología, proceso que culminó en 1990 con la aprobación del Real Decreto 1428/1990, de 26 de octubre, por el que se estableció el título universitario oficial de Licenciado en Psicología y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtención del mismo.

Posteriormente, en el año 1999, y debido al llamado “Proceso de Bolonia”, que tenía como objetivo facilitar el intercambio de titulados en Europa, adaptar el contenido de los estudios universitarios a las demandas sociales y ayudar indirectamente a la movilidad del mercado laboral, se aprobó en España el Real Decreto 1393/2007, desapareciendo las Diplomaturas, de 3 años lectivos de duración, y las Licenciaturas de 5 años, y creándose un sistema de titulaciones universitarias en tres niveles progresivos: Grado (180 a 240 ECTS: 3 a 4 años, con algunas excepciones de mayor duración), Máster (60 a 120 ECTS: de 1 a 2 años) y Doctorado.

Además, se estableció como norma general que solo las titulaciones que dan acceso a profesiones reguladas tendrían una norma general del Estado que establecería sus requisitos mínimos, dando a las Universidades más libertad para definir los estudios que imparten e incluyendo la creación de nuevas titulaciones universitarias con carácter oficial. Respecto a la duración de los Grados, se reguló más en detalle mediante una Resolución del 11 de mayo de 2017, de la Secretaría General de Universidades, estableciendo, entre otras cuestiones, toda una serie de titulaciones de Grado que deben ser de 240 ECTS (entre ellas la Psicología).

Este nuevo marco normativo de las titulaciones universitarias, junto con la regulación de la Psicología en el ámbito sanitario establecida en la Disposición adicional séptima de la Ley 33/2011, de 4 de octubre General de Salud Pública, ha transformado las titulaciones universitarias de nuestra disciplina, quedando como sigue:

  • Grados en Psicología de 240 ECTS (4 años lectivos), sin tener todavía una normativa del Estado que establezca sus requisitos mínimos. Esta titulación es la que da acceso a la profesión de psicóloga y psicólogo; es requisito para el acceso al Máster en Psicología General Sanitaria.

  • Másteres en Psicología General Sanitaria de 90 ECTS (1 año y medio lectivo), regulado por Resolución aprobada en Consejo de Ministros y por la Orden ECD/1070/2013. Esta titulación es la que da acceso a la profesión sanitaria de Psicólogo General Sanitario.

  • Másteres de Psicología de temática variada, según los intereses de cada Universidad, que suponen una formación de posgrado con orientación profesionalizante o investigadora, pero que no son requisito obligado para el ejercicio profesional.

  • Doctorados de Psicología de variada temática.

La Ley estableció que antes de octubre de 2012 el Gobierno debía regular la titulación de Grado en Psicología, lo cual, a fecha de hoy, sigue sin cumplirse.

La Organización Colegial está realizando desde hace tiempo intensas gestiones que se han multiplicado en los últimos meses y que hemos hecho coincidir con los intereses de los representantes estudiantiles y de la Conferencia de Decanos de Psicología de las Universidades, para lograr que el Ministerio de Educación cumpla con su obligación. Nuestras gestiones, desde reuniones y debates con el Ministerio de Educación a entrevistas con los distintos grupos parlamentarios, para promover la presentación de alguna PNL como la registrada en 2016 por Ciudadanos y, más recientemente, por el PSOE, hasta el inicio de trámites para recurrir judicialmente este incumplimiento legal.

Todo parece indicar que, en los próximos meses, el esfuerzo realizado hará que esta regulación sea realidad y existirá una normativa general que establecerá, nuevamente, los requisitos mínimos de todas las titulaciones de Grado en Psicología de nuestro país.

Conseguir la regulación de la titulación Universitaria de Grado en Psicología es un paso importante para seguir consolidando nuestra profesión, que podría verse debilitada al abrirse la puerta a que surgieran titulaciones de Grado con contenidos diversos que pudieran confundirse con la de Psicología. Si la regulación se efectúa cumpliendo los mínimos que consideramos adecuados, se evitará esa confusión, habrá Grados de Psicología con unos contenidos psicológicos mínimos, estará claro que estas titulaciones, y solo éstas, dan acceso al Máster en Psicología General Sanitaria, y nuestra profesión seguirá teniendo de base una titulación regulada.

Esto facilitará, además, que los titulados extranjeros puedan homologar sus estudios al Grado español de Psicología, facilitando su inserción profesional, y debería dar paso también a que el acceso a convocatorias y procesos de selección de profesionales, como son las convocatorias PIR y otras de las Administraciones públicas, queden reservadas a los graduados y graduadas en Psicología, al existir un título regulado que puede figurar en los requisitos.

Estamos a la expectativa de qué resultados tendrán nuestros esfuerzos con el nuevo Gobierno de la nación, y espero que podamos celebrar en los próximos meses que dichos esfuerzos se culminan con éxito. Ojalá el nuevo Gobierno cumpla correctamente con su obligación. De no ser así, seguiremos insistiendo para que el Grado en Psicología se regule lo mejor posible.

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