El Senado aprueba el Proyecto de Ley sobre la valoración de los daños causados a las personas en accidentes de tráfico

14 Sep 2015

El pasado 7 de septiembre, la Comisión de Economía y Competitividad del Senado aprobó el Proyecto de Ley que reforma el sistema de valoración de daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de tráfico, cumpliéndose así el trámite parlamentario pendiente para su entrada en vigor.

Tal y como hemos ido informando a través de Infocop, desde que se presentó el proyecto de Ley, el pasado mes de abril, el Consejo General de la Psicología ha realizado intensas gestiones, a través de su vicepresidente primero, Fernando Chacón, hasta lograr la modificación del texto inicial, al comprobar que la primera propuesta de esta norma presentaba importantes deficiencias al excluir los tratamientos psicológicos y la figura del psicólogo clínico en el proceso de valoración (para más información ver aquí).

Entre dichas gestiones, el Consejo General de Psicología (COP) elaboró una serie de enmiendas que hizo llegar a las asociaciones de Psicología Clínica y de Víctimas de Accidentes de Tráfico, así como a todos los Grupos Parlamentarios para la modificación del texto legislativo, solicitando la inclusión del psicólogo clínico en el apartado que le es propio por sus competencias sanitarias, así como la posibilidad de poder cubrir los gastos derivados de tratamientos psicológicos, cuestiones que fueron aprobadas por el Congreso el pasado mes de julio.

Finalmente, hace unos días el Senado también ha aprobado el texto y las enmiendas incluidas sin modificaciones, por lo que se mantienen los logros alcanzados respecto a las peticiones que solicitó el Consejo General de Psicología. De esta manera, la nueva normativa contempla el derecho a tratamiento psicológico resarcitorio de los perjudicados por los accidentes de tráfico, a través del Artículo 36 (punto 3): “excepcionalmente, los familiares de víctimas fallecidas mencionados en el artículo 62, así como los de grandes lesionados, tienen derecho a ser resarcidos por los gastos de tratamiento médico y psicológico que reciban durante un máximo de seis meses por las alteraciones psíquicas que, en su caso, les haya causado el accidente”. Asimismo, mantiene la inclusión del psicólogo clínico en la valoración de las secuelas asociadas con trastornos de salud mental en víctimas de accidentes de circulación.

Tras su publicación en el BOE en los próximos días, se prevé que la nueva Ley entre en vigor a partir del 1 de enero de 2016.

El Consejo General de la Psicología muestra su satisfacción ante el resultado de este proceso, que supone no sólo un éxito para la profesión, sino para la mejora de la calidad de la atención a las víctimas de accidentes de tráfico y sus familiares.

PSICOLOGÍA EN RED


LOS COLEGIOS HABLAN

MÁS NOTICIAS