LIMITACIONES DE LA CATEGORIZACIÓN CRUZADA EN LA REDUCCIÓN DEL PREJUICIO: LA INFLUENCIA DE LAS EMOCIONES NEGATIVAS ANTE GRUPOS CRUZADOS ATÍPICOS

25 Jul 2006

Mª Carmen Ramírez de la Fe1, , Armando Rodríguez Pérez2 y Ángel Rodríguez González1

1 Universidad de Murcia, 2 Universidad de La Laguna

El enorme problema social que constituyen los prejuicios y los comportamientos discriminatorios que tienen base en la categorización en función del género, la raza, las nacionalidades o las religiones, ha estado presente desde sus orígenes en el punto de mira de la Psicología Social. Enormes esfuerzos investigadores se han centrado en este amplio y apasionante ámbito de estudio, tratando de averiguar tanto los procesos psicológicos subyacentes que constituyen su origen, como las vías a partir de las cuales poder intervenir para modificar y mejorar las relaciones entre grupos.

 

Dado el reconocimiento del papel que juegan los procesos de categorización social en el prejuicio, no es de extrañar que los psicólogos sociales, en busca de estrategias para intervenir en la mejora de las percepciones y los comportamientos intergrupales, hayan recurrido a modificar la estructura categorial de fondo de situaciones sociales conflictivas. Entre estas estrategias se encuentra la categorización cruzada.

El procedimiento consiste en cruzar dos criterios categoriales, de tal forma que un exogrupo inicial atendiendo a un criterio categorial, pase a ser endogrupo simultáneamente atendiendo al segundo criterio categorial cruzado.

Aunque la efectividad de la categorización cruzada en la reducción del prejuicio se ha estudiado en algunas investigaciones (Deschamps y Doise, 1978; Vanbeselaere, 1987) su efecto benéfico no ha quedado bien establecido (Crisp y Hewstone, 1999; Ramírez, Rodríguez y Rodríguez, 2005). Distintos mecanismos psicológicos pueden explicar las limitaciones de los resultados obtenidos con la categorización cruzada. Por una parte, el «emparejamiento de rasgos compartidos» (Houston, Sherman y Baker, 1989) puede provocar que se desestime la pertenencia endogrupal del grupo cruzado y prevalezca su rasgo no compartido, esto es, la pertenencia exogrupal (Ramírez et al., 2005). Con lo cual no se conseguiría el efecto pretendido por la categorización cruzada.

Por otra parte, el efecto «reset» (Martin, 1986) también puede dificultar el funcionamiento de la categorización cruzada, ya que cuando un procedimiento intenta hacer relevante un contenido cognitivo (en este caso una pertenencia grupal compartida) de forma consciente y ostensible, puede aparecer una reticencia a utilizar ese contenido cognitivo primado y recurrir entonces a otra información no primada pero disponible, la pertenencia grupal no compartida (Ramírez, Rodríguez y Rodríguez, 2004).

En el presente estudio nos hemos centrado en otro aspecto de la categorización cruzada que puede constituir un problema para su efectividad: la tipicidad resultante del cruce de categorías. Cuando dicho cruce resulta típico, es decir, ambas categorías están correlacionadas entre sí, hay datos que muestran que no se consigue reducir el sesgo intergrupal (Eurich-Fulcer y Schofield, 1995).

Pero, ¿qué ocurre cuando los cruces de categorías se perciben como atípicos? En este caso hemos encontrado que los estados afectivos tienen una influencia considerable. Según el Modelo de Infusión de Afecto desarrollado por Forgas, el procesamiento de la información de personas atípicas o raras es más profundo que el de personas típicas, lo cual permite una mayor influencia de los nodos sociados al afecto.

Puesto que los afectos más comunes que surgen hacia exogrupos desconocidos o extraños son negativos: ansiedad, desagrado, miedo, irritación (Stephan y Stephan, 1984, 1985; Dijker, 1987), nos podemos encontrar con que al activar un cruce atípico con el objeto de disminuir la discriminación, en realidad estemos favoreciendo la formación de impresiones negativas acordes con el afecto generado.

Efectivamente, partiendo de los estudios de Forgas (1992) hemos hallado que el estado de ánimo ejerce una mayor influencia en la elaboración de juicios sobre sujetos con cruces categoriales atípicos que sobre sujetos con cruces categoriales típicos.

Como conclusión, por tanto, cabe sugerir que existen indicios importantes de limitaciones sobre la puesta en práctica de la categorización cruzada como procedimiento para la reducción de la discriminación intergrupal. Limitaciones que, a nuestro juicio, deben ser tenidas en cuenta en la investigación futura y en la aplicación de la categorización cruzada en contextos reales.

 

La investigación original a la que hace referencia este artículo puede encontrarse en la revista Anales de Psicología: Ramírez de la Fe, M.C., Rodríguez Pérez, A. y Rodríguez González, A. (2006): Limitaciones de la categorización cruzada con cruces atípicos: La influencia del estado afectivo. Anales de Psicología, 22 (1), 72-75.

Referencias bibliográficas

Sobre los autores y autora:

Mª Carmen Ramírez de la Fe, profesora ayudante de Psicología Social de la Universidad de Murcia.

Armando Rodríguez Pérez, catedrático de Psicología Social de la Universidad de La Laguna.

Ángel Rodríguez González, catedrático de Psicología Social de la Universidad de Murcia.

Los autores de este artículo estudian los procesos que suceden en las relaciones intergrupales, tanto a nivel cognitivo y emocional como a nivel interaccional. En los últimos años han publicado una serie de estudios relacionados con la efectividad de la categorización cruzada como procedimiento en la reducción del prejuicio.

 

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