La valoración de la salud mental en el personal de vuelo – Entrevista a Adela González Marín, presidenta de la AEPA

9 Abr 2015

El pasado accidente del Airbus A320 de la compañía Germanwings, así como las posibles causas que lo propiciaron, han abierto el debate en torno a los protocolos que se llevan a cabo para valorar la idoneidad de los aspirantes a personal de vuelo de aviación civil, y la efectividad de dichos protocolos en lo que respecta a la identificación de trastornos de salud mental con ideación suicida.

A este respecto, la Psicología es una disciplina que posee una larga y consolidada tradición en el desarrollo de pruebas psicométricas de demostrada calidad y efectividad para la valoración de trastornos mentales, personalidad, inteligencia, etc., siendo los psicólogos los profesionales mejor entrenados y preparados para llevar a cabo la aplicación de dichos instrumentos.

Con el objetivo de conocer en detalle el procedimiento de evaluación psicológica al que se deben someter los aspirantes a personal de vuelo de aviación en nuestro país, Infocop ha entrevistado a Adela González Marín, psicóloga y presidenta de la Asociación Española de Psicología Aeronáutica (AEPA).

Adela González Marín

ENTREVISTA

En primer lugar, ¿podría explicarnos en qué consiste el protocolo de valoración psicológica y/o en salud mental que se lleva a cabo con los solicitantes a personal de vuelo de aviación civil en ejercicio en España?

El protocolo está muy regulado y tanto las autoridades europeas como las españolas lo tienen definido. Este protocolo incluye las siguientes valoraciones:

Psiquiatría

  • Desorden psicótico.
  • Desorden mental orgánico.
  • Substancias psicotrópicas.
  • Esquizofrenia, trastorno esquizotípico o trastorno de delirio.
  • Trastorno del estado de ánimo.
  • Trastornos neuróticos, relacionados con el estrés o somatoformes.
  • Desórdenes de la personalidad y de la conducta.
  • Desórdenes debidos al alcohol o el uso de otras substancias.
  • Los trastornos mentales del comportamiento debidos al alcohol o al uso de otras sustancias, con o sin dependencia, son descalificantes.
  • Un único intento de autolisis o las conductas anormales repetitivas de autolesión deliberada son descalificantes. Se podrá considerar la certificación después de una completa valoración de cada caso particular, pudiendo requerir una revisión psicológica o psiquiátrica, e incluso una evaluación neuropsicológica.

Psicología

  • Cuando haya una sospecha o evidencia de que un aspirante padece desórdenes psicológicos, el aspirante deberá ser remitido a un psicólogo para solicitar opinión y consejo.
  • La evaluación psicológica puede incluir datos biográficos, la gestión de la aptitud, así como pruebas de personalidad y entrevistas psicológicas.
  • El psicólogo remitirá un informe escrito al AME o AeMC o autoridad de licencias, según sea oportuno, detallando su opinión y recomendación.

¿Qué criterios se utilizan para aceptar/rechazar a un posible solicitante?

Los aviadores civiles, sean de transporte de líneas aéreas, comerciales o privados, de helicóptero o de aviones de ala fija, así como TCP (auxiliares de vuelo) y los controladores de tránsito aéreo, todos necesitan un certificado médico para solicitar o renovar su licencia aeronáutica. Evidentemente con distintas exigencias en virtud de la clase de licencia a la que se aspira.

En nuestro país, es la Dirección General de Aviación Civil quien concede las licencias y establece los requisitos psíquico-físicos que deben poseer estos profesionales en base al Reglamento (UE) Nº 1178/2011 de la Comisión Europea de 3 de noviembre de 2011, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relacionados con el personal de vuelo de la aviación civil en virtud del Reglamento (CE) Nº 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Los criterios básicos se definen sobre la certeza que  determinadas conductas no afectarán a la seguridad de vuelo. Si existiera cualquier duda en cuanto a este principio básico, se debe realizar un informe y comunicar a las autoridades pertinentes su desprogramación inmediata.

