El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley del Tabaco, que será remitido a las Cortes Generales para iniciar su tramitación parlamentaria. La reforma modifica la Ley 28/2005, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, con el propósito de ampliar los espacios libres de humo, reforzar la protección de la infancia y la adolescencia y adaptar la legislación a la aparición y expansión de nuevos productos relacionados con el consumo de tabaco, como los cigarrillos electrónicos y otros dispositivos con y sin nicotina.
Se trata, según el Ministerio de Sanidad, de la actualización más relevante de la normativa estatal frente al tabaquismo en más de una década, en respuesta a los cambios registrados en los patrones de consumo, principalmente, entre la población joven.
Se amplían los espacios en los que estará prohibido fumar.
Uno de los principales cambios introducidos por el Proyecto de Ley es la ampliación de los espacios en los que estará prohibido fumar. A los lugares ya contemplados por la legislación vigente se suman ahora las terrazas de bares, restaurantes y otros establecimientos de restauración, las playas marítimas y fluviales, las piscinas de uso colectivo, las instalaciones deportivas, los parques nacionales, los vehículos de trabajo —salvo cuando tengan un uso exclusivamente personal— y los recintos donde se celebren espectáculos públicos, incluidos teatros, cines, conciertos y otros eventos, también cuando se desarrollen al aire libre.
De igual modo, el texto crea entornos de protección reforzada alrededor de espacios especialmente sensibles. En concreto, no se podrá fumar en un radio inferior a 15 metros de los accesos a edificios públicos, centros sanitarios públicos y privados, centros sociales, centros educativos, universidades, centros de investigación, museos, bibliotecas, centros culturales, centros deportivos y parques o recintos infantiles.

Se prohíbe por primera vez el consumo de tabaco por parte de menores de edad.
Otra de las novedades de la reforma es la prohibición expresa del consumo de productos del tabaco por parte de las personas menores de 18 años. Hasta ahora, la legislación impedía su venta y suministro a este colectivo, pero no establecía de forma específica la prohibición de consumirlos.
De acuerdo con Sanidad, esta medida responde a la necesidad de reforzar la protección de la infancia y la adolescencia frente al tabaquismo y a los nuevos productos relacionados con el consumo de nicotina.
A este respecto, los datos de la encuesta ESTUDES 2025 muestran que la prevalencia de fumadores diarios entre adolescentes de 14 a 18 años se sitúa en el 4,3%. Si bien esta cifra es la más baja desde el inicio de la serie histórica en 1994, se observa que el consumo de tabaco durante el último mes continúa siendo relevante, alcanzando al 15,5% de este grupo de población.
Es necesario reforzar la protección de la infancia y la adolescencia frente al tabaquismo y a la influencia de la industria.
Además, los expertos vienen alertando del modo en que la industria tabacalera se ha volcado en las redes sociales y en la publicidad digital para captar a los y las más jóvenes, utilizando estrategias de marketing encubierto, influencers y productos con apariencias atractivas.
La OMS y diferentes colectivos profesionales han advertido de que los y las menores constituyen el grupo más vulnerable, al encontrarse en pleno proceso de socialización y desarrollo de hábitos. Por ello, la prohibición no solo de la venta, sino también del consumo de tabaco y productos relacionados en menores, constituye un avance clave en salud pública y en la protección de derechos de la infancia.
La ONU recuerda, además, que los grupos más vulnerables —incluidos menores, personas en situación de pobreza, desempleo o con discapacidad psicológica y social— son los más expuestos a la presión de la industria tabacalera y sufren de forma desproporcionada las consecuencias del consumo de tabaco, lo que exige políticas con enfoque de equidad y justicia social.
Los cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados se equiparan al tabaco en los espacios sin humo.
La reforma adapta también la legislación a la aparición de nuevos productos relacionados con el consumo de tabaco. Así, los cigarrillos electrónicos, tanto con nicotina como sin ella, así como otros dispositivos y productos relacionados —entre ellos, los productos a base de hierbas para fumar o shisha y otros productos con o sin nicotina que imitan el acto de fumar o se asocian a su consumo— quedarán sometidos a las mismas limitaciones de uso que el tabaco convencional en todos aquellos espacios donde esté prohibido fumar. Las bolsas de nicotina quedan excluidas de esta equiparación respecto a los espacios sin humo, aunque el proyecto sí prohíbe expresamente su consumo por parte de menores de edad.
