INTERIOR PREMIA UN PROGRAMA GALLEGO PARA REEDUCAR A MALTRATADORES

11 Oct 2007

La Unidad de Psicología Forense de la Universidad de Santiago ha sido recientemente galardonada con la Medalla de Plata al Mérito Social Penitenciario, que otorga la Dirección General de Instituciones Penitenciarias del Ministerio de Interior, por su programa de reeducación de maltratadores. La Facultad de Psicología de Santiago puso en marcha en 2005, con éxito, este programa pionero para rehabilitar a condenados por violencia de género.

Infocop Online ha querido aprovechar esta oportunidad para entrevistar a Ramón Arce Fernández, del Departamento de Psicología Social de la Universidad de Santiago, y a la profesora Francisca Fariña, del Departamento de Análisis e Intervención Psicoeducativa, de la Universidad de Vigo, artífices de la puesta en marcha y funcionamiento de esta iniciativa.

ENTREVISTA

En primer lugar, deseamos felicitarles por el reciente reconocimiento que han recibido. De forma general, y para que los lectores puedan hacerse una idea del tipo de trabajo que entraña, ¿en qué consiste un programa de reeducación de maltratadores?

 

Lo primero que nos gustaría aclarar es que el Programa Galicia de reeducación para maltratadores de género interviene exclusivamente con aquellos varones que han recibido una sentencia condenatoria por ejercer la violencia contra una mujer pero que, por no ser reincidentes y no recibir una condena superior a dos años, no entran en prisión. Por lo tanto, el programa no se lleva con internos sino con penados a los que se les sustituye o suspende la pena por la asistencia al programa, estableciéndose un contrato programa con el penado que ingresará en prisión en caso de incumplimiento o de no progreso. A su vez, es preciso advertir que en las Comunidades Autónomas donde no existe este tipo de intervención, estos penados ni ingresan en prisión, ni se someten a ningún tipo de tratamiento. De esta forma, al no recibir el agresor ningún tipo de tratamiento reeducativo el problema continúa; y con ello el riesgo de que reitere el maltrato. Volviendo a la pregunta, el programa Galicia de reeducación para maltratadores de género tiene el propósito general de modificar los conceptos y esquemas machistas de los penados, así como dotarlo de habilidades para el control del comportamiento violento. Para ello hemos diseñado este programa que se desenvuelve en, al menos, 52 sesiones individuales y grupales pudiendo éstas ser más, dependiendo de la evolución del penado. El maltrato de género es un problema altamente complejo que requiere de intervención individual y grupal, con un número alto de sesiones espaciadas en el tiempo y que no se pueden determinar sistemáticamente a priori ya que, como hemos dicho, van a estar en función de la evolución del penado, la afectación inicial que presente, el nivel de asunción del problema, la concurrencia de patologías o las propias capacidades.

Los programas de reeducación de maltratadores no están exentos de polémica, dado que existen grupos que no se hallan a favor de este tipo de iniciativas. ¿Por qué consideran importante que existan este tipo de programas?

En primer lugar porque la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, en su Artículo 3, así lo recoge y, por lo tanto, ha de cumplirse. Además, si queremos avanzar en el logro de una sociedad igualitaria y menos violenta que la actual, la intervención con la mujer maltratada y con sus hijos es imprescindible, pero resulta insuficiente si no se actúa simultáneamente sobre el agresor. Afirmación que realizamos no sólo basándonos en que existe un fuerte riesgo de que la situación de maltrato se reproduzca en las víctimas, ya que un porcentaje importante de ellas reanudan la convivencia con el maltratador, y que incluso la violencia se extienda a otros miembros del hogar, especialmente a los hijos, o a futuras parejas del maltratador; sino también porque se encuentra ampliamente demostrado que la violencia de género es un problema educacional, que no fruto de enfermedad mental, que se transmite intergeneracionalmente mediante aprendizaje observacional. Por lo tanto, no cabe otra cosa que intervenir con el agresor mediante un proceso reeducativo.

La mejor prueba de la validez y eficacia de estos programas vendría dada por la reducción en la reincidencia de conductas violentas en los hombres que participan en los programas. ¿Qué están mostrando los resultados?

Lo cierto es que en más de dos años que llevamos interviniendo con este tipo de penados, concretamente desde que entró en vigor la Ley Orgánica 1/2004, de los cerca de trescientos penados que han sido derivados al programa no se ha producido ninguna reincidencia, lo cual nos parece un dato importante, y nos permite ser optimistas. No obstante, somos conscientes que estamos trabajando con una problemática de características muy especiales con muchos indicadores de riesgo, lo que nos obliga a no bajar la guardia y estar siempre pendientes de los penados para una actuación rápida de las Unidades de Violencia, y los servicios sociales penitenciarios. 

¿Consideran que debería darse a estos programas un mayor protagonismo en la lucha contra la violencia de género?

Bien, la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, en el ya mentado Artículo 35 señala «En el caso de que el reo hubiera sido condenado por un delito relacionado con la violencia de género, la pena de prisión sólo podrá ser sustituida por la de trabajos en beneficio de la comunidad. En estos supuestos, el Juez o Tribunal impondrá adicionalmente, además de la sujeción a programas específicos de reeducación y tratamiento psicológico, la observancia de las obligaciones o deberes previstos en las reglas 1.ª y 2.ª, del apartado 1 del artículo 83 de este Código.». Por tanto, la Ley es clara, irrenunciablemente todo penado por violencia de género, que no ingrese en prisión, debería someterse a programas de esta naturaleza. En consecuencia, mayor protagonismo en la Ley no cabe; no obstante, es necesario que todo ello se vea reflejado en las sentencias y en el cumplimiento de éstas.

Bajo su punto de vista, ¿cuál debe ser el papel del psicólogo en este ámbito?

A nuestro entender el papel del psicólogo es fundamental e imprescindible durante todo el largo proceso de este tipo de programas. Por lo menos en el «Programa Galicia de Reeducación de Maltratadores de Género» es de esta forma. Así, desde el primer momento el psicólogo participa en la evaluación del penado, para la posterior clasificación y propuesta de intervención, individualizada para cada caso. Igualmente lo hace en la intervención grupal e individual donde, no sólo implementa el tratamiento psicosocial y reeducativo prescrito, sino que valora la progresión o regresión del penado y los indicadores de riesgo; y, para finalizar, se ocupa del seguimiento del penado, una vez que éste ha finalizado las sesiones de intervención. Esto es, el papel del psicólogo es clave en las diversas fases de este tratamiento penitenciario.

¿Hay alguna otra cuestión que deseen transmitir a nuestros lectores?

Sí. Este galardón es mérito de todos aquellos que hacen posible que el programa esté funcionando. En primer lugar de los técnicos y la entidad que lo financia; en este caso, la Dirección Xeral de Xustiza de la Xunta de Galicia; y, en segundo lugar, de los servicios sociales penitenciarios, jueces y fiscales implicados, así como de la red de servicios comunitarios que participan. A todos ellos: gracias y enhorabuena. También nos gustaría transmitir que, pese a lo expuesto en esta entrevista, el logro de una sociedad igualitaria ajena al comportamiento machista y violento todavía es un desideratum, pero cada día más cerca de ser realidad gracias al trabajo de muchas personas y profesionales, entre ellos los psicólogos, que con su trabajo responsable, ajeno a los intereses y a las crispaciones, propician que las niñas y los niños de hoy logren mañana que el género no propicie desigualdades de derecho o hecho, en ninguno de los dos sentidos.

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