Sólo el 37,4% de los expedientes de solicitud del Título de Especialista en Clínica presentados ha sido resuelto definitivamente
Infocop ha tenido acceso a los datos correspondientes a finales de noviembre referentes al estado de la tramitación de los expedientes de solicitud del Título de Especialista en Psicología Clínica. Los datos generales pueden consultarse en la tabla que se incluye a continuación. Estos datos reflejan el estado de los expedientes revisados al amparo de la orden PRE 1107/2002, en desarrollo del Real Decreto 2490/1998, dado que de los 3.989 expedientes presentados al amparo Real Decreto 654/2005 todavía no se ha resuelto ninguno.
Estado de Tramitación por la Comisión Nacional de la Especialidad en Psicología Clínica al amparo de la orden PRE 1107/2002, en desarrollo del Real Decreto 2490/1998 | Expedientes que no serán estudiados a no ser que aporten documentos esenciales requeridos | Expedientes que serán revisados por la Comisión a la vista de las alegaciones o documentación complementaria presentada | Expedientes sobre los que se ha emitido informe definitivo (incluye aquéllos a los que se solicita examen o formación complementaria) | Total |
Vía 1 (Pires autonómicos) | 16 | 13 | 164 | 193 |
Vía 2 (Psicólogos en el Sistema Nacional de Salud) | 101 | 903 | 2.648 | 3.652 |
Vía 3 (Ejercicio profesional colegiado) | 525 | 3.298 | 2.663 | 6.486 |
Vía 4 (Profesorado universitario) | 65 | 47 | 152 | 264 |
Total | 707 | 4.261 | 5.627 | 10.595 |
El número de expedientes vistos hasta el momento es 10.595, de un total de 14.584 solicitudes, lo que representa el 72,6%. Sin embargo, aunque el dato parece alentador, en el momento en que se presentaban estas cifras, 4.251 expedientes, de esos 10.595, se encontraban pendientes de ser revisados por la Comisión Nacional a la vista de alegaciones o documentación complementaria presentada, lo que resulta en que el número total de expedientes sobre los que se ha emitido un informe definitivo es 5.627, es decir, únicamente el 53,1 % del total de expedientes revisados y el 38,6% del conjunto total de expedientes presentados, tanto al amparo de la orden PRE 1107/2002, en desarrollo del Real Decreto 2490/1998, como las presentadas al amparo del Real Decreto 654/2005. A esto se suma que, de los expedientes sobre los que se ha emitido un informe definitivo, 171 deberán someterse a examen o formación complementaria, lo que implica que, en realidad, sólo un 37,4% del total de expedientes revisados ha sido resuelto definitivamente.
A continuación se incluye una tabla con los porcentajes por tipos de resolución (positivo, negativo, a examen, o a formación complementaria) y vías transitorias por la que solicita el título:
Transitoria por la que solicita el título | Porcentajes de los distintos tipos de resolución sobre el total de expedientes ya resueltos en cada vía | |||
Positivos | Negativos | A examen | Formación complementaria | |
Vía 1 (Pires autonómicos) | 99,4% | 0,6% | 0% | 0% |
Vía 2 (Psicólogos en el Sistema Nacional de Salud) | 95,3% | 2,8% | 0% | 1,9% |
Vía 3 (Ejercicio profesional colegiado) | 92,5% | 2,9% | 4,6% | 0% |
Vía 4 (Profesorado universitario) | 100% | 0% | 0% | 0% |
Los apartados negativos y a examen, afectan fundamentalmente, aunque no únicamente, a los solicitantes por la vía de la transitoria tercera (ejercicio profesional colegiado).
