LA PSICOLOGÍA JURÍDICA A AMBOS LADOS DEL ATLÁNTICO – ENTREVISTA A ÁNGELA M. ROBLEDO

13 Oct 2006

Entre los días 24 y 26 de noviembre de 2006, se celebrará en la ciudad colombiana de Bogotá, el VI Congreso Iberoamericano de Psicología Jurídica.

Enmarcado dentro de la iniciativa puesta en marcha en 1995 por la Asociación Iberoamericana de Psicología Jurídica (AIPJ), el propósito planteado en esta nueva convocatoria es dar continuidad a los debates generados en los anteriores congresos, celebrados en distintos países latinoamericanos. De esta manera, se pretende hacer una puesta al día de las áreas de discusión que han posibilitado la definición del campo y objeto de estudio propios de la Psicología Jurídica contemporánea en los países de habla española y portuguesa.

Con motivo de la celebración de este evento internacional, Infocop Online entrevista para sus lectores a Ángela María Robledo Gómez, Decana Académica de la Facultad de Psicología de la Pontificia Universidad Javeriana de Bogotá y Miembro del Comité Científico del Área de Psicología Jurídica en Familia y Niñez de dicho congreso.

ENTREVISTA

La Psicología Jurídica se ha ido configurando como una subdisciplina sólida de la Psicología en las últimas décadas, no obstante, sigue siendo un ámbito muy desconocido para un amplio sector de la profesión. ¿En qué consiste la Psicología Jurídica? ¿Cuáles son sus áreas principales de intervención?

La Psicología Jurídica tiene muchas y variadas definiciones y no hay un acuerdo unánime frente a ello. Sin embargo, podría decirse que la Psicología Jurídica -en términos generales- es entendida como el área de la Psicología, que a través de una perspectiva interdisciplinaria, aborda los problemas que se desprenden de la relación del ser humano, frente al sistema legal o al entorno legal en general.

En términos de Piaget, la relación entre el ser y el deber ser. En nuestra opinión, la Psicología Jurídica es un campo de conocimiento y de prácticas, que abogan por la realización de un mejor derecho, de «una mejor ley», de una normatividad que reconozca nuestra condición de seres humanos. En el marco de esa relación con la ley, la Psicología Jurídica tiene diferentes escenarios de actuación, tales como: La Psicología Criminológica y Criminalística, La Psicología del Menor y la Familia, La psicología Penitenciaria, La Psicología Victimológica, La Psicología Policial, La Psicología Forense, La Psicología de los Jueces y Tribunales.

 

Para contribuir a un mayor desarrollo y autonomía de esta área dentro de la Psicología, se requiere contar con una buena formación por parte de los psicólogos interesados en este campo de trabajo. Desde su punto de vista, ¿qué aspectos principales se deben tener en cuenta en la formación de un/a psicólogo/a jurídico/a?

Un psicólogo ó psicóloga, con formación en este campo, debe mostrar una actitud y disposición hacia el trabajo interdisciplinario, que les permita ver y relacionar, la perspectiva disciplinar propia con la aportada por el Derecho o la proveniente de campo jurídico en general. Es por esto que quienes se forman en este campo, deben tener una amplia capacitación en el conocimiento del campo legal, de tal forma que le permita comprender su racionalidad, fundamento filosófico y epistemológico.

La mayor dificultad que se presenta en este campo del quehacer psico-jurídico es, justamente, la realización de una adecuada interpretación de los hechos desde esa doble mirada jurídica y psicológica. Esto sólo es posible si comprendemos de manera clara el fundamento que sostiene la disciplina jurídica.

Otro componente importante de esta formación se encuentra en el amplio conocimiento que el profesional de la psicología debe tener del área de diagnóstico y evaluación clínica, sobre todo aquellas personas que se dedican al ejercicio forense.

La formación debe tener como objetivo formar profesionales preocupados por las implicaciones éticas de sus acciones, ética entendida tanto desde la normatividad que rige su ejercicio profesional, como desde lo que se conoce hoy como la «ética del cuidado». En este sentido, es fundamental desarrollar una ética en la que se tenga en cuenta la capacidad de reconocer al otro, en su condición de singularidad y de sujeto social y de poder situarse en su perspectiva, para lograr un ejercicio no sólo responsable de su trabajo, sino también empático.

La dimensión deontológica comprende desarrollar de forma adecuada el uso del secreto profesional, y de su responsabilidad como terapeuta o como perito, ya que posee el privilegio de la confidencialidad, en todo momento de sus actuaciones. Allí emergen dilemas y preguntas, frente a las cuales, debe primar una actitud de reflexión profunda y de búsqueda constante por un conocimiento actualizado y pertinente

Su formación implica también el análisis profundo de su compromiso frente a la ley, ya que su tarea no es la misma que aquella que ejerce un abogado o un fiscal o un juez. En este campo, deberá partir de sus conocimientos y de su formación ética para, de esta manera, realizar sus trabajos y presentar los informes que le sean solicitados por las autoridades competentes, dentro de la mayor excelencia académica y responsabilidad ética.

 

Por último, considero que deben también ampliar su formación acudiendo a la literatura, al arte, al conocimiento de las distintas realidades de su país, con el objeto de desplegar una práctica científica y profesional enriquecida y profunda, dentro de sus campos problemáticos. De esta forma, se podrá participar activamente en propuestas de política pública tales como las legislaciones referidas a niñez y adolescencia, leyes de verdad y justicia, violencia intrafamiliar y abuso sexual, entre otras.