La norma limita además la venta y el suministro de estos productos a tiendas especializadas, que deberán cumplir los requisitos que establezca una futura orden ministerial.
Los datos de ESTUDES 2025 revelan que el 49,5% de los y las adolescentes de 14 a 18 años ha probado alguna vez los cigarrillos electrónicos y el consumo durante el último mes ha aumentado del 14,9% en 2019 al 27,1% en 2025, lo que refleja el creciente uso de estos dispositivos entre la población joven.
Se endurecen las restricciones a la publicidad y la promoción.
El Proyecto de Ley amplía las limitaciones a la publicidad, promoción y patrocinio del tabaco, de los dispositivos para su consumo y de los productos relacionados. Estas restricciones se aplicarán a todos los medios y soportes, incluidas las máquinas expendedoras, Internet y cualquier modalidad de promoción directa o indirecta.
Asimismo, se prohíben las acciones promocionales visibles desde el exterior de estancos y tiendas especializadas mediante escaparates o cartelería.
En el ámbito audiovisual, la reforma impide la emisión de programas, vídeos o imágenes en los que presentadores, colaboradores o invitados aparezcan fumando, consumiendo o mostrando productos del tabaco o dispositivos relacionados, así como la exhibición directa o indirecta de marcas, nombres comerciales, logotipos u otros elementos identificativos asociados a estos productos.
El texto incorpora también una modificación de la Ley General de Comunicación Audiovisual para extender la prohibición de la comunicación comercial audiovisual a los productos relacionados con el tabaco, sus dispositivos y las empresas que los producen.
Recuperación del Observatorio para la Prevención del Tabaquismo.
Otra de las medidas incluidas en la reforma es la recuperación del Observatorio para la Prevención del Tabaquismo, suprimido en 2014.
Entre sus funciones figuran la propuesta de iniciativas, programas y actividades dirigidas a cumplir los objetivos de la ley, el establecimiento de metas para reducir la prevalencia del tabaquismo y del consumo de productos relacionados, la elaboración de informes periódicos sobre la situación del tabaquismo y la aplicación de la norma, así como el impulso de la coordinación entre las distintas administraciones competentes. De igual modo, el Observatorio impulsará el seguimiento de la aplicación de la norma y de la evolución del consumo de tabaco y de los productos relacionados.
La evidencia respalda la ampliación de los espacios sin humo
Como ya informó Infocop en su momento, el Gobierno dio luz verde en septiembre de 2025 al Anteproyecto de esta reforma, una iniciativa enmarcada en el Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024-2027, que responde tanto a la evidencia científica acumulada, como a las recomendaciones de organismos internacionales como la ONU, la Organización Mundial de la Salud (OMS) o la Comisión Europea, y que ahora avanza con la aprobación del Proyecto de Ley.
Concretamente, la OMS viene insistiendo en los últimos años en que reducir el consumo de tabaco constituye una prioridad de salud global, al tratarse de la principal causa prevenible de enfermedad y mortalidad: según estima, cada año, más de ocho millones de personas fallecen en el mundo como consecuencia del consumo de tabaco. Acorde con el Plan Europeo de Lucha contra el Cáncer y el Código Europeo contra el Cáncer, ha insistido en que el objetivo debe ser reducir de manera drástica el número de fumadores antes de 2040.
En esta misma línea, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) insta en un informe reciente a que las políticas de control del tabaco integren la salud mental, garantizando servicios de apoyo accesibles para dejar de fumar y considerando los beneficios psicológicos y sociales en los cálculos de coste-beneficio de las medidas regulatorias y fiscales.
El Proyecto de Ley, al ampliar los espacios libres de humo y restringir la publicidad, se alinearía directamente con las recomendaciones internacionales.

El impacto del tabaquismo sobre la salud mental y el bienestar psicológico.
El tabaquismo no solo se asocia a enfermedades físicas, sino también a problemas de salud mental. La investigación ha evidenciado una relación entre el consumo de tabaco y mayores niveles de ansiedad, depresión y dificultades emocionales, así como su papel como factor de riesgo en personas con trastornos psicológicos previos.
