El pasado mes de marzo, la Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad aprobó con modificaciones dos Proposiciones No de Ley tramitadas conjuntamente, relativas a la valoración de discapacidad para las personas con enfermedades neurodegenerativas. La primera PNL, presentada por el Grupo Parlamentario Mixto en septiembre de 2016, ponía de relieve el gran reto al que se enfrenta la sociedad a la hora de abordar las enfermedades neurodegenerativas y sus consecuencias. Para ello, recogía algunos de los resultados del Informe presentado en el Ministerio de Sanidad por la Alianza Española de Enfermedades Neurodegenerativas (Neuroalianza) junto con la Universidad Complutense de Madrid (UCM), según los cuales, la prevalencia de afectados en España sería de 988.000 personas, con un coste total medio de 23.345 euros por afectado y año, identificando paralelamente un escenario complejo, caracterizado por la combinación de factores sociológicos y técnicos (incremento de la esperanza de vida, envejecimiento poblacional, previsible cronificación de las enfermedades, etc.), así como socio-económicos (incremento de los costes sanitarios, de la precariedad laboral, etc.). |
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Sin embargo, a pesar de estos datos, las personas con discapacidad por enfermedades neurodegenerativas no responden al patrón de otras discapacidades, de modo que, en muchas ocasiones, se dan claras situaciones de desprotección social, estando desamparadas por el sistema si no han alcanzado un grado de deterioro físico importante, y viéndose privadas, consecuentemente, del acceso a servicios básicos y recursos imprescindibles para prevenir o paliar los efectos de este tipo de enfermedades. Ante este panorama, el Grupo Mixto proponía aprobar con la máxima celeridad la Estrategia Nacional de Enfermedades Neurodegenerativas. Por otro lado, la segunda Proposición No de Ley, también presentada por este mismo Grupo Parlamentario, solicitaba el reconocimiento de un porcentaje mínimo de discapacidad del 33%, una vez recibido el diagnóstico para este tipo de enfermedades. A este respecto, recordaba el gran deterioro y padecimiento físico y psíquico que generan enfermedades como la Esclerosis Múltiple, el Parkinson o la Esclerosis Lateral Amniotrófica, entre otras, tanto en las personas que las padecen como en sus familiares; un sufrimiento que se agrava ante la incertidumbre provocada por su impredecible evolución. Asimismo, alertaba del modo en que el baremo establecido en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía, afecta negativamente a los derechos y a la igualdad de oportunidades que tienen reconocidas todas las personas con enfermedades neurodegenerativas, al no adoptar las medidas necesarias para puedan disfrutar de sus derechos en condiciones de igualdad. Igual sucede en el ámbito de las prestaciones de la Seguridad Social. Por este motivo, el Grupo Mixto consideraba fundamental el reconocimiento de las particularidades que conllevan las enfermedades neurodegenerativas, en las que cada paciente es un caso diferente, con una evolución distinta e impredecible, y, sin embargo una consecuencia común: que tarde o temprano derivan en una situación de discapacidad y probablemente, de dependencia. En línea con las peticiones de las asociaciones de enfermos de Esclerosis Múltiple, Parkinson, ELA y otras enfermedades neurodegenerativas, esta Proposición No de Ley solicitaba adoptar las medidas oportunas para la creación de un nuevo tipo de discapacidad, basado en la tipología propia de estas enfermedades. Tras el debate, ambas proposiciones se votaron de modo conjunto con modificaciones, quedando finalmente aprobadas por unanimidad en los siguientes términos:
Para acceder a las dos propuestas, pincha los siguientes enlaces: |
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