El acoso sexual y el acoso por razón de sexo puede darse entre personas de igual o distinto nivel jerárquico, tengan o no una relación de dependencia dentro de la estructura orgánica de la empresa y puede producirse en el lugar de trabajo, en los alojamientos proporcionados por la empresa, en los desplazamientos, viajes, comunicaciones, eventos, actividades sociales o formativas relacionadas con el trabajo. Así lo indica una nueva guía publicada por el Instituto de las Mujeres del Ministerio de Igualdad, a través del cual se ofrecen una serie de indicaciones y pautas de actuación en caso de sufrir acoso sexual y por razón de sexo en el ámbito laboral, poniendo de relieve la obligación de las empresas para promover condiciones de trabajo que eviten este tipo de situaciones, arbitrando para ello procedimientos específicos para su prevención, así como para dar cauce a las denuncias o reclamaciones. Se puede acceder al documento desde la página Web del Instituto de las Mujeres o bien directamente aquí: Guía de actuación frente al acoso sexual y acoso por razón de sexo en el trabajo |
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