“La formación vial previa juega un papel decisivo en la prevención de accidentes”-Entrevista a Mario J. Sanz

18 Nov 2013

Ayer domingo, día 17 de noviembre, se celebró el Día Mundial en Recuerdo de las Víctimas de Accidentes de Tráfico (World Day of Remembrance for Road Traffic Victims).

Según datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), cada año se producen en todo el mundo 1,24 millones de muertes por accidentes de tráfico. Tal y como señala en su último Informe sobre la situación de la seguridad vial 2013, las lesiones causadas por el tránsito son la octava causa mundial de muerte, y la primera entre jóvenes de 15-29 años. Asimismo, advierte que, si no se toman medidas urgentes, los accidentes se convertirán en la quinta causa de muerte en el año 2030.

Este Día Mundial, instaurado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en octubre de 2005, se celebra anualmente el tercer domingo de Noviembre con el objetivo de ofrecer reconocimiento a las víctimas de accidentes y a la difícil situación de los familiares que se enfrentan a las consecuencias emocionales y prácticas de estos trágicos sucesos.

Con motivo de este día, Infocop Online ha tenido la oportunidad de entrevistar a Mario Jesús Sanz Fernández-Vega, Fiscal adscrito al Fiscal de Sala Coordinador de Seguridad Vial, para hablarnos en profundidad sobre este tema.

ENTREVISTA

En primer lugar, queremos agradecerle que nos haya concedido esta entrevista. Para introducir el tema, ¿podría decirnos con qué finalidad surge la Fiscalía de Seguridad Vial en España? ¿Cuáles son sus funciones?

El nacimiento de la figura del Fiscal de Sala Coordinador en materia de seguridad vial responde a la necesidad de armonizar los criterios de actuación del Ministerio Fiscal para dar una respuesta efectiva a los ilícitos penales contra la seguridad vial y garantizar así la unidad de criterios en esta materia, sin perder de vista la finalidad de dar una respuesta proporcionada, disuasoria y efectiva frente a esta delincuencia, que por las gravísimas consecuencias que ocasiona no puede quedar devaluada ante cierto sentimiento de impunidad.

Entre las múltiples funciones del Fiscal de Sala se encuentran las de coordinación de las Secciones especializadas de las Fiscalías Territoriales y de la red de Fiscales Delegados provinciales de Seguridad Vial, recabando los informes oportunos y dirigiendo por delegación del Fiscal General del Estado las respectivas Redes de Fiscales especialistas, como foro de intercambio de información y difusión de criterios de actuación en todo el territorio nacional; la investigación de asuntos de especial importancia que el Fiscal General del Estado pueda asignar, tramitando las correspondientes diligencias de investigación, participando directamente o a través de los Delegados en el procedimiento en sus distintas fases y ejercitando las acciones oportunas; la proposición al Fiscal General del Estado de las Circulares e Instrucciones que considere necesarias en las materias de su competencia y la del impulso y participación en la adopción de Protocolos y Convenios de coordinación y colaboración con los demás organismos implicados en la prevención, erradicación, y persecución de los delitos contra la seguridad vial.

Cada Comunidad Autónoma cuenta con un Fiscal General de Seguridad Vial, ¿podría explicarnos cómo funciona la coordinación entre las diferentes fiscalías y qué tipo de actuaciones conjuntas llevan a cabo?

En cada provincia existe un Fiscal Delegado especialista en seguridad vial, y en algunas Comunidades Autónomas un Fiscal Delegado autonómico. Corresponde al Fiscal de Sala la coordinación de toda la Red de Fiscales Delegados. Tal función de coordinación se desarrolla, ente otros instrumentos, a través de diligencias preprocesales de seguimiento que suponen un intercambio de información entre la Red de Fiscales Delegados y el Fiscal de Sala, y se produce, además de en casos de singular importancia, en aquéllos accidentes de tráfico de los que resultan fallecidos o lesionados de especial gravedad -en particular medulares o cerebrales-, siendo su finalidad la de desarrollar las funciones de coordinación y unificación de criterios jurídicos y garantizar el pleno y efectivo resarcimiento de los perjudicados por tales siniestros.

