LAS DECISIONES JUDICIALES ESTÁN GUIADAS POR SESGOS COGNITIVOS Y MOTIVACIONALES – RAMÓN ARCE

13 Dic 2005

Ramón Arce es Profesor Titular de Psicología Jurídica de la Universidad de Santiago de Compostela. Reconocido por su labor investigadora en el ámbito jurídico y penal, participará en Panel de Expertos en Psicología Penal que tendrá lugar dentro del marco del II Congreso de Psicología Jurídica, que se celebra entre los días 15 y 17 de diciembre en Valencia.

Entrevista

Participa usted en el Panel de Expertos en Psicología Penal que tendrá lugar en el II Congreso se Psicología Jurídica ¿podría extenderse en relación a qué temas tratará en su intervención en este panel?

Mi intervención incluirá la presentación de un protocolo de evaluación de la imputabilidad controlando la simulación.

Algunas de las líneas de investigación en las que ha participado han estado orientadas a contrastar la efectividad de diferentes instrumentos de evaluación a la hora de evaluar la veracidad de las declaraciones de los testigos en los juicios.

Por la falta de otro tipo de pruebas, la estimación de la verosimilitud de un testimonio resulta, en muchos casos, especialmente en agresiones sexuales y violencia en el contexto familiar, la piedra angular sobre la que ha de pivotar una decisión judicial. Esto es así porque estas agresiones se producen en un contexto privado, las denuncias no se suelen presentar contigua y contingentemente a los hechos, entre otras particularidades que dificultan la obtención de la prueba. Al respecto, la gran aportación desde la Psicología fue el hallazgo de que la memoria de lo percibido, esto es, lo real y lo imaginado, o sea, lo que no ha acontecido, presenta características diferentes. Sobre éstas se han construido sistemas categoriales «semiobjetivos» que la literatura científica ha demostrado que son efectivos y productivos a la hora de discriminar un relato de hechos vividos de otro de hechos imaginados. Nuestra aportación a este estado de las cosas ha sido doble. Por un lado, hemos dado pasos para que estos sistemas sean más objetivos, y, por otro, al mismo procedimiento le hemos añadido la valoración de la huella psíquica con la validación de un protocolo de control de la simulación. Esta última, siguiendo el DSMI-IV, al tratarse de un contexto de evaluación médico-legal ha de sospecharse y, por tanto, cuando se presenta una huella psíquica como prueba de cargo ha de demostrarse que no ha sido objeto de simulación.

¿Es posible, en alguna medida, reconocer cuándo alguien está simulando un daño psíquico? ¿Se puede detectar a los simuladores?

La evaluación clínica tradicional no es efectiva en la detección de la simulación, entre otras cosas, porque no la busca. Por su parte, los instrumentos psicométricos, que generalmente son la única prueba administrada, están basados en una tarea de reconocimiento de síntomas, por lo que actúan como facilitadores de la simulación. De hecho, hemos observado no sólo como potenciales simuladores son capaces de simular en estos instrumentos enfermedades mentales sino que pueden discriminar con bastante precisión entre síntomas esperados y no esperados. Todo ello ha conllevado que se acuda a instrumentos que contengan escalas de control de la validez de las respuestas. No obstante, nuestros estudios advierten que estas escalas no son prueba suficiente para establecer fehacientemente simulación porque el diagnóstico de simulación es compatible con la formulación de otras hipótesis alternativas; no clasifican correctamente a todos los simuladores; no son consistentes en las predicciones de la simulación; y no proporcionan diagnósticos sino impresiones diagnósticas. En suma, puede darse entrada a tres tipos de errores si sólo se acude a instrumentos psicométricos: falsos positivos (catalogar a enfermos reales como simuladores), errores de omisión (no detectar como simuladores a sujetos que realmente están simulando) y validar como diagnóstico una impresión diagnóstica. En consecuencia, es preciso completar la evaluación con una entrevista diagnóstica que, a su vez, permita someter a prueba la hipótesis de la simulación. Para este doble propósito, la entrevista clínica tradicional no es efectiva. Todo ello nos ha llevado a concretar una entrevista ajustada al contexto forense, la entrevista clínico-forense, que se basa en una tarea de conocimiento de los síntomas que el verdadero enfermo puede informar ya que padece. Ésta se complementa con el estudio de la fiabilidad de la misma a través de la búsqueda de las estrategias de simulación. Ahora bien, este tipo de entrevista unida al control de la fiabilidad de la misma tampoco es totalmente efectiva. Sólo la combinación de instrumentos psicométricos y entrevista, y bajo ciertas condiciones, es totalmente productiva a la hora de informar sobre la simulación. Volviendo a la pregunta inicial, se puede detectar a los simuladores pero es una tarea compleja y que requiere del seguimiento de una aproximación multimétodo y del seguimiento de protocolos sistemáticos de evaluación.

Desde la Psicología, sabemos que las decisiones que toman las personas están influidas por aspectos motivacionales y cognitivos que pueden modular, en último término, esas decisiones, ¿debemos suponer que la misma influencia que aparece en decisiones cotidianas aparece igualmente en la toma de decisiones judiciales? ¿Sobre qué elementos se basan las decisiones judiciales?

Sí, en diferentes estudios que hemos llevado a cabo sobre datos de archivo, esto es, sentencias judiciales, hemos encontrado que las decisiones judiciales están guiadas por sesgos cognitivos y motivacionales. Mención especial merece el anclaje, que presupone que la hipótesis inicial, una vez formada, se asume que sirve como conjunto cognitivo que guía la interpretación de la nueva información. Evidentemente, este modo de razonamiento no es normativo y, por ende, no debería aparecer en las decisiones judiciales. Sin embargo, los datos de archivo ponen de manifiesto que las decisiones judiciales están basadas en fuentes de razonamiento informal que conllevan la asunción de mayores riesgos, sesgos sistemáticos y, en ocasiones, errores.

¿Qué consecuencias puede tener esta influencia en la toma de decisiones judiciales?

Las consecuencias son diferentes según la fuente de sesgo. En todo caso, tiene efectos directos en la formación del juicio, procesamiento de la información, establecimiento de los nexos causales y motivación legal. Por ejemplo, las decisiones ancladas implican la asunción de la culpabilidad, un ahorro cognitivo para quien decide; la no formulación expresa de un evento narrativo que justifique la decisión (lo asumen); la orientación de la sentencia al veredicto, no a las pruebas; un procesamiento de la información guiado por la «exclusión de la evidencia«, una «evitación de justificación causal«; y «menos motivación legal«.

¿Qué puede hacerse para minimizar estos efectos y/o influencia?

Dos son las soluciones. La primera, proveniente del razonamiento, indica que el razonamiento informal implica un déficit metacognitivo, lo que se traduce, en el caso que nos ocupa, en que los jueces no son conscientes de tales sesgos. En esta línea, un entrenamiento de los jueces y magistrados en las fuentes de sesgo de modo que lleguen a ser conscientes de lo sesgadas que pueden estar sus decisiones, redundaría en decisiones más objetivas. La segunda, se basa en que los jueces, previamente a la formación de un juicio, asienten un factor de protección contra el razonamiento informal. Por ejemplo, para combatir los efectos del anclaje se les puede entrenar para que creen un valor de anclaje alternativo, o en que consideren múltiples puntos de anclaje.

De manera más general, ¿cómo está contribuyendo la Psicología a desarrollar la intervención en el ámbito penal?

La contribución más relevante y conocida es la de la evaluación de la credibilidad del testimonio, pero también se han realizado importantes aportaciones en otras áreas como la evaluación del daño psíquico, de la imputabilidad o de la simulación/disimulación.

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