A parte de estas cuestiones, ¿qué considera que necesita la Psicología Jurídica para afianzar su papel en la sociedad?

La complejidad de las problemáticas que se abordan en Psicología Jurídica, demanda comprender que los problemas legales desbordan el reduccionismo psico-legal que la sostiene. La Psicología Jurídica será más útil a la sociedad cuando comprenda que su actuación interdisciplinaria tiene necesariamente que ampliarse a otro tipo de conocimiento como el victimológico, antropológico y sociológico, así como a los campos que antes he señalado. Cuando su aporte se materialice en la realización de un mejor Derecho, se logrará un afianzamiento mucho más acorde con las necesidades de las sociedades actuales.

Obviamente, cada país y cultura cuenta con problemáticas específicas y con sistemas judiciales adecuados a estas peculiaridades. ¿Encuentra diferencias destacadas en la Psicología Jurídica que se hace a ambos lados del Atlántico? ¿Se comparten las mismas preocupaciones y objetivos?

Las diferencias son amplias, aunque las preocupaciones no son tan diferentes. En primer lugar, los sistemas de justicia latinoamericanos, sólo recientemente, han comenzado a reformarse y a poner en práctica sistemas de justicia de corte acusatorio. En Colombia, no ha sido hasta el 2005 que ha empezado a implementarse de manera progresiva en una parte del territorio nacional, en especial en la zona centro, la cual comprende a Bogotá y los departamentos de la llamada «región cafetera». Este hecho hace que la actuación forense esté comenzando a realizarse desde esta nueva perspectiva, ya que el único ente encargado hasta antes de la reforma era el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

Otra diferencia es la existencia, aún incipiente, del Colegio de Psicólogos y Psicólogas contemple una división o área psico-jurídica, y posibilite un acuerdo sobre las actuaciones de los y las profesionales. Otra diferencia es la poca solicitud que las autoridades hacen del dictamen psicológico o de actuación, ya que tradicionalmente se le hace al médico psiquiatra.

Es muy reciente la inclusión de psicólogos y psicólogas jurídicos en las penitenciarías, fiscalías, Comisarías de Familia y organismos de investigación. Los lugares de actuación psico-jurídico no tienen aún claridad frente al ejercicio legal y su diferencia con el ejercicio clínico.

Una diferencia más la encontramos en que está hace muy poco tiempo no existía una formación de postrado en Psicología Jurídica y Forense. Ahora se están creando cursos y se está ampliando esta formación.

En cuanto a las preocupaciones y preguntas, consideramos que no hay muchas diferencias. El papel de psicólogos y psicólogas en el escenario forense no es algo que esté claro, hay grandes dificultades que no se han resuelto y que ameritan una revisión y crítica constante. Según nuestros profesores expertos en el tema, la actuación de los Psicólogos forenses en Europa tampoco es uniforme, dependiendo mucho de cada país. Incluso, en algunos de ellos, su actuación no está claramente definida. Un ejemplo de esto es Bélgica. En Italia, por ejemplo, hay bastante investigación y el campo de actuación en el área de familia es muy demandado.

En América Latina, los problemas del ejercicio se dan en todos los países. En Argentina y Brasil están más adelantados, en relación con el resto de países. En Colombia particularmente en los últimos años, se ha notado una gran tendencia en el incremento de la formación profesional en este campo. Sin embargo, hace falta un mayor esfuerzo para conformar equipos de investigación, que aborden los problemas particulares de la relación psicolegal en América Latina.

 

Por último, pensamos que tanto en Europa como en América, el énfasis se hace sobre la Psicología Forense, en el campo aplicado, pero casi nada en el campo más amplio de la relación. También nos falta participar mucho más, como lo decía antes, en la formulación, desarrollo y evaluación de políticas públicas en diversos campos que están relacionados con la vida de las personas: la demanda por la garantía de sus derechos, las nuevas dinámicas de la vida familiar y las formas cómo allí se dirimen los conflictos, las implicaciones de las políticas de seguridad en el mundo y, en especial, en nuestros países iberoamericanos.

Considera que el intercambio de conocimientos a uno y otro lado del Atlántico es fluido en el campo de la Psicología Jurídica. ¿Qué mecanismos podrían implementarse para conseguir un mayor acercamiento entre nuestros países?

En épocas de globalización, tenemos mayor facilidad para comunicarnos vía redes virtuales, que acortan el tiempo y el espacio. En Colombia, particularmente, la Psicología Jurídica ha estado influida considerablemente por autores e investigadores de España. La influencia de la Psicología Legal norteamericana o de otro lado de Europa es muy poca.

Los profesionales que han alcanzado formación de posgrado en el exterior, lo han hecho casi en su totalidad en España. Sin embargo, pienso que el intercambio no es tan fluido como se quisiera, hace falta mayor trabajo conjunto entre universidades de Europa y de América Latina. Hacen falta intercambios para el estudio de experiencia en ambos lados. No hay una correspondencia que permita el avance del conocimiento psico-jurídico apoyado en hallazgos conjuntos. Pensamos que Europa no ha considerado la riqueza inmensa que en este campo le ofrece los países latinoamericanos.

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