Pues bien, pese a todas estas ausencias significativas de información se señalan importantes conclusiones como las señaladas en el artículo resumen publicado por Infocop, estableciendo, además, una falacia argumental: no hemos encontrado estudios que contradigan lo que decimos aunque lo que decimos se diga en pocos estudios.
Para empezar, por cierto, cabe señalar como se intenta edulcorar la realidad hablando de “gestación subrogada” como término, buscando la aceptación y expectativa positiva o la normalización de un proceso que para otros sería más correcto denominar “vientres de alquiler”. En este, como en otros contextos, las palabras son, sin duda, fundamentales y cómplices de las intenciones.
Este, es un asunto como mínimo éticamente controvertido en el que, si queremos entrar a opinar desde el punto de vista profesional evitando manchar nuestro prestigio como profesionales y como profesión habría que reflejar todos los puntos de vista existentes y buscar un contraste de ideas, sino, como está ocurriendo con el mencionado artículo, este será utilizado por una de las partes en controversia para avalar su propia postura en el debate público y que hoy pasa por la propuesta de regular y legalizar esta práctica.
En estas situaciones nos encontramos con tres partes implicadas: la madre que pone su cuerpo a disposición de otros para gestar, los padres o madres receptores y el o los niños. El elemento más débil de la cadena y el que genera serias dudas y controversias éticas es, sin duda, la madre que pone a disposición su vientre que es la que, a mi juicio, debería preocuparnos especialmente desde un punto de vista ético.
Pues bien, en el artículo mencionado se habla que las motivaciones de las madres que alquilan sus vientres son altruistas y que manifiestan bienestar y mejoras en la autoestima por participar en estas situaciones, los problemas se producen por las presiones del lobby feminista, la opinión pública, el rechazo de la familia o el desconocimiento.
Se obvia y oculta que en casi todos, por no decir todos los casos conocidos, se paga por estas situaciones lo cual impide hablar en ningún caso de altruismo, no se informa de cuánto y cómo se paga, porque obviamente vender el cuerpo o una de sus partes sería un acto ilícito. Ni si quiera se plantean en el artículo los elementos de crítica y controversia de esta situación, al no plantearse ni siquiera tratan de rebatirse.
Entrar en este debate, como en otros, supone introducir argumentos como si por el bienestar de unos (los padres receptores) es lícito anular derechos fundamentales, en este caso, mediante el desarrollo de un contrato previo en el que se acuerda la cesión de un menor, renunciando la madre biológica, de manera irrevocable, al derecho de filiación y custodia. ¿Pueden ser derechos fundamentales objeto de cesión y revocación mediante contrato?
Se habla de motivaciones altruistas para justificar la práctica, cuando en realidad lo que se plantea es una posible mercantilización de la reproducción, ¿dónde y cuantas mujeres realmente desarrollan una “gestación subrogada altruista”?
Por último, y entre otras cuestiones podrían plantearse donde están los límites de la libertad individual y si puede esgrimirse esta libertad para vulnerar derechos fundamentales ¿libertad para renunciar a derechos fundamentales, para vender derechos? ¿libertad condicionada por la obtención de recursos materiales?
Si se pretende abordar la cuestión con seriedad y desde la profesión, no puede hacerse solo representando una de las partes de la cuestión obviando la ética y las críticas, no debería usarse la profesión y nuestros conocimientos para tratar de revestir de apoyo científico a una de las posturas en discusión. |