Publicado el primer informe sobre los Derechos Humanos de mujeres y niñas con discapacidad en España

3 Abr 2019

“Hay una infrarrepresentación notoria en el marco jurídico español de las mujeres y niñas con discapacidad. En general, existe una sobregeneralización del género/sexo cuando se enmarcan las normativas y políticas sobre los derechos de las personas con discapacidad”.

Esta es una de las afirmaciones recogidas en el primer Informe de Derechos Humanos de las mujeres y niñas con discapacidad, publicado por la Fundación CERMI Mujeres (FCM), un documento a través del cual se pretende dar visibilidad a la situación actual de las mujeres y niñas con discapacidad en España, con respecto a la protección, promoción y garantía de sus Derechos Humanos y libertades fundamentales.

Tal y como señalan sus autores, el informe no viene a brindar una perspectiva de género a la normativa sobre los Derechos de las personas con discapacidad, ni una perspectiva de discapacidad a la normativa relativa a la Igualdad de Género. Lo que se pretende es realizar un diagnóstico jurídico y social de situaciones concretas sobre Derechos Humanos de las mujeres y niñas con discapacidad, tales como el Derecho a la Igualdad y no Discriminación, los Derechos Sexuales y Reproductivos, incluyendo en éstos últimos, una vida libre de violencia y el Derecho a ejercer una maternidad.

Para ello, se analiza, mediante el uso de indicadores internacionales, si la legislación española actual, la jurisprudencia y las políticas y/o planes actuales, son suficientes para alcanzar una igualdad sustantiva en las mujeres y niñas con discapacidad.

Según manifiesta el texto, los estereotipos más comunes que afectan el ejercicio de los Derechos Humanos y libertades fundamentales de las mujeres y niñas con discapacidad se refieren, en su mayoría, a su sexualidad, donde radica una contradicción en cuanto a que se tiene una imagen preconcebida de que “son personas asexuadas o hipersexuales”. Existe también entre la sociedad una idea preconcebida de que “no son personas creíbles”, vinculándose ese estereotipo a la creencia errónea en torno a su incapacidad ante la justicia para brindar testimonios.

Esto genera grandes conflictos, principalmente, en casos de violencia intrafamiliar, de género, y/o abusos o violaciones sexuales, y deviene en otro estereotipo que reside en el abandono por el sistema judicial.

Un tercer estereotipo frecuente es que “se las etiqueta como cargas para su familia, incapaces de ser autónomas en lo que se refiere a su cuerpo y en la toma de decisiones”, un razonamiento que deriva en la creencia de que “sus hijos e hijas también serán una carga de la misma manera que ellas”, dado que, en función del cuarto estereotipo, “son incapaces de ser madres”.

A razón de lo anterior, el informe advierte de que estos estereotipos perjudiciales y nocivos de género y de discapacidad pueden llevar a tal discriminación, indisolublemente ligada a la falta de políticas de regulación y prestación de servicios específicos para mujeres con discapacidad.

El documento finaliza con una serie de recomendaciones, entre ellas, la necesidad urgente de contar en nuestro país con una recopilación estadística de datos adecuada a los estándares internacionales. Para tal fin, es fundamental abrir consulta a las mujeres y niñas con discapacidad y a sus organizaciones representativas.

Asimismo, recomienda que existan mecanismos de denuncias a discriminaciones más accesibles y adecuadas a un grupo social en situación de vulnerabilidad como es el de las mujeres y niñas con discapacidad, con especial atención al ámbito rural y a las situaciones de exclusión y de emergencia social.

El CERMI considera relevante que España introduzca el paradigma de la interseccionalidad en sus planes especiales, estratégicas y políticas públicas dirigidas a mujeres y niñas con discapacidad, contando necesariamente, con una Ley General de Igualdad y no discriminación que contenga definiciones claras de la discriminación múltiple en base a estándares internacionales.

A pesar de las acciones emprendidas activamente por España durante el proceso de diseño y aprobación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), no es posible medir la meta 3.7 (garantizar el acceso universal a los servicios de salud sexual y reproductiva) ni contar con resultados óptimos en los Objetivos 5 (lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas) y 10 (reducir la desigualdad en los países y entre ellos).

Por ello, es imprescindible que en los nuevos marcos jurídicos pendientes de incorporar, se tengan en cuenta los ODS, incluyendo sus metas e indicadores.

Se puede acceder al informe desde la página Web de CERMI Mujeres, o bien directamente a través del siguiente enlace:

Derechos Humanos de las mujeres y niñas con discapacidad 

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