De hecho, la ONU ha subrayado la estrecha relación bidireccional entre consumo de tabaco y salud mental: las personas con problemas psicológicos tienen mayor probabilidad de fumar y menor capacidad para abandonar el hábito, mientras que el consumo de tabaco puede agravar los síntomas de ansiedad y depresión, comprometer la eficacia de los tratamientos y aumentar el riesgo de recaídas. A este respecto, la Organización advierte de que las personas con trastornos mentales graves tienen entre un 40% y un 60% más de riesgo de fallecer prematuramente, en gran parte por enfermedades relacionadas con el tabaco, lo que convierte al tabaquismo en un factor de desigualdad sanitaria y social.
Por otro lado, en lo referente a los productos emergentes, como los cigarrillos electrónicos, se presentan a menudo como alternativas «menos dañinas», pero los estudios muestran que también generan dependencia y actúan como puerta de entrada al consumo de tabaco convencional, especialmente en jóvenes. Desde la Psicología, estas conductas deben analizarse en el marco de los procesos de socialización, presión de grupo, influencia de la industria y vulnerabilidad emocional de la población adolescente.
La Psicología, clave en la prevención del tabaquismo y la promoción de la salud.
Por ello, las medidas incluidas en la reforma no solo representan un avance legislativo, sino que también se convierten en una herramienta de prevención psicológica y social, con un impacto positivo en la reducción de desigualdades en salud, la mejora del bienestar y la protección de la infancia.
El Consejo General de la Psicología (COP) ha venido mostrando en los últimos años un compromiso activo con la prevención del tabaquismo, teniendo en cuenta su impacto en la salud física y mental de la población. En este sentido, la Organización Colegial se adhirió en 2023 a la Iniciativa Ciudadana Europea lanzada por ciudadanos miembros de la red europea para la prevención del tabaquismo (ENSP-European Network for Smoking Prevention), e impulsada en 15 países de la UE, cuyo objetivo es acabar con la «epidemia del tabaquismo» en Europa y evitar que las nuevas generaciones caigan en esta adicción, denunciando los graves efectos del consumo de tabaco, no solo en términos de mortalidad, sino también en lo relativo a enfermedades cardiovasculares, cáncer, problemas respiratorios y costes sociales y económicos.
Hacia una generación libre de tabaco y nicotina.
Dicha iniciativa expone, entre otras acciones prioritarias, la ampliación de espacios libres de humo (especialmente los frecuentados por menores), y la eliminación publicidad sobre tabaco y su presencia en producciones audiovisuales y en medios sociales, incidiendo en la publicidad encubierta a través de influencers.
También en 2023, el COP firmó -junto con más de 60 entidades y organizaciones-, la Declaración Endgame del Tabaco en España 2030, un documento a través del cual se instaba al Gobierno a implementar una serie de medidas en materia de prevención, fiscalidad, regulación y protección de menores, orientadas a establecer las bases de una generación sin humo, tabaco y nicotina, y lograr para el año 2030 «el final de la epidemia tabáquica» (conocido a nivel internacional como el tobacco endgame, o final de partida para el tabaco).
Estas posiciones refuerzan el papel de la Psicología en la promoción de estilos de vida saludables y en la prevención de conductas adictivas, desde una perspectiva científica y de derechos humanos.
Inicio de la tramitación parlamentaria.
La reforma de Ley 28/2005, de medidas sanitarias frente al tabaquismo, supone un avance para la protección de la salud pública y para la prevención del consumo de tabaco y de los nuevos dispositivos con nicotina. Tras su aprobación por el Consejo de Ministros, el Proyecto de Ley iniciará ahora su tramitación parlamentaria en las Cortes Generales. Una vez aprobado definitivamente y publicado en el Boletín Oficial del Estado, la norma entrará en vigor a los 20 días de su publicación, si bien el propio texto prevé un plazo adicional de dos meses para adaptar la señalización de los espacios en los que exista prohibición de consumo.
Fuentes.
Consejo de Ministros (2026, 21 de julio). PROYECTO DE LEY por la que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
Ministerio de Sanidad (2026, 21 de julio). Aprobado el proyecto de ley del tabaco que amplía los espacios sin humo a terrazas, playas y otros espacios al aire libre. Noticias, Prensa y Comunicación.
