EL PERMISO DE CONDUCIR POR PUNTOS. ¿REEDUCAR O REHABILITAR?

19 Jun 2006

Roberto Durán

Vocal Responsable del Área de Tráfico y Seguridad Vial del COP de Madrid

La Administración española tiene previsto que, a principios del mes de julio de este año, estén funcionando al menos el 30% de los centros autorizados para impartir los cursos de sensibilización y reeducación vial necesarios para la recuperación de crédito o nueva autorización del permiso y licencia de conducir.

El 1 de octubre deberán estar operativos el 50% de los centros y para el 1 de enero de 2007 deberán de estar abiertos todos los centros.

La ley 17/2005, por la que se regula el procedimiento, pretende combinar dos elementos esenciales: por un lado su carácter eminentemente reeducador, en donde elemento fundamental del sistema serán los cursos de sensibilización y reeducación vial, cauce para lograr la pretendida modificación de los comportamientos reiteradamente infractores y por otro lado, su efecto punitivo para aquellos comportamientos claramente contrarios a la seguridad vial.

Roberto Durán 

Según datos del Observatorio Nacional de Seguridad Vial, publicado en el cuarto trimestre de 2005, tres de cada cuatro españoles están de acuerdo con el permiso por puntos y dos de cada tres opinan que la medida ayudará a reducir los accidentes y a mejorara los hábitos conducción. Casi ocho de cada diez se muestran de acuerdo en que se pueda llegar a perder el permiso si se acumulan infracciones muy graves y que deba seguirse un curso de modificación de actitudes para recuperarlo.

Una medida de este tipo debe contar con un amplio consenso social que garantice, al menos en sus inicios, la acogida necesaria para su implantación. Es este sentido los medios de comunicación vienen en los últimos años denunciando, de una manera continua, la dramática cifra de accidentes de tráfico y muertes a consecuencia de los mimos. El factor humano como causa directa de los accidentes de tráfico explica un alto porcentaje de los mismo. El actual sistema de sanciones para corregir comportamientos no seguros en el tráfico es insuficiente sobre todo por ser arbitrario y dejar impune muchas conductas inapropiadas. Es evidente que había que hacer algo más y la introducción del permiso por puntos llega un buen momento y puede que ayude a disminuir de manera considerable los accidentes.

El camino que se ha recorrido no ha sido fácil y ha estado lleno de dudas por otra parte razonables.

Con motivo de un reciente encuentro internacional sobre el permiso por puntos pudimos recordar como ya en el año 1963 el Dr. Jiménez Díaz recomendaba el permiso por puntos «el permiso de conducir debería de ser como un libro donde se anotaran todas sus faltas. Al llegar a cierto número de infracciones debería retirársele, pues ha demostrado no ser merecedor de poseerlo». Sin duda una aportación que se adelantaba a los tiempos si bien 9 años después, Alemania opta por incorporar el permiso por puntos a su sistema, siendo uno de los países, pioneros al memos del entorno europeo.

Así mismo, el Reino Unido la incorporó en 1982. Estos dos países tienen la peculiaridad de que el sistema es sumatorio hasta 20 y 18 puntos respectivamente. Nuestro sistema será de pérdida de puntos, sobre un total de 12. De similares características, en cuanto número puntos y pérdida de ellos, tienen otros países como Francia que lo tiene en vigor desde 1992 o ya más recientes Luxemburgo en el 2002 o Italia desde el 2003.

Antecedentes

En nuestro país existen antecedentes normativos desde 1999 y el Colegio de Psicólogos ha seguido con interés a través de la Coordinadora estatal de Psicología del Tráfico y de la Seguridad.

En las reuniones periódicas de esta coordinadora se ha tratado el permiso de conducir por puntos y las implicaciones que tal medida pudiera tener para nuestra profesión y la respuesta que los psicólogos pudiéramos dar a la expectativa de cambios de comportamientos poco seguros en determinados conductores.

 

A lo largo de 1999 la coordinadora hizo suyo un documento inicial respecto al proyecto de Rehabilitación de Conductores que la comisión de Psicología del Tráfico y de la Seguridad del Col-legi Oficial de Psicòlegs Comunicat Valenciana había elaborado y presentado ante la coordinadora estatal. Este documento se ha ido modificando para adaptarlo a las normativas generales o especificas relacionadas con el permiso por puntos. Se presentó con ocasión del Anteproyecto de Ley de Permiso y Licencias por puntos, en noviembre de 2004 ante la Comisión de Seguridad Vial del Congreso de los Diputados así como al Ministerio del Interior a través de la Dirección General de Tráfico. (D.G.T.).

