Aprobado en el Congreso el Proyecto de Ley de protección a víctimas de violencia de género

29 Ene 2021

El pasado miércoles, 27 de enero, la Comisión de Igualdad aprobó el Proyecto de Ley de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género.

Este proyecto de ley, cuya tramitación se ha realizado por el procedimiento de urgencia, procede del Real Decreto-ley 12/2020, de 31 de marzo, de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género en el contexto de la crisis del COVID-19, convalidado por el Pleno del Congreso el 29 de abril. Tiene como objeto el amparo de todas las víctimas de violencia, no solo de género, sino también de explotación sexual, trata o agresiones sexuales, durante la crisis ocasionada por el COVID-19.

De este modo, buscando dar respuesta a las necesidades de protección de las víctimas de violencia de género en el contexto actual, la nueva medida legislativa adopta una serie de medidas destinadas al mantenimiento y adaptación de los servicios de asistencia integral y protección, estableciendo acciones para garantizar el funcionamiento adecuado de los servicios destinados a su protección, así como la adaptación de las modalidades de prestación de los mismos a las circunstancias excepcionales en las que se encuentran los ciudadanos.

Foto: Puwadon Sangngem Fuente: pexels Fecha descarga: 28/01/2021

En este sentido, el proyecto de Ley se estructura en dos capítulos: el primero, contiene seis artículos dirigidos a garantizar el funcionamiento de los servicios de asistencia y protección integral de las víctimas de violencia de género en el marco del estado de alarma, considerándose como «servicios esenciales» los trabajos desempeñados por organizaciones, asociaciones o servicios para víctimas de violencia machista. Asimismo, se insta a las Administraciones Públicas competentes a garantizar la prestación de los servicios de asistencia social integral, consistentes en orientación psicológica, social y jurídica, destinadas a las víctimas de violencia género, que viniesen funcionando con anterioridad a la declaración del estado de alarma, adaptando, esta prestación en función de necesidades excepcionales derivadas del estado de alarma, estableciendo para ello, alternativas a la atención telefónica, a través de medios como la mensajería instantánea para la asistencia psicológica o la alerta con geolocalización para la comunicación de emergencia a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

El segundo capítulo recoge medidas urgentes para favorecer la ejecución de los fondos del Pacto de Estado contra la violencia de género por las comunidades autónomas y se garantiza una atención integral a víctimas de trata con fines de explotación sexual.

Con la futura ley se pretende garantizar y reforzar la atención a las víctimas mientras dure la emergencia sanitaria, y no solo durante el estado de alarma, incluyendo la protección y el seguimiento de los y las menores víctimas y prestando una especial atención a la vulnerabilidad de las mujeres víctimas que sufren doble discriminación por cuestión de origen, discapacidad, edad, entorno rural u otras causas.

Los miembros de la Comisión han dado luz verde al dictamen con 24 votos favorables, 5 en contra y 2 abstenciones. El texto, que ha sido modificado con las enmiendas transaccionales acordadas en Comisión, será remitido al Senado donde continuará su tramitación parlamentaria, está disponible a través del siguiente enlace:

Fuente: Congreso de los Diputados 

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