EL GOBIERNO APRUEBA LA NUEVA ORDENACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS

27 Nov 2007

El BOE del 30 de octubre de 2007 ha publicado el Real Decreto 1393/2007 por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. Con esta norma el Gobierno ha concretado, por fin, como se organizarán las enseñanzas universitarias, tras un largo proceso de incertidumbre en el que se han ido planteando numerosas variaciones.

La nueva regulación modifica los títulos universitarios para configurar un sistema de tres niveles (Grado, Master y Doctor), desapareciendo progresivamente a partir del curso 2010-2011 las actuales titulaciones de Licenciado, Diplomado, Arquitecto, Ingeniero, Arquitecto Técnico e Ingeniero Técnico. No obstante, los títulos que se hayan obtenido bajo el anterior sistema mantendrán todos sus efectos académicos y profesionales.

Por tanto, el título de Licenciado en Psicología continuará teniendo validez para poder pertenecer a un Colegio de Psicólogos y, en este sentido, poder ejercer esta profesión en España. Las universidades tendrán que ir creando títulos de Grado en Psicología (de cuatro cursos académicos), en sustitución de las actuales licenciaturas, y podrán impartir títulos oficiales de Máster de Psicología con una duración de uno o dos cursos, además de impartir títulos de Doctor.

El pasado mes de junio se dio a conocer el borrador del Real Decreto, tal y como informó Infocop en una pasada noticia, y hay que destacar que se han producido algunos cambios importantes respecto al texto inicial.

El cambio más sustantivo hace referencia a la definición de los planes de estudio por parte de las universidades. En principio, éstas tienen total libertad para diseñar las titulaciones, cumpliendo una serie de requisitos formales, si bien en el proyecto se señalaba que en el caso de las titulaciones que dieran acceso al ejercicio de actividades profesionales reguladas, las propuestas debían ajustarse a lo que establecieran las Directivas Europeas, Leyes y Decretos sobre esa profesión. De esta manera desaparecían lo que hasta ahora se denominaban directrices generales propias de los títulos, las cuales consistían en un Real Decreto del Gobierno que establecía una serie de contenidos mínimos para todos los planes de estudio de una misma titulación. Pues bien, la propuesta original ha variado y se puede afirmar que, en el caso de las profesiones reguladas, continuarán existiendo las directrices generales propias. Esto tiene la ventaja de definir claramente una serie de mínimos que garantizan una homogeneidad y calidad básica para todos los titulados de todas las universidades de España.

La profesión de psicólogo en España es una profesión regulada, ya que existe numerosa normativa, como el Real Decreto 1665/1991 que la reconoce como tal. No obstante, esta última norma, relativa al reconocimiento de las cualificaciones profesionales de los trabajadores europeos en España, va a ser modificada próximamente, y el Gobierno excluyó la profesión de psicólogo de la lista de profesiones reguladas en su borrador inicial. Según ha informado recientemente el Ministerio de Educación a la Organización Colegial, el Gobierno ha rectificado y finalmente sí estará incluida en esa lista. En consecuencia, si se confirma este hecho, el título de Grado en Psicología tendrá definidos a nivel estatal una serie de elementos comunes y, hasta la aprobación de esta nueva regulación del Grado en Psicología, tal y como establece la regulación de las enseñanzas aprobadas, continuarán vigentes las actuales directrices generales propias del Licenciado en Psicología en cuanto a sus materias y contenidos.

Finalmente, conviene señalar que otro de los cambios importantes en esta ordenación de las enseñanzas, respecto al borrador, ha sido garantizar que las propuestas de los planes de estudio serán evaluadas por una comisión de expertos del ámbito académico y profesional del título correspondiente. De esta manera se garantiza que los planes de estudios de Psicología sean evaluados por psicólogos, hecho que no estaba asegurado con el planteamiento inicial de la norma.

La nueva regulación de las enseñanzas universitarias se puede conocer en detalle haciendo clic en el siguiente enlace.

REAL DECRETO 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales (BOE n. 260 de 30/10/2007)

PSICOLOGÍA EN RED


LOS COLEGIOS HABLAN

20 años del 11M

El día en que la Psicología se volcó en ayudar a la sociedad española COP Madrid Ayer,...

MÁS NOTICIAS