El COP y la Fiscalía de Violencia sobre la Mujer abordan un protocolo común para mejorar la práctica de la prueba preconstituida y reforzar el buen trato y la protección a las víctimas
06 Nov 2026

Ayer jueves, 5 de noviembre, el Consejo General de la Psicología de España (COP) y la Fiscalía de Violencia sobre la Mujer mantuvieron un primer encuentro de trabajo para impulsar la elaboración de un protocolo común que garantice una adecuada práctica de la prueba preconstituida en los procedimientos judiciales relacionados con la violencia sobre la mujer, con especial atención a la protección y al buen trato de las víctimas menores de edad.

El encuentro, mantenido a petición de la Fiscal de Sala de la Unidad de Violencia sobre la Mujer, M.ª Eugenia Prendes Menéndez, contó con la participación del presidente del Consejo General de la Psicología, Francisco Santolaya Ochando, y de Timanfaya Hernández Martínez, vocal de la Junta de Gobierno del COP y decana del Colegio Oficial de la Psicología de Madrid. Por parte de la Fiscalía, también participaron las fiscales adscritas a la Unidad, Gemma Martín Peinador y M.ª Luisa Ordóñez de Barraicua Velasco.

Foto: momento de la reunión entre el COP y la Fiscalía de Violencia sobre la Mujer. De izqda. a dcha.: M.ª Eugenia Prendes Menéndez, Gemma Martín Peinador, Francisco Santolaya Ochando, Timanfaya Hernández Martínez, y M.ª Luisa Ordóñez de Barraicua Velasco.
La unificación de protocolos en la prueba preconstituida, una de las principales cuestiones abordadas.

Las partes acordaron iniciar una línea de trabajo conjunta orientada al diseño y desarrollo de un protocolo único que permita homogeneizar criterios y buenas prácticas en la realización de la prueba preconstituida en los procedimientos por violencia sobre la mujer, reforzando las garantías de protección, el bienestar psicológico y el buen trato de las víctimas, especialmente, cuando se trate de personas menores de edad.

En este contexto, se habló sobre la importancia de que los distintos operadores jurídicos implicados dispongan de pautas comunes de actuación que permitan garantizar una atención adecuada, respetuosa y adaptada a las necesidades de los niños, niñas y adolescentes, teniendo en cuenta las circunstancias particulares de las víctimas y su situación de especial vulnerabilidad.

En la misma línea, se puso especial atención en la necesidad de promover un modelo de buen trato en las actuaciones judiciales, que sitúe el interés superior de las personas menores de edad en el centro de los procedimientos, tenga en cuenta sus necesidades emocionales y psicológicas y contribuya a prevenir la revictimización, evitando que su participación en el proceso judicial suponga una nueva fuente de sufrimiento.

La prueba preconstituida como garantía de protección de las víctimas menores de edad y de preservación del testimonio.

La prueba preconstituida constituye una herramienta fundamental para la protección de las víctimas menores de edad durante los procedimientos judiciales. Este mecanismo permite recoger anticipadamente su declaración, en la fase de instrucción y con las debidas garantías procesales, mediante una grabación audiovisual que puede reproducirse posteriormente durante el juicio oral.

Su finalidad es doble: por una parte, reducir el riesgo de victimización secundaria, evitando que los niños y niñas tengan que declarar reiteradamente sobre los hechos traumáticos vividos; y, por otra, preservar la calidad del testimonio como elemento probatorio, evitando que pueda verse alterado o contaminado por el transcurso del tiempo o por la repetición de entrevistas.

Reforzar la protección de las víctimas adolescentes mayores de 14 años.

Otro de los asuntos destacados durante la reunión fue la necesidad de avanzar en la unificación de medidas de protección para las víctimas adolescentes mayores de 14 años, tanto en situaciones de violencia sexual como de violencia de género.

En este ámbito, se abordó la conveniencia de establecer criterios comunes de actuación que permitan una aplicación homogénea en todos los juzgados de España y den respuesta a las situaciones que no quedan cubiertas por la obligatoriedad general de la prueba preconstituida, prevista legalmente para menores de 14 años en determinados procedimientos.

Concretamente, se planteó la importancia de impulsar pautas compartidas entre los distintos operadores jurídicos, con el fin de asegurar que las víctimas adolescentes reciban un trato adecuado a su edad, grado de madurez y circunstancias personales, evitando exposiciones innecesarias a situaciones que puedan incrementar su malestar psicológico.

En esta línea, se puso de relieve la necesidad de extender las medidas de protección frente a la revictimización a todas las personas menores de edad, promoviendo que la recogida de testimonios y las actuaciones judiciales se desarrollen de manera respetuosa con sus necesidades y derechos.

Extender las buenas prácticas de la prueba preconstituida a las mujeres víctimas de violencia de género.

Asimismo, el futuro protocolo aspira a extender las buenas prácticas asociadas a la prueba preconstituida a las mujeres víctimas de violencia de género, promoviendo su uso en aquellos supuestos en los que resulte legalmente procedente y aconsejable atendiendo a las circunstancias del caso. De este modo, se pretende minimizar el impacto que la intervención en el proceso judicial puede producir en las víctimas, reduciendo el riesgo de victimización secundaria y reforzando su protección y atención integral.

El encuentro celebrado entre la Fiscalía y el Consejo General de la Psicología permitió abordar todas estas cuestiones desde una perspectiva centrada en el buen trato, la protección de las víctimas, la prevención de la revictimización y la importancia de incorporar el conocimiento psicológico especializado a las actuaciones judiciales relacionadas con la violencia sobre la mujer.

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