Como ya adelantábamos en la introducción, según los últimos datos de la OMS, cada año se producen en todo el mundo 1,24 millones de muertes por accidentes de tráfico. Como experto en el tema, ¿qué tipo de accidentes de tráfico se dan con más frecuencia? ¿Qué grupos corren más riesgo de sufrir un accidente de este tipo y cuál es el perfil del infractor de tráfico?

La tipología de accidentes de tráfico es muy heterogénea, quizá los factores que más influyen en la producción de accidentes son las distracciones –en cuyo ámbito podría incluirse la somnolencia- y la velocidad, pero también las condiciones psicofísicas de los conductores y en relación con ello y, en gran medida, el consumo de alcohol y drogas. Merece destacarse en este punto que según la última Memoria del Instituto Nacional de Toxicología, más del 47% de los conductores fallecidos en accidente de tráfico (cuyas muestras fueron analizadas en dicho organismo) dieron resultado positivo a alcohol y/o drogas y/o psicofármacos, porcentaje que se va viendo incrementado desde los últimos años.

Tampoco puede hablarse de un único perfil de delincuente vial, pues el perfil está en gran medida relacionado con el delito cometido. Así, detrás de los casos de reincidencia en el delito de conducción bajo la influencia del alcohol suele haber un perfil de delincuente con problemas de habituación y dependencia alcohólica; por el contrario, en los casos de delitos de conducción a velocidad punible excesiva puede hablarse de ciudadanos normalizados en otros ámbitos y de elevada clase social que conducen vehículos de gama alta; o en el caso del delito de conducción temeraria perfiles de inadaptación social. En definitiva, el abanico de perfiles es muy amplio.

¿Considera que las actuales campañas de comunicación social son eficaces para concienciar a la gente? ¿Qué papel juega la formación vial en cuanto a prevención de accidentes?

En este sentido puede decirse que en la actualidad hay, por lo general, una mayor conciencia vial en la ciudadanía, y los delitos de tráfico han dejado de ser considerados un tipo de delincuencia menor. A ello han contribuido sin duda las campañas de comunicación, pero también la actuación decidida de los poderes públicos, desde el punto de vista administrativo con la introducción del permiso por puntos, así como desde el ámbito penal mediante la Ley Orgánica 15/2007, que dio un mayor relieve a los delitos contra la seguridad vial, endureciendo las penas y tipificando nuevas conductas que hasta entonces no estaban previstas en el Código Penal.

No obstante, estamos convencidos de que, más allá de la aplicación de las normas penales, la formación vial previa juega un papel decisivo en la prevención de accidentes.

A este respecto, sabemos que desde esta Fiscalía se ha impulsado una enmienda a la recientemente aprobada LOMCE (Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa), para incluir la seguridad vial en todas las etapas de educación. ¿En qué consiste esta propuesta? ¿Cuáles son sus objetivos?

En esencia, consiste en contemplar la educación vial como objetivo y principio pedagógico en todas las etapas educativas y no sólo en la educación primaria, sino también desde la educación infantil y hasta la educación secundaria. La finalidad es dotar a los menores de unos conocimientos adecuados en materia vial y enseñarles a adoptar las medidas de prevención necesarias para evitar que nuestros niños mueran o resulten heridos en accidentes de tráfico.

Ya en las Memorias de la Fiscalía en materia de seguridad vial de los años 2010, 2011 y 2012, se destacaba la importancia de reforzar la educación vial en los ciclos de educación infantil, primaria y secundaria, cristalizando en la propuesta de reforma legislativa en la Memoria del año 2011 sobre la educación vial en los Colegios.

