11.- ¿Cómo se contempla la formación recibida en los
Doctorados? ¿Se plantea tenerla en cuenta en el momento de computar las horas
exigidas?
La formación de Doctorado también es formación de postgrado, y
por tanto también computa para esas 400 horas.
12.- ¿Qué solución se propone para las personas que no
tienen un itinerario específico en su licenciatura y no alcancen el número de
horas exigido en la formación de postgrado? ¿Se contempla que completen las
horas que les faltan o deberán cursar una formación completa que les lleve a
cubrir ese requisito?
Si no se tiene esa formación específica en la licenciatura o de
postgrado el psicólogo no está habilitado actualmente para ejercer actividades
sanitarias y registrar su consulta como centro sanitario. Si le faltan horas de
postgrado, puede completarlas con más horas de formación, y obtendrá esa
habilitación transitoria hasta octubre de 2014.
13.- ¿El Máster oficial en Psicología General Sanitaria va a
poder ser convalidado al acreditar otra formación recibida
anteriormente?
Según lo establecido en la normativa vigente y en la
disposición adicional séptima de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de
Salud Pública, se desprende que las universidades que impartan los estudios de
Máster en Psicología General Sanitaria podrán reconocer parte de los créditos de
dicho Máster en función de la evaluación del grado de equivalencia que pueda
acreditarse con otros estudios universitarios cursados. Estos son los
procedimientos ordinarios de reconocimiento de créditos (convalidaciones).
Siempre que se realizan unos estudios, si tienes una formación previa
equivalente, se puede solicitar su reconocimiento (convalidación) para que no se
te exija cursarla, pero está establecida una regulación bastante estricta al
respecto que puede limitar mucho el porcentaje de los créditos que se pueden
reconocer. La casuística puede ser bastante amplia y es difícil dar una
contestación precisa sin saber la regulación que se aplica en cada caso.
De todas formas, la Organización Colegial ha advertido
reiteradamente a los legisladores y al Gobierno que ésta va a ser una vía
insuficiente para regularizar la situación de los profesionales ejercientes, y
por esta razón se pidió y se está pidiendo que se creen unas vías especiales
adicionales. Como ya se ha citado, parece que la que se conseguirá es la ya
comentada prolongación en los registros sanitarios a los psicólogos ya
inscritos.
14.- Para la convalidación de créditos del Máster en
Psicología General Sanitaria y la validez de la formación de postgrado para
ejercer en el ámbito sanitario, ¿se acepta cualquier tipo de formación de
postgrado, es decir, ofertada por cualquier tipo de entidad, o hay alguna
restricción al respecto?
El reconocimiento ordinario de créditos de los títulos
universitarios exige que la formación a reconocer haya sido impartida por
Universidades. Y respecto a las 400 horas de formación de postgrado que se
establecen en la regulación transitoria, sólo se exige que estén vinculadas "con
el área docente de Personalidad, Evaluación y Tratamiento Psicológicos, o con la
Psicología Clínica y de la Salud", por tanto pueden estar impartidas por
cualquier tipo de entidad.
15.- ¿Es verdad que la solución del Psicólogo General
Sanitario beneficia económicamente a entidades como los Colegios profesionales o
las Universidades?
El Máster oficial en Psicología General Sanitaria constituye
una titulación oficial universitaria que computa en la docencia normal del
profesorado, no es un título propio. Por tanto, no supone ninguna remuneración
extra para el profesorado. Además, en las universidades las licenciaturas de 5
años desaparecen, transformándose en Grados de 4 años, más un Máster oficial,
que probablemente va a tener una duración de año y medio (90 créditos). Por
tanto, no supone en sí mismo ningún beneficio económico. Por otra parte la
fijación de las tasas universitarias depende de las Comunidades Autónomas, en el
marco de lo establecido por el Estado. Si son más altas o más bajas depende de
decisiones que nada tienen que ver con esta transformación de las titulaciones.
Depende de la decisión política de cada momento respecto de dónde se obtiene el
dinero para financiar la Universidad, y qué peso se le da a los fondos obtenidos
por los impuestos, o a los obtenidos cobrando directamente a los estudiantes.
Con independencia de ello, el hecho de que se trate de un Máster
profesionalizante garantiza que las tasas serán más bajas que la de los demás
Máster oficiales.
En cuanto a los Colegios profesionales, ellos no están
implicados en la impartición del Máster, así que es absurdo pensar que puedan
obtener un beneficio económico de él.
16.- ¿Cuál es el encaje de la solución española del
Psicólogo General Sanitario dentro del ámbito europeo?
La profesión sanitaria de psicólogo generalista es muy
homologable al itinerario formativo de los psicólogos en Europa. Esta formación
es coherente con el estándar de formación requerido para trabajar en el ámbito
europeo que tiene como referencia el Certificado Europeo de Psicología EuroPsy,
que implica una preparación universitaria de 5 años más 1 año de práctica
supervisada, y que dota de un nivel de preparación generalista, sin
especialización. Está por concretar por el Gobierno, pero parece probable que
con el Grado más el Máster facilitará al menos una formación universitaria de 5
años, y medio año de práctica supervisada, lo que se aproxima mucho al modelo
Europsy.
17.- ¿El certificado EuroPsy se exige para poder ejercer
como psicólogo en Europa?
El ejercicio de la Psicología en cada país está regulado por
cada Estado, no existiendo una norma europea que establezca unos requisitos
comunes. El EuroPsy ha sido acordado por las organizaciones europeas de
psicólogos, y establece los requisitos mínimos que se entienden necesarios para
una formación óptima para poder ejercer de manera independiente como psicólogo.
Ahora, simplemente es una acreditación que dan las organizaciones profesionales,
una "marca de calidad". Depende de cada país el que se exijan legalmente esos
requisitos, u otros, para ejercer, aunque se está trabajando con las autoridades
europeas para estos requisitos EuroPsy fueran de obligado cumplimiento.
