EL COPCV Y LA CONSELLERÍA DE SANIDAD VALENCIANA FIJAN LAS BASES PARA ACREDITAR Y AUTORIZAR LA PSICOLOGÍA COMO PROFESIÓN SANITARIA
30 Nov 2011

COP Comunidad Valenciana

El documento firmado certifica la función sanitaria de los Centros de Reconocimiento de Conductores y de los Gabinetes de Psicología.

Francisco Santolaya Ochando, Decano del COPCV e Ignacio Ferrer Cervera, Director General de Evaluación, Calidad y Atención al Paciente, en representación de la Consellería de Sanidad, han firmado el acuerdo en materia de evaluación de la formación de los colegiados y en su caso, acreditación para ejercer actividades sanitarias, a los efectos de solicitar la inscripción de su consulta de psicología en el registro autonómico de centros, servicios y establecimientos sanitarios de la Comunitat Valenciana.


Francisco Santolaya Ochando (Decano del COPCV) e Ignacio Ferrer Cervera (Director General de Evaluación, Calidad y Atención al Paciente)

Francisco Santolaya considera de extraordinaria importancia este acuerdo fruto del compromiso con los colegiados y trabajo de la Junta de Gobierno del COPCV durante los últimos años. «Este convenio es la muestra de la madurez de las relaciones entre la Consellería de Sanidad y las Corporaciones de Derecho Público como es el COPCV«. El documento, según Santolaya, «certifica la función sanitaria de los Centros de Reconocimiento de Conductores y de los Gabinetes de Psicología y capacita al Colegio de Psicólogos para evaluar y  acreditar la formación de los profesionales que quieran tramitar sus consultas en el Registro Autonómico de Centros y Servicios Sanitarios de la Comunitat Valenciana. Esta situación dará más garantías a los ciudadanos de la calidad y servicios que prestan los psicólogos en la mejora de la salud y bienestar de las personas».

Por su parte, Ignacio Ferrer, Director General de Evaluación, Calidad y Atención al Paciente, ha mostrado su satisfacción por la colaboración entre ambas instituciones, «ya que el Colegio pone a disposición de la Conselleria los medios técnicos que permiten acreditar la formación de los psicólogos que lo solicitan«. Se trata de «complementar nuestros esfuerzos con el único objetivo de reconocer a los psicólogos la cualificación para ejercer la práctica sanitaria, una reivindicación largamente demandada por la profesión«.

Ferrer también ha indicado que «los últimos beneficiarios de este acuerdo son los pacientes que requieren servicios de un psicólogo, ya que permitirá disponer de más instalaciones y psicólogos autorizados para prestar servicio a los ciudadanos. Este es un paso más –ha concluido el director- en el esfuerzo que el Consell hace continuamente por mejorar la asistencia que reciben los pacientes de la Comunitat«.

En virtud de este acuerdo, el Col·legi Oficial de Psicòlegs de la Comunitat Valenciana, realizará la siguiente actividad técnica: la valoración curricular de la formación y acreditar, en su caso, a los solicitantes que hayan adquirido una formación especifica en el área docente de Personalidad, Evaluación y Tratamiento Psicológicos, o con la Psicología Clínica y de la Salud, de acuerdo con lo previsto en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 5/2001, de 29 de marzo de Economía Social (BOE 76/2011, de 30 de marzo de 2011), para ejercer actividades sanitarias, cuya vigencia ha sido prorrogada por la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, por tres años desde la entrada en vigor de la citada ley, a los efectos de solicitar la inscripción de su consulta de Psicología en el Registro Autonómico de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios de la Comunidad Valenciana.

En los certificados de acreditación constará específicamente que se acredita para poder ejercer actividades sanitarias, y a los efectos de solicitar la inscripción de su consulta de Psicología en el Registro Autonómico de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios de la Comunidad Valenciana, conforme a los apartados 2 y 3 de la disposición adicional sexta de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social (BOE 76/2011, de 30 de marzo de 2011).

La encomienda que se acuerda no supone cesión de las competencias que corresponden a la Consellería de Sanidad en materia de Acreditación, Autorización y Registro de Recursos Sanitarios para adoptar las decisiones y los criterios de oportunidad que den soporte y contenido a la actividad técnica.

Para obtener más información se puede consultar el siguiente enlace:

http://www.cop-cv.org/index.php?seccion=noticias&id=629

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