Este tipo de evaluaciones en salud mental, ¿cuándo se realizan y qué tipos de profesionales las llevan a cabo? ¿Qué papel ocupan los profesionales de la Psicología en este tipo de valoraciones?

Las valoraciones se realizan cuando un candidato aspira a obtener una licencia de piloto. Antes de que la autoridad la otorgue, necesitará pasar un reconocimiento médico en el CIMA (Centro de Instrucción de Medicina Aeroespacial) o en alguno de los otros escasos centros reconocidos por la DGAC, para que se considere si es apto para volar (incluyendo medicina y psiquiatría). Y después para mantener la licencia en vigor necesitará pasar otro reconocimiento anual o cada seis meses a partir de los 40 años.

Además, cuando entran a formar parte de una compañía, pasan un reconocimiento médico, aunque la valoración mental solo la pasan a criterio del médico aeronáutico, que determina si se necesita una valoración psicológica o no.

Algunas compañías, en los procesos de selección cuentan con psicólogos los cuales, y como parte de la valoración de competencias, realizan una valoración de la estabilidad emocional.

En cuanto a los profesionales que realizan estas valoraciones, si estas son de obligado cumplimiento, es decir, si la normativa exige ese tipo de valoración, deben de estar acreditadas por la autoridad competente, y si no son de obligado cumplimiento, entonces cualquier profesional las puede realizar.

De lo que dice se deduce que los psicólogos tenemos un papel bastante pobre en las evaluaciones de aptitud en el ámbito de aviación, frente a otros ámbitos, como la seguridad vial. ¿Podría aclararnos el tema?

Yo no quisiera aceptar que tenemos un papel “bastante pobre”, pero tal vez no se nos otorga el que, a nuestro juicio, debiéramos tener. De hecho, solo se nos contempla en la normativa europea para los reconocimientos iniciales, donde se especifica “pruebas psiquiátricas y psicológicas” y, en nuestro ámbito, apunta a una entrevista con un “especialista” y la aplicación de test psicotécnicos. Parece que la normativa huye de mencionar el término “psicólogo” expresamente. Y claramente la normativa no contempla las evaluaciones psicológicas en las revisiones periódicas “salvo ante la evidencia o sospecha por parte del médico de un trastorno psicológico”.

La Asociación Española de Psicología de la Aviación (AEPA) junto con la European Association for Aviation Psychology (EAAP) hicimos en su día una serie de consideraciones sobre el borrador del documento relativo a los requisitos específicos para los certificados médico-psicológicos Clase 1 y Clase 2, proponiendo, entre otras cuestiones, que la evaluación psicológica la hiciera un psicólogo especialista en aviación y que deberíamos empezar a pensar, a posteriori de la selección, en alejarnos, en cierto modo, del modelo médico, centrado en la búsqueda de una patología, frente al modelo de salud en la actividad del vuelo propio del psicólogo aeronáutico, que realiza una evaluación más holística. Obviamente, y lamentablemente, estas consideraciones a la norma han tenido poco o ningún resultado práctico.

La Psicología posee una larga y consolidada tradición en el desarrollo de pruebas psicométricas para la evaluación psicológica en salud mental, ¿los protocolos de valoración del personal de vuelo de aviación incorporan este tipo de herramientas?

Cuando el médico aeronáutico determina si se necesita una valoración psicológica, es el propio profesional quien establece las herramientas a utilizar. En cuanto a la selección de personal, son los profesionales  de la Psicología, cuando están presentes, quienes estipulan qué tipo de herramientas van a utilizar de acuerdo al perfil elaborado.

Tal y como aparece recogido en algunos medios de comunicación estos días, los expertos denuncian que no se presta demasiada atención a la valoración de la salud mental frente a la salud física a la hora de evaluar los requisitos médicos de los solicitantes a personal de vuelo, ¿qué opina al respecto?

Estoy totalmente de acuerdo. Dentro de los reconocimientos médicos, los protocolos exigidos para realizar valoraciones médicas son mucho más completos y exhaustivos que los mentales, dejando en las revisiones periódicas el peso de valorar la salud mental al médico aeronáutico.

