Deducciones y aspectos clave para la Psicología en la nueva Campaña de la Renta 2025
08 Abr 2026

El mes de abril es sinónimo del pistoletazo de salida para hacer la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ha abierto la Campaña de Renta 2025 hoy, 8 de abril de 2026, extendiéndose hasta el 30 de junio de este mismo año. En caso de domiciliación bancaria, el plazo general finaliza el 25 de junio de 2026.

Te recordamos que, dado que la psicología es una profesión que, por ley, con el objetivo de proteger a los usuarios y usuarias de cualquier servicio de psicología, exige del control deontológico de los y las profesionales, se trata de una actividad sujeta a colegiación obligatoria. Precisamente por este motivo, es posible deducir el importe de la cuota colegial en la declaración de la renta.

Fuente: freepik. Autoría: pressfoto. Descarga: 19/03/26.
Cómo deducir la cuota colegial.

Tanto si ejerces como profesional por cuenta ajena, como por cuenta propia, puedes deducir la cuota colegial que hayas abonado en el ejercicio anterior en la declaración de la renta. Es muy probable que tengas que anotar tú directamente esta deducción en el borrador de la declaración, ya que no suele venir recogida.

Recuerda que todas las personas dadas de alta como trabajadoras autónomas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en cualquier momento del ejercicio fiscal están obligadas a presentar la declaración de la renta, con independencia del nivel de ingresos obtenidos.

Como novedad práctica en la campaña, Renta WEB incorpora casillas específicas que facilitan la regularización de las cuotas del RETA en estimación directa, lo que puede resultar de especial interés para los y las profesionales de la psicología que ejercen por cuenta propia.

Otra de las novedades de esta campaña es la incorporación de una nueva deducción por obtención de rendimientos del trabajo, aplicable en determinados supuestos, especialmente en relación con perceptores del salario mínimo interprofesional.

Ejercicio de la psicología por cuenta ajena: máximo de 500 euros deducibles.

Si ejerces la psicología por cuenta ajena puedes deducirte hasta 500 euros anuales por cuotas satisfechas a tu colegio profesional, en la medida en la colegiación sea obligatoria para el ejercicio y se remitan a las funciones esenciales de la corporación, como es el caso de la psicología.

Cuando accedas al borrador tendrás que introducir la cuantía total en el apartado ‘Rendimientos del trabajo’ y dentro del subapartado ‘Total ingresos computables’ y, a su vez, ’Gastos Deducibles’. Al hacerlo, el dato de la cuota colegial se anotará en la casilla correspondiente y se hará la deducción (tienes disponible un tutorial de la AEAT para realizar este proceso).

El soporte normativo se encuentra en el artículo 19 de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Este artículo señala que el rendimiento neto del trabajo será el resultado de disminuir el rendimiento íntegro en el importe de los gastos deducibles. Entre ellos, el apartado 2.d) de dicho artículo recoge los siguientes:

«Artículo 19.2 d) Las cuotas satisfechas a sindicatos y colegios profesionales, cuando la colegiación tenga carácter obligatorio, en la parte que corresponda a los fines esenciales de estas instituciones, y con el límite que reglamentariamente se establezca.

La cuantía de este límite de 500 euros anuales viene recogida en el artículo 10 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Artículo 10. Gastos deducibles por cuotas satisfechas a sindicatos y colegios profesionales.

Para la determinación del rendimiento neto del trabajo, serán deducibles las cuotas satisfechas a sindicatos. También serán deducibles las cuotas satisfechas a Colegios profesionales, cuando la colegiación tenga carácter obligatorio para el desempeño del trabajo. »

Ejercicio de la psicología por cuenta propia: sin límite de cuantía.

Por su parte, si ejerces como profesional por cuenta propia, en el espacio del régimen de estimación directa de la declaración, es posible articular la deducción de la cuota colegial sin límite como un gasto relacionado con tu ejercicio. Puedes incluir la cuantía de la cuota en la casilla 0217 denominada ‘Otros conceptos fiscalmente deducibles (excepto provisiones)’ en la medida en que «exista una adecuada correlación con los ingresos de la actividad», como expone la AEAT.

Como se especifica para esta casilla, es posible incluir los siguientes gastos:

  • Adquisición de libros, suscripción a revistas profesionales y adquisición de instrumentos no amortizables, siempre que tengan relación directa con la actividad.
  • Gastos de asistencia a cursos, conferencias, congresos, etc., relacionados con la actividad.
  • Determinadas cuotas satisfechas por el empresario o profesional a corporaciones, cámaras y asociaciones empresariales legalmente constituidas.
  • Asimismo, otros gastos habituales en el ejercicio de la psicología —como formación, supervisión profesional, material clínico o suscripciones especializadas— pueden ser deducibles siempre que estén vinculados a la actividad económica.

Por otro lado, se recuerda que las normativas del IRPF de las haciendas forales vascas de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya no contemplan, con carácter general, como gasto deducible en los rendimientos del trabajo las cuotas satisfechas a colegios profesionales.

Deducciones autonómicas por gastos en salud mental y bienestar.

Más allá de las deducciones generales del IRPF, algunas comunidades autónomas contemplan deducciones específicas relacionadas con gastos en salud que pueden incluir la atención psicológica.

En el caso de la Comunitat Valenciana, la normativa autonómica incluye expresamente una deducción del 30% de los gastos relacionados con la atención a personas afectadas por patologías vinculadas a la salud mental, con un máximo de 150 euros. Asimismo, otras comunidades, como Canarias y Cantabria, prevén deducciones por determinados gastos de enfermedad o sanitarios, cuya aplicación concreta dependerá de los requisitos y del encaje de cada supuesto.

Estas medidas pueden permitir a los contribuyentes recuperar parte del gasto asociado a la atención psicológica, especialmente cuando estos servicios no están cubiertos por el sistema público.

No obstante, la aplicación de estas deducciones depende de la normativa autonómica y de requisitos específicos, por lo que se recomienda revisar la regulación vigente en cada comunidad.

En este contexto, conocer las posibles deducciones fiscales asociadas al ejercicio profesional y al acceso a la atención psicológica resulta clave tanto para los y las profesionales como para la ciudadanía.

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