INFORMACIÓN DEL COP CATALUÑA PARA LOS INTERESADOS EN EL CERTIFICADO DE EXENCIÓN DEL MÁSTER DE EDUCATIVA

8 Mar 2011

El Colegio Oficial de Psicólogos de Cataluña (COPC), las facultades de Psicología y la Conselleria de Enseñanza de la Generalitat han alcanzado un acuerdo para que los licenciados anteriores a 2009 queden exentos de cursar el Máster de formación del profesorado de ESO, Bachillerato y Formación Profesional antes de opositar en este ámbito.

Gracias a este acuerdo, los psicólogos no deberán cursar este máster, que sustituye el antiguo Certificado de Aptitud Pedagógica (CAP), si sus facultades acreditan en un certificado que han aprobado un mínimo de 80 créditos de asignaturas relacionadas con el ámbito educativo, como psicología evolutiva, orientación psicopedagógica, metodología educativa y psicología social.

El COP Cataluña facilita la siguiente información para la tramitación de este certificado de Exención del Máster de Educativa a todos los interesados:

Acuerdo para la obtención del Certificado de Exención del Máster de Educativa para las licenciaturas en psicología anteriores a 2009, para presentarse las oposiciones en el ámbito de psicología educativa

COP Catalunya

El COPC, junto con las facultades de Psicología y con el acuerdo del Departament d’Ensenyament de la Generalitat de Catalunya, han consensuado finalmente el certificado necesario para la exención del Máster para licenciados en Psicología.

Este certificado no podrá ser genérico y deberá contemplar una relación detallada de las materias cursadas, propias del ámbito educativo, siendo preciso un mínimo de 80 créditos en estas materias, troncales u optativas (ver a continuación el texto completo de la propuesta). Todo aquel certificado que no cumpla estos requisitos deberá ajustarse para que tenga validez.

Los licenciados de las universidades catalanas interesados en obtener el certificado, deberán tramitarlo a través de la secretaría de la Facultad de Psicología donde finalizaron la carrera. Todas las facultades estarán a disposición de redactarlo de manera urgente, según petición. Los licenciados de facultades de fuera de Cataluña deberán pedir este mismo certificado a su facultad de origen.

Para más información pincha en el siguiente enlace:

Bolsa de Trabajo de personal docente del Departament d’Ensenyament

Texto completo de la propuesta:

Bases que justifican el tipo de certificado que debe validar el departamento

El certificado extendido por las facultades de Psicología, en numerosos casos, responde a lo que se dice en el punto 3.b de la Circular Informativa de la Dirección General de Formación Profesional y de la Dirección General de Política Universitaria del Ministerio de Educación, sobre el Máster Universitario que habilita para el ejercicio de las profesiones de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de idiomas.

Los expertoss entienden que la formación pedagógica y didáctica incluida en el certificado deberá corresponder en un mínimo de 80 créditos (1/3 del total), cursados por los licenciados/as en Psicología, siguiendo las directrices de los diferentes planes de estudios entre las materias troncales y optativas.

Este certificado permitirá la exención del Máster que habría que hacer para presentarse a las oposiciones que se puedan convocar para acceder al Cuerpo de Profesor de Enseñanza Secundaria, especialidad de Orientación Educativa. También es un elemento para justificar el profesorado interino, o al que está en las listas de la bolsa de trabajo del Departament d’Ensenyament, su formación pedagógica para poder trabajar, tanto en secundaria como en primaria.

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