Aun suponiendo que un posible solicitante a personal de vuelo supere las pruebas en salud mental que se requieren, ¿es posible garantizar al 100% la seguridad de los vuelos que lleve a cabo, en lo que atañe a sus competencias?

Por supuesto que no, de hecho todas las regulaciones actuales desde hace unos años ponderan las competencias relacionadas con la seguridad y su valoración y entrenamiento como parte imprescindible de la formación de los pilotos.

A este respecto, ¿cuántos casos se conocen en la historia de la aviación en los que se haya producido algún tipo de accidente o percance motivado por un trastorno mental de algún miembro de la tripulación? ¿Y por una enfermedad física, como por ejemplo, un infarto?

Es cierto que ha habido infartos en pilotos cuando estaban volando un avión, pero los procedimientos establecidos para ese fin, llamados  “procedimiento de incapacitación de un piloto”, definen claramente las tareas de cada miembro de la tripulación y, aunque un piloto se incapacite, siempre queda otro para seguir volando el avión.

Desagraciadamente, la historia de la aviación nos revela algunos casos de crisis mentales de pilotos  mientras estaban volando y que han ocasionado accidentes de su vuelo.

Si bien no es nada fácil determinar el suicidio del piloto como la causa del accidente, se contemplan varios sucesos de este tipo, como, por ejemplo, en 2013 un avión de Mozambique Airlines que se estrelló en Namibia; en 1999, un vuelo de Egyptair Fligth que se precipitó al Océano Atlántico; en 1997, un vuelo de SilkAir cayendo en un rio de Indonesia; en 1994, un avión de la Royal Air Maroc despegando de Agadir; en 1982, un vuelo de Japan Airlines que se precipitó en la bahía de Tokio; y alguno más, como el avión de la compañía colombiana Satena robado en el aeropuerto del Dorado y estrellado en un barrio al sur de Bogotá. Pero ni tan siquiera en alguno de estos sucesos hay seguridad total y absoluta de que el suicidio del piloto sea la causa, habiendo notables discrepancias entre los investigadores de los países implicados.

No obstante, los accidentes en aviación no suelen estar causados por un único motivo, sino más bien son consecuencia de la convergencia de varios factores que favorecen la aparición de la ventana por la que se cuela el error humano. Son numerosos los casos de accidentes en los cuales han intervenido diferentes factores asociados al ámbito de la Psicología de la Aviación, y no solo clínico, como causa contribuyente al accidente, sino también relacionados con la fatiga, el estrés, la toma de decisiones, la confusión mental, la desorientación espacial, etc.

Finalmente, ¿desea añadir alguna cuestión de interés al tema que nos ocupa?

Creo que es necesario que se conozca la labor del psicólogo aeronáutico al margen de la pura evaluación clínica de un tripulante.

En algunos países, como por ejemplo EE.UU. y  Reino Unido, existen universidades que cuentan con la  especialidad de Psicología aeronáutica, y además de asesorar a las autoridades aeronáuticas pertinentes,  investigan las competencias relacionadas con la seguridad  que los pilotos deben entrenar en los cursos de Factores Humanos. Los pilotos tienen que recibir esta formación de forma periódica y obligada.

En España, algunas compañías aéreas tienen un psicólogo aeronáutico que diseña, imparte, analiza y valora todas estas competencias en el ámbito de su operación.

La Organización de Aviación Civil Internacional, máximo organismo regulador, recomienda la utilidad de la labor de los psicólogos aeronáuticos en las tareas relacionadas con los Factores Humanos. Sin embargo, en España, la figura del psicólogo aeronáutico no está contemplada por las autoridades aeronáuticas.

Por lo tanto, a nuestro juicio sigue sin estar debidamente valorada la importancia del psicólogo en el entramado de aportaciones que contribuyen a la seguridad aérea, empezando por el reconocimiento oficial de la especialidad de Psicología Aeronáutica y, consecuentemente,  en la formación académica de los mismos. A estos fines y objetivos está volcada la Asociación Española de Psicología de la Aviación (AEPA).

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