La necesidad de contar con protocolos eficaces de protección y de prevención de riesgos para los profesionales sanitarios de los centros penitenciarios
29 Sep 2025

En los últimos meses, se han sucedido varias denuncias públicas por agresiones de índole sexual contra psicólogas que desarrollan su labor profesional en el Centro Penitenciario Sevilla II (Morón de la Frontera), una grave situación que pone sobre la mesa, una vez más, el debate sobre la desprotección del personal sanitario en prisiones, así como la necesidad de medidas eficaces de prevención y contingencia.

Dada la gravedad de estos sucesos, en Andalucía, profesionales de la Psicología penitenciaria han denunciado la falta de medios y seguridad tras estos episodios, señalando, además déficits de dotación en el equipo técnico y la existencia de solicitudes previas de traslado del interno por peligrosidad.

En la misma línea, el Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Occidental ha emitido un posicionamiento público en el que condena de forma contundente la agresión y reclama medidas y protocolos eficaces de protección y seguridad para el personal sanitario penitenciario. El comunicado expresa solidaridad con las profesionales afectadas y con el conjunto del personal del centro. De acuerdo con este Colegio profesional, el objetivo inmediato es cerrar la brecha entre la normativa preventiva y su aplicación real en los entornos de intervención clínica intramuros.

centros penitenciarios
Foto: freepik. Diseño: freepik. Foto: 25/09/25

La función del/de la psicólogo/a penitenciario/a—que incluye evaluación, diagnóstico, intervención clínica y programas de rehabilitación—expone a estos y estas profesionales a entrevistas individuales y contextos de alta complejidad, en ocasiones sin apoyo inmediato, lo que eleva la percepción de riesgo. De forma específica, se observa que el riesgo diferenciado por género es un elemento señalado en la cobertura reciente: los casos comunicados implican agresiones a mujeres psicólogas, lo que induce a realizar una lectura específica en materia de prevención de agresiones sexuales y medidas con perspectiva de género en los dispositivos de seguridad y en la organización del trabajo clínico.

En este sentido, aunque no se cuenta con datos específicos desagregados por sexo sobre agresiones a psicólogos/as en estos contextos, hay estudios que reportan dinámicas de género en la interacción clínica: algunas profesionales de la Psicología han llegado a describir estereotipos sexualizados (p. ej., ser vistas como «jóvenes/inexpertas») y admiten sentirse más vulnerables en entrevistas cuando faltan medios y personal de apoyo, en un clima de hostilidad/suspicacia hacia la figura profesional (Shingler, Sonnenberg, & Needs, 2019). Estos hallazgos, aun procedentes de estudios cualitativos realizados en otros países, sugieren, como señalábamos en el párrafo anterior, la posibilidad, nada desdeñable, de incorporar una perspectiva de género a las medidas preventivas y de seguridad en contextos penitenciarios.

Marco legal y protocolo específico

España cuenta con un marco general de prevención que ampara a todo el personal trabajador, incluida la sanidad penitenciaria. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (PRL), establece la obligación de proteger la salud de las personas trabajadoras mediante la prevención de los riesgos derivados del trabajo, base sobre la que se deben articular la evaluación de riesgos, la planificación preventiva y la dotación de medidas técnicas, organizativas y formativas. En el ámbito específico de Instituciones Penitenciarias, existe un Protocolo Específico de Actuación frente a las Agresiones (PEAFA)—aprobado mediante Instrucción 6/2017—que desarrolla el circuito de prevención, actuación y seguimiento ante agresiones dentro de centros penitenciarios y centros de inserción social.

Sin embargo, los hechos recientes parecen contrastar «lo previsto en papel» con el modo en que se activan y con qué recursos cuentan los equipos sanitarios y de Psicología en la práctica: concretamente, en Sevilla II, si bien tras la agresión se informó de la activación del protocolo, los/las profesionales que trabajan en este centro han denunciado insuficiente dotación y medios, lo que incrementa su vulnerabilidad.

Entre los riesgos mencionados tanto por el personal como por los sindicatos y organizaciones en nuestro país, destacan los siguientes: psicólogos/as que atienden en despachos solos/as, sin salas seguras, sin videovigilancia, sin alarmas ni botón de pánico, y, a menudo, con internos de riesgo; escasez de personal; deficiente aplicación práctica de los protocolos de prevención de agresiones o falta de apoyo psicológico tras los incidentes, entre otros.

Riesgos psicológicos y sociales y desgaste profesional de los equipos de Psicología penitenciaria

En la misma línea la evidencia académica subraya que el personal de Psicología en prisiones está expuesto a un amplio abanico de riesgos psicológicos y sociales que afectan de manera directa a su salud mental y a la calidad de su intervención clínica.

Estudios internacionales describen que la sobrecarga de casos y la escasez de recursos humanos obligan a los/as psicólogos/as penitenciarios/as a realizar evaluaciones e intervenciones bajo presión, con la consiguiente sensación de vulnerabilidad e inseguridad. A esto se suma el aislamiento profesional y, en algunos casos, las relaciones tensas con internos e incluso con otros miembros del personal laboral (Shingler, Sonnenberg, & Needs, 2019).

De acuerdo con Willoughby (2024), la labor cotidiana de los y las profesionales de la Psicología en estos contextos implica enfrentarse a relatos de violencia, autolesiones y traumas, lo que genera fatiga por compasión y eleva el riesgo de burnout. Además, la presión institucional para equilibrar la seguridad con la rehabilitación añade dilemas éticos que, en muchos casos, derivan en un profundo desgaste emocional.