18.- ¿Qué itinerario formativo debe seguir un estudiante de
psicología que en un futuro quiera ejercer en el ámbito de la sanidad pública?
¿Y en el ámbito sanitario privado? ¿Qué títulos ostentará en cada caso?
En primer lugar siempre hay que obtener el Grado/Licenciatura
en Psicología. Después se puede obtener el título de especialista en Psicología
Clínica, que habilita para ejercer en el ámbito sanitario sin restricciones
(público y privado). El problema es la dificultad de obtenerlo, ya que se
ofertan poco más de cien plazas PIR al año en España. En el Sistema Nacional de
Salud, y los centros concertados con él, es necesario este título de
especialista para ejercer cuando se prestan los servicios incluidos en la
cartera de servicios comunes (incluida en el vigente Real Decreto 1030/2006).
Por tanto lo habitual es que se exija ser especialista para ejercer en el ámbito
sanitario público.
La otra posibilidad es obtener el título de Máster en
Psicología General Sanitaria, que habilita para ejercer en el ámbito sanitario
privado, y en el público cuando no se prestan servicios incluidos en la cartera
de servicios comunes, en ambos casos siempre y cuando la atención que se presta
no desborde las capacidades del profesional y sea necesaria de la actuación de
un especialista.
19.- ¿Será necesario estar en posesión del Título de Máster
en Psicología General Sanitaria para poder acceder al Título de Especialista en
Psicología Clínica?
Actualmente para acceder a las convocatorias de formación
sanitaria especializada por el sistema de residencia (plazas PIR) sólo se exige
el título de graduado/licenciado en Psicología. Esta regulación podría cambiar
en el futuro y pasar a exigirse el título de Máster en Psicología General
Sanitaria.
20.- Entre las condiciones de acceso al Máster se establece
que “será un requisito necesario estar en posesión del título de
Licenciado/Graduado en Psicología unido, en su caso, a una formación
complementaria que garantice que el interesado ha obtenido, al menos, 90
créditos ECTS de carácter específicamente sanitario”. ¿A qué hace referencia
este último punto?
La mayoría de las licenciaturas en Psicología que se han
impartido en España y los Grados que están adscritos a Ciencias de la Salud
cumplen este requisito de haber facilitado una formación de más de 90 créditos
ECTS (un año y medio de formación) de carácter específicamente sanitario. Por
tanto podrán acceder al máster la mayoría de los titulados que lo quieran cursar
simplemente acreditando su título de licenciado o de graduado. No obstante, si
la Universidad, al revisar el perfil del candidato, observa que su formación en
este campo es insuficiente, por tratarse de licenciaturas antiguas, o Grados con
insuficiente contenidos sanitarios, se puede acreditar cualquier otra formación
complementaria de postgrado hasta cumplir esos 90 créditos. Si no se tuviera,
algo realmente excepcional, sería necesario que el solicitante adquiriera los
créditos que les faltasen para poder acceder al máster.
21.- ¿Qué contenidos se impartirán en el Máster en
Psicología General Sanitaria? ¿Serán contenidos generales de todas las áreas o
más bien específicos?
La Orden ECD/1070/2013, de 12 de junio, establece los
requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales de
Máster en Psicología General Sanitaria, indicando las condiciones mínimas que
tienen que cumplir los planes de estudio que van a impartir las universidades, y
están estructurados sus contenidos de la siguiente manera:
-
Módulo básico sobre los fundamentos científicos y
profesionales de la Psicología Sanitaria, de 6 créditos de duración.
-
Módulo específico en el que se imparten tres materias:
evaluación y diagnóstico en Psicología de la Salud; intervención en Psicología
de la Salud; y entrenamiento en habilidades básicas de Psicólogo General
Sanitario. Con una duración entre 30 y 42 créditos.
-
Materias optativas, de contenido sanitario, hasta un máximo
de 12 créditos.
-
Prácticas externas en centros autorizados y registrados como
Centros Sanitarios en los correspondientes registros autonómicos, con una
duración de 30 créditos.
-
Trabajo fin de máster, de una duración de 12
créditos.
Está establecido que el máster tiene una duración total de 90
créditos; capacita para la realización de investigaciones, evaluaciones e
intervenciones psicológicas sobre aquellos aspectos del comportamiento y la
actividad de las personas que influyen en la promoción y mejora de su estado
general de salud, siempre que dichas actividades no requieran una atención
especializada por parte de otros profesionales sanitarios; y se detallan 21
competencias específicas que se han de adquirir.
Este es el marco general, y cada Universidad planteará su
propuesta de plan de estudios de su propio máster, así que hay posibilidad de
que en cada centro le dote de algunos contenidos sanitarios específicos que le
den su propia personalidad, siempre que respete que se adquieren las
competencias establecidas como necesarias.
22.- ¿Cuándo comenzarán las universidades a impartir el
Máster oficial en Psicología General Sanitaria?
Las universidades ya pueden plantear en cualquier momento a la
ANECA sus propuestas de Máster ajustándose a los requisitos establecidos, y
cumpliendo los trámites correspondientes de aprobación en cada Universidad,
Comunidad Autónoma y, finalmente, en el Consejo de Universidades. Muchas
Universidades tienen adelantada esta tramitación, por tanto puede que bastantes
de ellas comiencen a impartir el Máster en Psicología General Sanitaria en el
curso 2013/2014. Habrá que informarse en cada una de ellas, cuando esté próximo
el inicio del curso, para averiguar si efectivamente lo imparten o no. Casi 30
universidades están trabajando para impartir estos estudios, y se podrían
sobrepasar las 1500 plazas ofertadas en total en
España. |