Buenas prácticas en el trato con víctimas del terrorismo

11 Mar 2016

La Secretaría General para la Paz y la Convivencia del Gobierno Vasco ha publicado la Guía general de buenas prácticas en el trato con víctimas del terrorismo que evite la victimización secundaria. La guía tiene por objetivo establecer recomendaciones para mejorar el trato que se lleva a cabo con las víctimas de delitos de terrorismo.

En víctimas de violaciones graves de los derechos humanos, como son las víctimas del terrorismo, el derecho a la verdad y el derecho a la memoria (entre otros) son dos derechos reconocidos a nivel nacional e internacional. Tal y como subraya el texto, el reconocimiento y la memoria de la victimización “facilita la recuperación, siempre y cuando se realice en un contexto adecuado y respetando los tiempos de las víctimas”.

Se da la circunstancia además de que el uso de la violencia terrorista, al estar apoyada en ciertos fines políticos, puede suponer un mayor sufrimiento y una mayor sensación de vulnerabilidad que, según los autores de la guía, deben ser cuestiones a tener en cuenta en la atención a este colectivo. A este respecto, las víctimas de terrorismo se encuentran en mayor riesgo de victimización secundaria, derivada del posible abandono social o institucional, en comparación con las víctimas de otros delitos.

Por este motivo, el documento realiza una “propuesta general, flexible, de buenas prácticas de los agentes públicos y privados que fomenten el trato empático, individualizado, personalizado y no discriminatorio, que ayude en el proceso de reparación y recuperación” de las víctimas de terrorismo.

La guía parte del reconocimiento de una serie de derechos de las víctimas del terrorismo, entre los que cabe destacar:

1. El derecho al reconocimiento de su condición de víctima, incluyendo la victimización indirecta o de los familiares.

2. El derecho a la información (a entender y ser entendido).

3. El derecho al acceso a los servicios de apoyo (psicológico, jurídico, social, sanitario, etc.), independientemente de la presentación de una denuncia penal.

4. El derecho al acceso a la justicia y la participación en el proceso penal, incluyendo la reparación material, económica, simbólica y la justicia restaurativa.

5. El derecho a la protección, incluyendo el reconocimiento de necesidades específicas (menores, personas de avanzada edad, con diversidad funcional, extranjeras, en situación de exclusión social, etc.).

6. El derecho a un trato profesional, con formación adecuada y concienciación sobre las necesidades de las víctimas, respetuoso, sensible, imparcial, empático, individualizado, coordinado y basado en la evaluación e investigación.

7. El derecho a la prevención de la victimización primaria y secundaria.

8. El derecho a la verdad y a la memoria.

9. El derecho a la participación en las políticas asociadas a las víctimas de terrorismo.

En lo que respecta a la atención que prestan los agentes públicos y privados a las víctimas de terrorismo, uno de los aspectos que según los autores de la guía requiere más atención es asegurar el trato digno, lo que implica poseer conocimientos y experiencia en habilidades de comunicación. Entre dichas habilidades es recomendable el uso de la escucha activa, la empatía y la asertividad, no emplear actitudes paternalistas (sino potenciar la autonomía de las víctimas para que puedan continuar con su vida) y adoptar un enfoque integral, que tenga en cuenta todos los factores personales y contextuales que pueden afectar al proceso de recuperación de cada persona.

La guía puede descargarse en el siguiente enlace:

Guía general de buenas prácticas en el trato con víctimas del terrorismo que evite la victimización secundaria

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