En todas las ocasiones que el COP ha tenido de manifestarse, bien ante foros profesionales o bien ante los medios de comunicación, sobre la medida del permiso por puntos, hemos defendido una intervención psicológica basada en la rehabilitación y no tanto en la reeducación.

La Orden INT/2596/2005, de 28 de julio, por la que se regulan los cursos de sensibilización y reeducación vial para los titulares de un permiso o licencia de conducción, tiene un marcado carácter reeducador y se apoya en intervenciones grupales más que en las individuales. Así pues, el artículo undécimo de la orden hace referencia a los formadores y Psicólogos – Formadores, establece que los cursos serán impartidos por estas figuras y que, para poder obtener el título de psicólogo-formador, será necesario haber obtenido el título de Licenciado en Psicología y haber realizado con aprovechamiento el curso de formación que se disponga a tal fin, cuyo contenido proporcionará los mínimos conocimientos teóricos y metodológicos necesarios para intervenir en los cursos de sensibilización y reeducación vial. Señala también que los formadores han de haber obtenido el certificado de Profesor de Formación Vial y tres años de experiencia en formación de conductores.

Los Psicólogos, por el mero hecho de serlo, ya tenemos tal condición de formadores. La intención del legislador es clara, no quieren que rehabilitemos sino que formemos. Si no, ¿por qué a los profesores de formación vial se les pide tres años de experiencia profesional y ninguna experiencia a los psicólogos? Desde luego, el término de formador acompañado al de psicólogo no puede ser más desafortunado.

Tipos de cursos

La ley 17/2005 citada anteriormente distingue dos clases de cursos, aquellos que podrán realizar los titulares de permisos y licencias de conducción para la recuperación de parte de los puntos perdidos, y los que deben realizar quienes hayan perdido la totalidad de los puntos asignados y pretendan obtener de nuevo la autorización para conducir.

 

Los cursos de recuperación parcial de puntos tendrán una duración de 12 horas. Este tiempo se distribuirá de la siguiente forma:

a) Parte común, similar para todos los conductores que realicen el curso. Esta parte se impartirá del siguiente modo: siete horas destinadas a la formación general sobre materia relacionadas con la cultura de la seguridad vial y una hora destinada a la reflexión y debate en grupo.

b) Parte específica, individualizada para cada conductor en función de sus particularidades incidirá sobre las áreas temáticas en las que el conductor presente mayores carencias o que le sean especialmente relevantes.

La normativa no establece que al sujeto se le realice una exploración previa para determinar la «tipología» del infractor, aspecto éste necesario para asumir una intervención individualizada más coherente y eficaz, y que debería ser abordada por los profesionales de la Psicología que intervengan.

El tiempo destinado a esta parte específica será de 4 horas.

El máximo de puntos recuperables en este tipo de curso es de 4 y lo podrá realizar una sola vez cada dos años, o con frecuencia anual cuando se trate de conductores profesionales.

Para recuperar el permiso o licencia de conducción, estos cursos tendrán una duración de 24 horas, distribuidas de la siguiente manera:

a) Parte común, similar para todos los conductores que realicen el curso y que se impartirá del siguiente modo:

– Catorce horas destinadas a la formación general sobre materias relacionadas con la cultura de la seguridad vial.

– Dos horas de dinámica de grupos destinadas a la reflexión sobre los objetivos del curso.

b) Parte específica, individualizada para cada conductor, que incidirá sobre las áreas concretas en las que el conductor presente mayores carencias.

El tiempo dedicado a esta parte será de 8 horas.

Igual consideración nos merece este apartado que la expresada anteriormente en relación a la parte específica del curso de recuperación de puntos. La normativa establece que esta formación individualizada «podrá» tener en cuenta el perfil infractor de cada conductor y sus conocimientos sobre seguridad vial, así como el tipo de vehículo que utiliza o su condición de conductor profesional.

 

El «podrá» debería de cambiarse por un «deberá». No se trata de que se pueda adaptar la parte específica a cada persona, el psicólogo que puede intervenir en la parte específica, debe de adaptarla a la realidad de cada individuo, sino ¿qué sentido tiene la especificidad?

Participación de las asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico.

El artículo séptimo de la Orden INT/2596/2005, «Participación de asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico», indica que los cursos de sensibilización y reeducación vial podrán contar con la intervención de asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico. El tiempo de estas intervenciones se limitará a un máximo de 1 hora de la parte común, preferiblemente del periodo de reflexión y debate, cuando se trate de cursos de recuperación parcial, o de dinámica de grupos, cuando se trate de los de recuperación del permiso o la licencia de conducción.