Estas ideas se fundan en un estudio de siniestralidad infantil efectuado por la Fiscalía de seguridad vial y basado en procedimientos penales con menores fallecidos o gravemente lesionados, que coincide con las cifras de siniestralidad de la DGT. Estas últimas señalan que en 2012 fallecieron 52 niños, 373 resultaron heridos graves y 4982 heridos leves, lo que supone un incremento de 10 fallecidos en la horquilla 0-14 años respecto del año anterior, destacando que 11 de los 36 ocupantes fallecidos en vías interurbanas no utilizaba Sistema de Retención Infantil. Del estudio de la Fiscalía se desprende asimismo que sólo el 37% de los fallecidos incluidos en la muestra utilizaba Sistemas de Retención Infantil o el sistema de protección correspondiente (incluyendo usos incorrectos, si no se incluyen el porcentaje se reduce al 24%). El estudio de la Fiscalía permite extraer la conclusión de que una parte significativa de los accidentes contemplados se podría haber evitado o reducido sus consecuencias, con nociones básicas de los menores sobre el uso de Sistemas de Retención Infantil o dispositivos de protección adecuados como puede ser el casco, o sobre el establecimiento de contacto visual con el conductor del vehículo al cruzar la calle, o sobre los graves riesgos que asumen los menores situados de espaldas a vehículos que efectúan maniobras de marcha atrás.

Actualmente, la Ley de Seguridad Vial, impone una serie de medidas reeducadoras –en forma de cursos de sensibilización y reeducación vial- para aquellos conductores que, debido a una infracción, pierden puntos o se les revoca el permiso de conducir. ¿Qué aspectos considera que deberían tenerse en cuenta en estos cursos para fomentar el cambio de actitud en los conductores reincidentes? ¿Cree que el temario formativo contempla de forma adecuada los aspectos psicológicos?

Del contenido de los cursos tal como está reglamentado en la Orden INT/2596/2005, de 28 de julio, se deduce un importante componente psicológico, y prueba de ello es que son impartidos no sólo por formadores, sino por psicólogos-formadores, que necesariamente han de ser licenciados en Psicología y haber realizado con aprovechamiento el curso de formación correspondiente. Necesariamente este factor o componente psicológico ha de influir en la finalidad del curso, la sensibilización y reeducación del infractor de tráfico.

Centrándonos ya en las víctimas de accidentes de tráfico, ¿podría decirnos cuáles son las demandas prioritarias de este colectivo? ¿A qué dificultades se enfrentan las personas que sufren estos siniestros?

Detrás de cada siniestro de tráfico, especialmente de aquellos en que resultan fallecidos o heridos con graves secuelas, se encuentran auténticas tragedias humanas y familiares. En muchas ocasiones la tragedia personal tiene también tintes económicos, pues los perjudicados se enfrentan a la pérdida del familiar querido y a la disminución de los ingresos que para la unidad familiar ello supone, con los consiguientes problemas psicológicos y de toda índole que conlleva enfrentarse a la pérdida del ser querido y a un sistema burocrático absolutamente desconocido para ellos (contratación de abogado, contactos con aseguradoras, acceso al procedimiento judicial con práctica de declaraciones o asistencias a juicios, etc.). El papel de los psicólogos en este sentido es esencial, y en este aspecto desempeñan importantes funciones las Asociaciones de Víctimas y las oficinas de atención a las víctimas de accidentes de tráfico.

Desde el punto de vista del sistema legal de resarcimiento, muchas veces las indemnizaciones llegan tarde por el tiempo de tramitación del procedimiento o no son suficientes al encontrarnos ante un sistema de Baremo tasado, aunque la interpretación jurisprudencial cada vez está dotando de mayor flexibilidad y justicia al sistema; por ello, entendemos que el Baremo indemnizatorio actual ha de ser mejorado o perfeccionado, de manera que contemple un efectivo y pleno resarcimiento de todos los perjuicios reales producidos, tanto económicos como morales, éstos de difícil cuantificación, y en ello está trabajando una Comisión ministerial en la que participa la Fiscalía de Seguridad Vial.

Bajo su punto de vista, ¿qué papel juegan los profesionales de la psicología en cuanto a prevención e intervención, tanto en accidentes de tráfico como en atención a víctimas y familiares? ¿Considera que la participación de los psicólogos en este campo es suficiente?

En el ámbito del procedimiento penal entendemos que es necesaria una mayor intervención sobre el reincidente, de suerte que, cuando en la base de esa reincidencia se encuentre un problema de adicción al alcohol u otras sustancias, se evite el recurso automático y habitual a la pena privativa de libertad, como ahora ocurre en la mayor parte de reincidentes, sin estudiar otras posibilidades de reeducación a través de tratamientos de deshabituación con intervención psicológica.

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