El Gobierno afirma estar trabajando en la regulación del Grado en Psicología

31 May 2018

“El Gobierno, a través del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, trabaja en el borrador de Orden Ministerial para la definición del itinerario en el Grado de Psicología que permita el acceso al Máster en Psicología General Sanitaria, y se prevé que en los próximos meses, tras los informes pertinentes y la tramitación oportuna, pueda publicarse en el Boletín Oficial del Estado”.

Con esta afirmación, el Ejecutivo da respuesta a dos preguntas planteadas por el Grupo Parlamentario Socialista a la Mesa del Congreso de los Diputados, el pasado mes de febrero.

Tal y como informó Infocop Online en su momento, a través de las dos cuestiones, el PSOE solicitaba información sobre la situación en la que se encontraba el cumplimiento de la disposición adicional séptima de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, que exige la regulación de la titulación del Grado Psicología en el plazo máximo de un año, y cuándo preveía el Gobierno el establecimiento de este mandato legal.

Como ya saben nuestros lectores, la irregular situación en la que se encuentra actualmente la Titulación de Grado, así como de los enormes inconvenientes que está generando esta circunstancia, tienen su raíz en el incumplimiento, por parte de la administración, de lo previsto en la Ley 33/2011, en cuya Disposición Adicional Séptima se creaba la profesión regulada de Psicólogo General Sanitario, siendo preceptivo para acceder a la misma el estar en posesión del Título de Grado en Psicología y del Título de Máster en Psicología General Sanitaria, y estableciéndose dos plazos para que el Gobierno procediera a regular las condiciones generales de los planes de estudios de ambas titulaciones.

Sin embargo, si bien el Título de Máster se reguló adecuadamente en la Orden ECD/1070/2013, de 12 de junio, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales de Máster en Psicología General Sanitaria que habilite para el ejercicio de la profesión titulada y regulada de Psicólogo General Sanitario, no sucedió igual con el Título de Grado en Psicología, a pesar de que su regulación (tal y como estipulaba la Ley), debería haberse realizado a finales del año 2012, y aunque constituye, junto con el Título anterior, uno de los requisitos necesarios para acceder a la profesión regulada de Psicólogo General Sanitario.

Ya en enero de 2015, el Consejo de Estado emitió un Dictamen mediante el cual destacaba la existencia de profesiones “pendientes de ser reguladas”, haciendo mención expresa a la Psicología como ejemplo de ello y señalando el deber de aclarar esta situación; no  obstante, a día de hoy sigue sin resolverse este escollo legislativo, cuyas consecuencias perjudican seriamente el desarrollo académico y profesional de la Psicología.

Dada la falta de respuesta hasta entonces por parte del Gobierno, el Foro de la Psicología -que agrupa al Consejo General de la Psicología (COP), la Conferencia de Decanos de Psicología de las Universidades Españolas, y el Colectivo de Estudiantes de Psicología CEP- PIE-, acordó, a principios de este año 2018, preparar e implementar distintas acciones de comunicación pública, legales, administrativas, de contacto con Grupos Parlamentarios y, en su caso, de protesta ciudadana, para solventar de forma concluyente esta situación.

Con la reciente contestación del Gobierno en torno a las medidas que ya se están tomando, parece vislumbrarse al fin una solución definitiva, por lo que el Grupo Socialista ha presentado nuevas preguntas para conocer el desarrollo paulatino de las acciones emprendidas por parte del Ejecutivo.

Una de ellas, se registró para respuesta oral en la Comisión de Educación y Deporte, tal como sigue:

“¿Qué razones justifican el retraso de seis años en el desarrollo de la Orden que debería regular el Grado de Psicología y dar así cumplimiento a lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública relativa a la regulación de la Titulación de Grado en Psicología?”.

Asimismo, recordando que existe un “retraso acumulado de más de 6 años, por parte del Gobierno, en llevar a cabo la aplicación de la Disposición Adicional 7 de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública relativa a la regulación de la Titulación de Grado en Psicología, que le obliga a regular los 90 créditos ECTS sanitarios que debe tener el Grado en Psicología”, presentó una relación de cuestiones específicas para su respuesta por escrito:

“1. ¿Qué razones justifican este retraso de seis años en el desarrollo de la Orden que debería regular el Grado en Psicología?

2. ¿Qué medidas ha tomado el Gobierno para poner en marcha la elaboración de la norma a la que le obliga la disposición transitoria 7 de la Ley 33/2011?

3. ¿Cuándo ha planeado el Gobierno dar cumplimiento a la disposición transitoria de esta Ley?

4. ¿Ha evaluado el Gobierno las repercusiones de un modelo de regulación distinto al propuesto por la CDPUE, el COP y los colectivos de estudiantes, en términos de:

a. La repercusión en las actuales estructuras de los planes de estudio y todo lo que ello implica en términos de dificultades y conflictos entre los departamentos.

b. La posible necesidad de modificación de las memorias y, con ello, la avalancha de solicitudes MODIFICA a la ANECA, u otras agencias evaluadoras.

5. ¿Ha previsto el Gobierno que una regulación distinta a la propuesta impedirá que una parte de los actuales egresados pueda acceder al Máster en Psicología General Sanitaria, ya que muchas universidades pueden no tener en sus planes de estudio las materias mínimas?

6. ¿Ha previsto el Gobierno los términos de la normativa transitoria para los estudiantes que estén cursando actualmente los planes de estudio si los términos de regulación son diferentes a los propuestos y que, además, garantizan que todos los estudiantes actuales los cumplen?

7. En caso de que el modelo de regulación que el Gobierno proponga contemple, dentro de los 90 créditos ECT sanitarios, el TFG y las Prácticas. ¿Ha estudiado el Gobierno la posibilidad de las universidades para garantizar, para todos o la mayor parte de estudiantes, el carácter sanitario del TFG (es decir, si dispone de profesores suficientes para dirigir TFG estrictamente sanitarios) y de las Prácticas (es decir, si dispone o puede disponer de suficientes centros de prácticas con registro sanitario conveniados con la Universidad?

8. En caso de que no todos los estudiantes pudieran tener acceso a esos TFG y Prácticas Sanitarios, ¿ha analizado el Gobierno la dificultad de las universidades para establecer criterios de selección de los alumnos y de implementarlos?

9. ¿Ha analizado el Gobierno las dificultades administrativas para certificar individualmente el currículum académico de los estudiantes?

10. ¿Ha analizado el Gobierno el efecto sobre la carrera y la profesión de los estudiantes que no tengan los 90 ECTS sanitarios y no puedan acceder al Máster en Psicología General Sanitaria?

11. ¿Ha estudiado el Gobierno la pertinencia académica de que todos o la mayoría de los estudiantes realicen un TFG y las Prácticas de carácter sanitario en un Grado de Psicología?”

Se puede acceder a las preguntas a través de los siguientes enlaces:

¿Qué razones justifican el retraso de seis años en el desarrollo de la Orden que debería regular el Grado de Psicología y dar así cumplimiento a lo dispuesto en la disposición adicional séptima de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública relativa a la regulación de la Titulación de Grado en Psicología?

Regulación de la titulación de Grado en Psicología

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