Por su parte, Volker y Galbraith (2018) coinciden en señalar que los y las profesionales de la psicología penitenciaria trabajan inmersos en una constante tensión entre el marco terapéutico y el marco de custodia penal, lo que puede comprometer la autonomía clínica y alimentar un sentimiento de frustración profesional. Este conflicto de roles aumenta la probabilidad de estrés laboral crónico y la necesidad de supervisión clínica regular y apoyo entre pares para preservar la salud psicológica de los profesionales.

En definitiva, la evidencia indica que los y las psicólogas que trabajan en prisiones no solo corren el riesgo de ser víctimas de agresiones directas, sino que también soportan una carga psicológica que incluye estrés prolongado, fatiga por compasión, burnout y herida moral, factores que ponen de relieve la urgencia de reforzar, no solo las medidas de seguridad física, sino también los protocolos de prevención y apoyo psicológico y social en el contexto penitenciario.

¿Qué piden los y las profesionales?

En el plano sindical, CCOO reclama aplicar estrictamente la PRL, reforzar plantillas para evitar la soledad del/de la profesional a la hora de desarrollar su labor y establecer apoyo psicológico a las víctimas, en respuesta a unas agresiones que, de acuerdo con la organización, «se mantienen en máximos en el sistema penitenciario». Organizaciones sindicales como la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) y la Agrupación de los Cuerpos de la Administración de Instituciones Penitenciarias (Acaip), demandan, entre otras medidas, botones de pánico, protocolos preventivos eficaces, formación específica y traslados de internos de alto riesgo cuando procede. Estas peticiones conectan con la normativa de PRL antes citada y con el PEAFA, que prevé actuaciones pre, intra y post-incidente.

A escala internacional, la literatura subraya la dimensión moral, psicológica y social del daño laboral en el entorno penitenciario. Los expertos en el ámbito piden acciones urgentes para proteger la salud psicológica del personal de prisiones, incluyendo medidas para abordar la «herida moral» (definida como una lesión psicológica derivada de presenciar o experimentar hechos que chocan con los valores personales), mediante programas de salud mental adaptados al contexto carcelario, apoyo entre pares, psicoeducación, y el despliegue de intervenciones grupales cuando la terapia individual no sea viable. Aunque esta petición se realiza desde el contexto de Reino Unido, sus recomendaciones de prevención psicológica y social son coherentes con las demandas en España de reforzar la PRL, mejorar la formación en afrontamiento y proveer apoyo posterior a incidentes para el personal sanitario penitenciario.

De hecho, según viene alertando CSIF, en lo que va de 2025 se han registrado diez incidentes graves o muy graves catalogados como agresión sexual en centros penitenciarios españoles, lo que evidencia que estos sucesos no constituyen episodios aislados. Este dato sitúa los casos de Sevilla II dentro de una problemática estructural que afecta al personal sanitario y técnico de prisiones en todo el país, con especial incidencia en psicólogos y psicólogas que desarrollan su labor en condiciones de alta vulnerabilidad y escasa protección preventiva. Es prioritario, por lo tanto, emprender medidas para poder garantizar la integridad de quienes atienden a la población interna.

Medidas prioritarias de prevención y contingencia

A la luz de los hechos y las posiciones recogidas en España, y de acuerdo con la evidencia, pueden señalarse las siguientes líneas de acción:

  • 1) Medidas organizativas y de personal
    • Evitar el trabajo en soledad en entrevistas de alto riesgo (doble presencia o apoyo cercano). Según los estudios, la supervisión y el apoyo entre pares ayudan a mitigar el estrés laboral, especialmente en las mujeres psicólogas que trabajan en prisiones; dimensionar plantillas de psicología/sanidad suficientes para la carga del centro; derivaciones y traslados ágiles de internos con historial de violencia sexual cuando exista riesgo.
  • 2) Medidas técnicas y de diseño de espacios
    • Botones de pánico/alarma instalados y operativos en salas de intervención y consultas; videovigilancia en pasillos y áreas adyacentes (respetando la confidencialidad clínica, pero garantizando tiempos de respuesta); mobiliario y posicionamiento seguro (control de puertas/salidas).
  • 3) Medidas formativas y psicológicas y sociales
    • Formación específica en prevención y desescalada para personal sanitario; apoyo psicológico post-incidente para la víctima y el equipo; redes de apoyo entre pares y psicoeducación, tal y como propone la evidencia internacional reciente sobre daño psicológico y «herida moral» en personal penitenciario.
  • 4) Estricto cumplimiento del PEAFA y de la Ley de PRL
    • Evaluación específica del riesgo por puesto de trabajo y planificación preventiva; registro, notificación y seguimiento de agresiones; coordinación con Servicios de Prevención y con la dirección del centro para corregir fallos y verificar la eficacia de las medidas implantadas.
Perspectiva profesional y foco en España

En suma, si bien el PEAFA y la Ley de PRL proporcionan un andamiaje normativo robusto, su aplicación eficaz en el día a día de la intervención clínica penitenciaria requiere refuerzo: más personal para evitar la soledad en entrevistas de riesgo, medios de alarma y diseños de sala seguros, formación, apoyo psicológico y social ante cualquier incidente, y una coordinación preventiva que permita anticiparse y responder con la máxima celeridad a situaciones de alto riesgo, especialmente, en contextos donde se han reportado agresiones tan graves.

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