Declaración de la Junta de Gobierno a propósito de la labor de la Comisión de Test del COP

16 Nov 2021

Declaración de la Junta de Gobierno a propósito de la labor de la Comisión de Test del Consejo General de la Psicología

La Junta de Gobierno valora de forma muy positiva la extraordinaria tarea que ha venido realizando la Comisión de Test y respalda su trabajo en favor de la mejora de la calidad de las pruebas y su uso. De forma muy especial, reconoce la importancia de la evaluación de test, que esta Comisión, con la colaboración de múltiples expertos académicos y profesionales, lleva a cabo anualmente y cuyos resultados pueden ser consultados por los interesados a través de la página web del Consejo General de Colegios Oficiales de Psicología.

Este proceso de evaluación tiene una gran importancia ya que ayuda a los profesionales de la Psicología a tomar decisiones informadas sobre la calidad y utilidad de las pruebas psicológicas que pueden emplearse con un determinado fin.

Con el fin de aclarar el significado de las evaluaciones realizadas, garantizando su adecuada interpretación, la Junta de Gobierno manifiesta que:

  • Para recibir una evaluación positiva (puntuación mínima de 3 -aceptable) en los distintos aspectos evaluados, las pruebas deben alcanzar unos estándares de calidad mínimos establecidos en el modelo de evaluación 1 . Los profesionales deben ser tanto más exigentes con dicho cumplimiento cuanto más importantes sean las decisiones que se vayan a tomar a partir de las puntuaciones de la prueba.
  • Las pruebas que han sido evaluadas por la comisión y cuyos resultados se han publicado en la página web del COP hasta la fecha, alcanzan o superan en promedio la puntuación de 3 “aceptable”2 . Sin embargo, las pruebas pueden presentar algunas carencias en distintos apartados, cuya importancia debe ser juzgada por el profesional en función del apartado que muestra la carencia y del uso concreto que se vaya a hacer del test. Los profesionales deben evitar tomar decisiones a partir de pruebas que han recibido una valoración inadecuada (inferior a 2) en criterios centrales para el uso concreto del test.
  • El Consejo no puede emitir una opinión sobre las pruebas que no han sido evaluadas por la comisión. En muchos casos estas pruebas ni siquiera están respaldadas por casas editoriales. Antes de usar una de estas pruebas, es responsabilidad del profesional evaluar la información del manual técnico que acompaña la prueba para juzgar su calidad e idoneidad para el uso pretendido. Si no existe manual técnico, es imprescindible analizar la evidencia científica que avale la calidad psicométrica y el uso de la prueba con una determinada finalidad. Si no existen evidencias de calidad, las pruebas no deberían emplearse hasta que dichas evidencias se hagan públicas y sean favorables. Esta recomendación también se aplica a las pruebas evaluadas por la comisión, cuando no se aporta información sobre algún aspecto que es central para el uso concreto que se vaya a hacer del test.
  • Tras la publicación de las evaluaciones realizadas por la comisión de test pueden publicarse nuevos estudios que aporten nuevas evidencias sobre la adecuación (o no) de una determinada prueba. Estas nuevas evidencias deben tenerse en cuenta para poder tomar una decisión informada sobre la calidad y utilidad de una determinada prueba para un uso concreto.
1 http://www.cop.es/uploads/pdf/CET-R.pdf
2 Solo se observa una excepción en la Escala de predicción del riesgo de violencia grave contra la pareja –Revisada (Echeburúa et al. , 2010), que alcanza una puntuación global promedio de 2.83.

 

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