Esta circunstancia que recoge la normativa, es a mi juicio la más ambigua. Es evidente que sus intervenciones se harán en detrimento de la intervención psicológica, ya que el espacio que se les asigna entra en competencia con el de los psicólogos, El COP deberá estar vigilante a estas circunstancias y hacer un seguimiento de la participación de esas asociaciones, que, por otro lado, pueden aportar una experiencia muy interesante y novedosa en comparación con otros países comunitarios.

Contenido de los cursos

Los cursos de sensibilización y reeducación vial versarán sobre las siguientes áreas temáticas:

1. Los accidentes de tráfico: la magnitud del problema. Los accidentes e incidentes. Las causas de los accidentes. El vehículo como causa de accidentes. Los factores causales ambientales: La vía y su entorno. Conducción profesional y accidentalidad.

2. Dinámica de un impacto y consecuencias para las víctimas. Lesiones en función de la zona afectada por el accidente. Lesiones en función del tipo de accidentes. Lesiones según el tipo de vehículo implicado. Lesiones en los peatones atropellados.

3. La conducción: una tarea de toma de decisiones. La conducción como toma de decisiones. Principios explicativos del comportamiento del conductor. Factores predisposicionales y capacidad de conducción. El proceso de toma de decisiones. Los dominios motivacional y emocional del conductor. El dominio cognitivo: proceso de asimilación y decisión.

4. Aptitudes y capacidades básicas para una conducción segura. El campo estimular en la situación de conducción. Los procesos perceotivos en la conducción. Los procesos atencionales en la conducción. Las distracciones y su impacto en la seguridad vial. Las aptitudes motoras en la conducción.

5. Los grupos de riesgo. Los jóvenes, las personas mayores como conductores, los peatones y los ciclistas.

6. La velocidad como factor de riesgo.

7. El alcohol como factor de riesgo.

8. Las drogas de abuso como factor de riesgo.

9. Las enfermedades y los fármacos como factores de riesgo.

10. La somnolencia como factor de riesgo.

11. La fatiga como factor de riesgo.

12. El estrés como factor de riesgo.

13. Seguridad activa y pasiva. Elementos o sistemas de seguridad activa. Elementos o sistemas de seguridad pasiva. La seguridad preventiva.

14. La conducción preventiva. Los principios de la seguridad preventiva. Técnicas de visión. Técnicas de anticipación. Técnicas de gestión del espacio. Conducción en situaciones climatológicas adversas. Actuación en caso de accidentes de tráfico. La actuación en caso de accidente como intervención preventiva. La cadena asistencial del accidente de tráfico. Comportamiento general ante el accidente: regla P.A.S.

15. La importancia del cumplimiento de las normas. Principios que rigen la circulación vial. La ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Reglamento general de circulación. Reglamento general de conductores. Reglamento general de vehículos. Responsabilidad civil y penal derivada de los hechos de circulación. Programa de intervención reeducación vial INCOVIA.

Repasando detenidamente el contenido de los cursos, observamos sorprendidos como más de la mitad tienen una importante carga de contenidos psicológicos que, recordemos serán impartidos por profesores de autoescuelas. Si bien no se ha optado a darle un carácter rehabilitador al sistema y quieren contar con la intervención de los profesionales de la Psicología, al menos revindiquemos la parte especifica de los cursos que haría mas coherente el contenido y tendríamos una participación más digna.

Concesión y gestión de los centros

La realización de los cursos se llevará a cabo en centros cuya gestión se realizará mediante concesión por el Ministerio del Interior. La Confederación Nacional de Autoescuelas (CNAE) es la empresa que ha ganado el concurso (excepto en el País Vasco y Cataluña) y gestionará, durante cinco años, los cursos de sensibilización y reeducación. A tal efecto, la CNAE acordó con la Asociación Española de Centros Médicos y Psicotécnicos (ASECEMP) que los psicólogos adscritos a su asociación tuvieran prioridad para realizar tales cursos, y sólo en el caso de no cubrir las plazas con psicólogos de la asociación, permitir la incorporación de psicólogos de otras procedencias.

Para concluir, dos apreciaciones. Primera: la Administración ha tenido conocimiento de nuestra propuesta de intervención psicológica de carácter rehabilitador, pero ha optado por la formación.

Y segunda: las expectativas que en la Coordinadora Estatal de Psicología del Tráfico y de la Seguridad teníamos depositadas en el permiso por puntos no se han cubierto. La intervención psicológica es, como hemos visto, más bien testimonial y en unas condiciones, de entrada, no muy favorables, lo que nos obligará a vigilar y seguir con la máxima dedicación y detalle este proceso.  

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