Aportaciones del COP a la Ley de Servicios Sociales

3 Jun 2022

Ramón Vilalta

Coordinador de la División de Intervención Social del COP

El Gobierno publicó a principios del año en curso el Plan Anual Normativo 2022 de la Administración General del Estado, en el que informaba de las normas estatales que se tienen previsto aprobar durante 2022. Entre ellas consta la tramitación de una Ley de Servicios Sociales. Esta Ley tendría por objeto regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo de ciudadanía a las prestaciones y servicios del sistema público de servicios sociales, con la colaboración y participación de todas las Administraciones públicas y la garantía de un contenido mínimo común de derechos en cualquier parte del territorio del Estado español y está siendo impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales.

Ante este anuncio, desde el Consejo General de la Psicología, se comenzó la redacción de un documento que recogiese las aportaciones de la psicología, para una Ley que afectaría a una de las grandes áreas tradicionales de trabajo profesional, con gran número de psicólogos/as ejercientes e indudables expectativas de desarrollo.

Autor: Alex Green Fuente: 
pexels Fecha descarga: 03/06/2022

Se solicitó entonces la colaboración de la Junta Directiva de la División de Psicología de la Intervención Social, que se reunió el 21 de enero para elaborar y remitir al Consejo las aportaciones del área. El trabajo desarrollado en los últimos años en la elaboración de documentos como el de “Reflexiones en torno a la Psicología de la Intervención Social y el Sistema de Servicios Sociales” o el más reciente titulado “Profesional de Referencia en la normativa sobre servicios sociales: El paradigma de una confusión interesada” sirvió también a tal fin.

Como resultado a tales trabajos, el 10 de febrero se remitieron al ministerio las aportaciones del Consejo General de la Psicología a la Consulta Pública Previa al “Proyecto de Ley de Servicios Sociales”.

En el documento enviado, se valora positivamente la posibilidad de establecer unos criterios mínimos comunes del sistema público de servicios sociales, y se aboga por un  abordaje profesional que proporcione una atención integral a los problemas y dificultades de inclusión social de las personas, pues sus causas se sitúan en los distintos niveles ecológicos: desde el nivel individual (evaluación primaria y secundaria de la situación, habilidades de afrontamiento, actitudes, componente psicológico, etc.) al comunitario (recursos sociales, económicos y de acceso), pasando por los microsistemas familiar,  escolar y/o ocupacional. La Ley debería prever una actuación -siempre transversal- desde los sistemas de protección social, que incida sobre planificaciones que consideren el bienestar psicológico en términos de necesidades psicológicas esenciales, propias tanto del trabajo comunitario como de los servicios sociales especializados dentro del ámbito de la intervención social. Considerando que la mayoría de las prestaciones del Sistema de servicios sociales son técnicas, una regulación adecuada de las profesiones de la Intervención Social contribuiría a garantizar el necesario trabajo interdisciplinar, en el que cada miembro del equipo de servicios sociales aporta los conocimientos propios de su especialidad, realizando acciones integradas y coordinadas en un plano de igualdad, sin que ninguna profesión se arrogue en exclusiva la posición de profesional de referencia, sino que este rol se atribuya según la necesidad de cada caso. Esto último corregiría los excesos en los que han caído algunas recientes regulaciones autonómicas al respecto. Además, sirve para denunciar el uso del término psicosocial para referirse a una evaluación o intervención profesional ambigua, que pueda ocultar la falta de una atención psicológica profesional efectiva en las tareas de inclusión social.

PSICOLOGÍA EN RED


LOS COLEGIOS HABLAN

MÁS NOTICIAS